85/318/CEE: Decisión de la Comisión de 11 de junio de 1985 relativa a las zonas contempladas en el apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CEE) nº 2616/80 por el que se establece una acción comunitaria específica de desarrollo regional que contribuya a la eliminación de los obstáculos al desarrollo de nuevas actividades económicas en determinadas zonas afectadas por la reestructuración de la industria siderúrgica (El texto en lengua francesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 167 de 27/06/1985 p. 0049 - 0049 /* No existe versión española de este documento, pues no está en la Edición Especial en lengua española del Derecho Derivado.
En dicha Edición Especial no se incluyeron los actos que - no estaban vigentes en la fecha de la Adhesión del Reino de España (01/01/1986), - dejaron de estar vigentes con motivo de la Adhesión, por ejemplo: algunos acuerdos entre la Comunidad y el Reino de España o la República Portuguesa, - sólo eran vinculantes para sus destinatarios y, por tanto, la única lengua auténtica era la suya, - no eran obligatorios, - no eran suficientemente relevantes, - fueron derogados durante la elaboración de la Edición Especial. oknoes86 */