Reglamento (CEE) n° 3681/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3508/80 por el que se prorroga el régimen aplicable a los intercambios comerciales con Malta más allá del 31 de diciembre de 1980 Diario Oficial n° L 351 de 28/12/1985 p. 0008 - 0008 Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 23 p. 0035 Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 23 p. 0035 REGLAMENTO ( CEE ) N º 3681/85 DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 1985 por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 3508/80 por el que se prorroga el régimen aplicable a los intercambios comerciales con Malta más allá del 31 de diciembre de 1980 EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular su artículo 113 , Vista la propuesta de la Comisión , Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 3508/80 (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1680/85 (2) , ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 1985 el régimen aplicable a los intercambios comerciales con Malta ;
Considerando que las condiciones que justifican esta prórroga siguen estando presentes y que por lo tanto conviene prorrogar la validez de dicho Reglamento , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 En el artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 3508/80 , se sustituirá la fecha de diciembre de 1985 por « la entrada en vigor de un régimen comercial sobre una base contractual » . Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . Será aplicable a partir del 1 de julio de 1986 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1985 . Por el Consejo El Presidente R. KRIEPS (1) DO n º L 367 de 31 . 12 . 1980 , p. 86 . (2) DO n º L 162 de 21 . 6 . 1985 , p. 4 .