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Reglamento (CEE) n° 1518/76 del Consejo, de 24 de junio de 1976, por el que se declara celebrado el Acuerdo en forma de canje de notas relativo al artículo 21 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 14 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Argelia

CELEX
31976R1518
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
1976-06-24
In force since
1976-06-29
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Reglamento (CEE) n° 1518/76 del Consejo, de 24 de junio de 1976, por el que se declara celebrado el Acuerdo en forma de canje de notas relativo al artículo 21 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 14 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Argelia Diario Oficial n° L 169 de 28/06/1976 p. 0037 - 0037 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 3 p. 0019 Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 8 p. 0104 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 3 p.

0019 Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0165 Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0165 REGLAMENTO ( CEE ) N º 1518/76 DEL CONSEJO de 24 de junio de 1976 por el que se declara celebrado el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 21 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 14 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Argelia EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 , Vista la recomendación de la Comisión , Considerando que el 26 de abril de 1976 se ha firmado el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular , Considerando que el Acuerdo Provisional (1) destinado a permitir la aplicación anticipada de las disposiciones comerciales del Acuerdo de Cooperación , firmado ese mismo día , entrará en vigor el 1 de julio de 1976 ;

Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 21 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 14 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular y referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Argelia , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 Queda celebrado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 21 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 14 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Argelia .

El testo del Acuerdo se adjunta al presente Reglamento . Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad (2) . Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 24 de junio de 1976 . Por el Consejo El Presidente G. THORN (1) DO n º L 141 de 28 . 5 . 1976 , p. 2 . (2) La fecha de la firma del Acuerdo se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

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