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88/168/CECA, CEE, Euratom: Decisión de la Comisión de 20 de enero de 1988 por la que se modifica la Decisión 84/277/Euratom, CECA, CEE en lo que respecta a las autorizaciones concedidas a Irlanda en materia de cálculo del Impuesto sobre el Valor Añadido (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

CELEX
31988D0168
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
1988-01-20
In force since
1986-07-01
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

88/168/CECA, CEE, Euratom: Decisión de la Comisión de 20 de enero de 1988 por la que se modifica la Decisión 84/277/Euratom, CECA, CEE en lo que respecta a las autorizaciones concedidas a Irlanda en materia de cálculo del Impuesto sobre el Valor Añadido (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 076 de 22/03/1988 p. 0023 - 0023 ***** DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 20 de enero de 1988 por la que se modifica la Decisión 87/277/Euratom, CECA, CEE en lo que respecta a las autorizaciones concedidas a Irlanda en materia de cálculo del Impuesto sobre el Valor Añadido (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (88/168/CECA, CEE, Euratom) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, Vista la Decisión 85/257/CEE, Euratom, del Consejo, de 7 de mayo de 1985, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (1), Visto el Reglamento (CEE Euratom, CECA) no 2892/77 del Consejo, de 19 de diciembre de 1977, por el que se aplica, para los recursos propios procedentes del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Decisión de 21 de abril de 1970 relativa a la sustitución de las contribuciones financieras de los Estados miembros por recursos propios de las Comunidades (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3735/85 (3) y, en particular, el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 9, el párrafo segundo del apartado 1 de su artículo 11 y el apartado 2 de su artículo 13, Considerando que para los ejercicios 1980 a 1985 la Comisión adoptó, en aplicación del apartado 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2892/77, las Decisiones 81/368/Euratom, CECA, CEE (4), 82/758/CECA, CEE, Euratom (5), 83/143/CEE, Euratom, CECA (6), 84/277/Euratom, CECA, CEE (7);

Considerando que, dado que Irlanda decidió a partir del ejercicio de 1986 calcular su base de recursos propios por IVA aplicando el método de los ingresos, ha perdido su razón de ser la autorización de aplicar, de conformidad con la letra b) del apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2892/77, un correctivo a las informaciones contenidas en las declaraciones contempladas en el apartado 4 del artículo 22 de la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo (8); Considerando que Irlanda exonera desde el 1 de julio de 1986 las operaciones contempladas en la letra e) del apartado 1 del artículo 13 A (Anexo ex E 2) de la Sexta Directiva IVA en lo que se refiere a las prestaciones de servicios efectuadas por los mecánicos dentistas en el marco de su profesión; que en tales condiciones ya no procede conceder una autorización de no tomar en cuenta tales operaciones;

Considerando que el Comité consultivo de los recursos propios aprobó el informe en el cual se consignan los dictámenes de sus miembros sobre la presente Decisión, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 1. Queda derogado a partir del 1 de enero de 1986 el artículo 1 de la Decisión 84/277/Euratom, CECA, CEE. 2. Queda derogado a partir del 1 de julio de 1986 el apartado 1 del artículo 2 de la decisión 84/277/Euratom, CECA, CEE. Artículo 2 La destinataria de la presente Decisión será Irlanda. Hecha en Bruselas, el 20 de enero de 1988. Por la Comisión Henning CHRISTOPHERSEN Vicepresidente (1) DO no L 128 de 14.

5. 1985, p. 15. (2) DO no L 336 de 27. 12. 1977, p. 8. (3) DO no L 356 de 31. 12. 1985, p. 1. (4) DO no L 145 de 3. 6. 1981, p. 15. (5) DO no L 320 de 17. 11. 1982, p. 16. (6) DO no L 96 de 15. 4. 1983, p. 48. (7) DO no L 135 de 22. 5. 1984, p. 21. (8) DO no L 145 de 13. 6. 1977, p. 1.

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