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92/102/CEE: Decisión de la Comisión, de 31 de enero de 1992, por la que se aprueba el plan relativo a la necrosis hematopoyética infecciosa y la septicemia hemorrágica viral presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

CELEX
31992D0102
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
1992-01-31
In force since
1992-02-03
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

92/102/CEE: Decisión de la Comisión, de 31 de enero de 1992, por la que se aprueba el plan relativo a la necrosis hematopoyética infecciosa y la septicemia hemorrágica viral presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 039 de 15/02/1992 p. 0047 - 0047 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 31 de enero de 1992 por la que se aprueba el plan relativo a la necrosis hematopoyética infecciosa y la septicemia hemorrágica viral presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (92/102/CEE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Vista la Decisión 90/495/CEE del Consejo, de 24 de septiembre de 1990, por la que se establece una acción financiera comunitaria con vistas a erradicar la necrosis hematopoyética infecciosa de los salmónidos en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 4, Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 90/495/CEE, los Estados miembros deben presentar un plan encaminado a determinar el porcentaje de infección de necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) y de septicemia hemorrágica viral (SHV) en su territorio;

Considerando que, mediante carta de 14 de junio de 1990, Francia notificó su plan a la Comisión; Considerando que, habiendo estudiado dicho plan, puede considerarse conforme con la Decisión 90/495/CEE y, en particular, con su artículo 3; Considerando que, por lo tanto, se cumplen las condiciones requeridas para la participación financiera de la Comunidad, especificadas en el artículo 7 de la Decisión 90/495/CEE; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Queda aprobado el plan presentado por Francia para determinar el porcentaje de infección de NHI y SHV en su territorio.

Artículo 2 Francia pondrá en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para llevar a cabo el plan a que se refiere el artículo 1 con efectos a partir del 1 de febrero de 1992. Artículo 3 La participación financiera de la Comunidad en el plan presentado por Francia queda fijada en el 50 % de los gastos especificados en el apartado 5 del artículo 3 de la Decisión 90/495/CEE. Artículo 4 La participación financiera de la Comunidad se concederá previa presentación de los justificantes correspondientes. Artículo 5 El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 1992. Por la Comisión Ray MAC SHARRY Miembro de la Comisión (1) DO no L 276 de 6. 10. 1990, p. 37.

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