88/597/CEE: Decisión del Consejo de 21 de noviembre de 1988 referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel Diario Oficial n° L 327 de 30/11/1988 p. 0051 - 0051 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 14 p. 0184 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 14 p. 0184 DECISIÓN DEL CONSEJO de 21 de noviembre de 1988 referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (88/597/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 238, Vista la recomendación de la Comisión, Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (1), Considerando que es conveniente aprobar el Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel, DECIDE:
Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 El presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el apartado 1 del artículo 13 del Protocolo (2). Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 21 de noviembre de 1988. Por el Consejo El Presidente Th. PANGALOS EWG:L327UMBS19.96 FF:
7USP; SETUP: 01; Hoehe: 450 mm; 33 Zeilen; 1341 Zeichen; Bediener: JUTT Pr.: C; Kunde: (1) DO N° C 290 de 14. 11. 1988. (2) Véase página 56 en el presente Diario Oficial.