92/205/CEE:Decisión del Consejo, de 16 de marzo de 1992, relativa a la celebración del Acuerdo marco de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Oriental del Uruguay Diario Oficial n° L 094 de 08/04/1992 p. 0001 - 0001 DECISIÓN DEL CONSEJO de 16 de marzo de 1992 relativa a la celebración del Acuerdo marco de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Oriental del Uruguay (92/205/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 113 y 235, Vista la propuesta de la Comisión (1), Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2), Considerando que es conveniente, para la realización de sus objetivos en el ámbito de las relaciones económicas exteriores, que la Comunidad apruebe el Acuerdo marco de cooperación con la República Oriental del Uruguay, DECIDE:
Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo marco de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Oriental del Uruguay. El texto del Acuerdo figura adjunto a la presente Decisión. Artículo 2 El presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 25 del Acuerdo (3). Artículo 3 La Comisión, asistida por representantes de los Estados miembros, representará a la Comunidad en la comisión mixta establecida por el artículo 21 del Acuerdo. Artículo 4 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Surtirá efecto el día de su publicación. Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 1992. Por el Consejo El Presidente Jorge BRAGA DE MACEDO