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86/77/CEE: Decisión de la Comisión de 21 de febrero de 1986 relativa a la aprobación de operaciones de ayuda alimentaria realizadas por organismos con fines humanitarios, por la que se les dispensa de la aplicación de los montantes compensatorio monetarios (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

CELEX
31986D0077
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
1986-02-21
In force since
1986-02-24
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

86/77/CEE: Decisión de la Comisión de 21 de febrero de 1986 relativa a la aprobación de operaciones de ayuda alimentaria realizadas por organismos con fines humanitarios, por la que se les dispensa de la aplicación de los montantes compensatorio monetarios (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 076 de 21/03/1986 p. 0054 - 0055 ***** DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de febrero de 1986 relativa a la aprobación de operaciones de ayuda alimentaria realizadas por organismos con fines humanitarios, por la que se les dispensa de la aplicación de los montantes compensatorio monetarios (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (86/77/CEE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 1677/85 del Consejo, de 11 de junio de 1985, relativo a los montantes compensatorios monetarios en el sector agrícola (1), y, en particular, su artículo 12, Considerando que el Reglamento (CEE) no 3154/85 de la Comisión (2), estableció las modalidades de aplicación administrativa de los montantes compensatorios monetarios establecidos por el Reglamento (CEE) no 1677/85;

Considerando que las exportaciones a países terceros efectuadas en el marco de operaciones de ayuda alimentaria previstas en el apartado 2 del artículo 21 del Reglamento (CEE) no 3154/85 deben quedar dispensadas de la aplicación de los montantes compensatorios monetarios cuando dichas exportaciones sean realizadas por organismos con fines humanitarios y aprobadas según un procedimiento comunitario; Considerando que por la Decisión 81/983/CEE de la Comisión, de 20 de noviembre de 1981, (3) modificada por la Decisión de la Comisión 83/289/CEE (4), fueron autorizados ciertos organismos con fines humanitarios; que otros organismos pueden ser considerados como organismos con fines humanitarios, en base su autorizacion con arreglo a las disposiciones legislativas nacionales en dicha materia;

Considerando que el Consejo estableció el 11 de junio de 1985 un régimen coherente de disposiciones agromonetarias; que la Comisión publicó el 21 de noviembre de 1985 una versión codificada del Reglamento relativo a las modalidades de aplicación administrativa de los montantes compensatorios monetarios; que es conveniente actualizar y volver a publicar la lista de organismos con fines humanitarios establecida en el Anexo de la Decisión 81/893/CEE de la Comisión; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan a los dictámenes de todos los Comités de gestión implicados, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1 1. Quedan aprobadas las operaciones de ayuda alimentaria realizadas por los organismos indicados en el Anexo, según el apartado 2 del artículo 21 del Reglamento (CEE) no 3154/85, a partir del 23 de diciembre de 1985. 2. El Reino Unido determinará las condiciones que deben respetar los organismos mencionados en el apartado 1 para que puedan beneficiarse de la aplicación de las disposiciones del apartado 2 del artículo 21 del Reglamento (CEE) no 3154/85. Artículo 2 El Reino Unido informará a la Comisión: - el 1 de febrero de cada año, de las cantidades exportadas con arreglo a la ayuda alimentaria por los organismos mencionados en el artículo 1, - inmediatamente, de cualquier cambio que se produzca en la naturaleza de las actividades de dichos organismos.

Artículo 3 Queda derogada la Decisión 81/983/CEE de la Comisión. Artículo 4 El destinatario de la presente Decisión será el Reino Unido. Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 1986. Por la Comisión Frans ANDRIESSEN Vicepresidente (1) DO no L 164 de 24. 6. 1985, p. 6. (2) DO no L 310 de 21. 11. 1985, p. 9. (3) DO no L 361 de 16. 12. 1981, p. 23. (4) DO no L 155 de 14. 6. 1983, p. 18. ANEXO Lista de los organismos con fines humanitarios Congregation of Marian Fathers, Food for Poland Fund Polish Relief Fund (Midlands) Polish Relief Fund (Worthing) Medical Aid for Poland Fund Oxfam The Save the Children Fund The British Red Cross Society The Ockenden Venture The Sue Ryder Foundation Central British Fund for World Jewish Relief Band Aid Charitable Trust

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