93/407/CEE: Decisión del Consejo de 19 de julio de 1993 relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia Diario Oficial n° L 189 de 29/07/1993 p. 0001 - 0001 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 22 p. 0073 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 22 p. 0073 DECISIÓN DEL CONSEJO de 19 de julio de 1993 relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia (93/407/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 113 y 235, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1), Considerando que es conveniente aprobar el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia, firmado en Luxemburgo el 5 de abril de 1993;
Considerando que el Tratado no prevé, para la adopción de la presente Decisión, más poderes de acción que los del artículo 235, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Comunidad, a la notificación prevista en el apartado 2 del artículo 53 del Acuerdo. Artículo 3 La Presidencia del Consejo representará a la Comunidad en el Consejo de cooperación instituido en el artículo 38 del Acuerdo.
Artículo 4 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Surtirá efecto el día de su publicación. Hecho en Bruselas, el 19 de julio de 1993. Por el Consejo El Presidente W. CLAES (1) Dictamen emitido el 25 de junio de 1993 (no publicado aún en el Diario Oficial).