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94/391/CE: Decisión del Consejo de 27 de junio de 1994 por el que se aprueba el canje de notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria por el que se modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, así como el Acuerdo europeo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, modificados ambos por el Protocolo adicional firmado el 21 de diciembre de 1993

CELEX
31994D0391
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
1994-06-27
In force since
1994-06-27
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

94/391/CE: Decisión del Consejo de 27 de junio de 1994 por el que se aprueba el canje de notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria por el que se modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, así como el Acuerdo europeo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, modificados ambos por el Protocolo adicional firmado el 21 de diciembre de 1993 Diario Oficial n° L 178 de 12/07/1994 p.

0069 - 0070 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 32 p. 0083 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 32 p. 0083 DECISIÓN DEL CONSEJO de 27 de junio de 1994 por el que se aprueba el canje de notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria por el que se modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, así como el Acuerdo europeo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, modificados ambos por el Protocolo adicional firmado el 21 de diciembre de 1993 (94/391/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113 en relación con el apartado 2 de su artículo 228, Visto el Acuerdo europeo firmado por las Partes el 8 de marzo de 1993 (1), modificado por el Protocolo adicional firmado el 21 de diciembre de 1993 (2), Visto el Acuerdo interino celebrado entre las Partes el 10 de diciembre de 1993 (3), modificado por el Protocolo adicional firmado el 21 de diciembre de 1993, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que el Acuerdo interino debería haber entrado en vigor el 1 de junio de 1993;

Considerando que el Acuerdo interino entró en vigor el 31 de diciembre de 1993; Considerando que el Acuerdo interino establece concesiones cuantitativas; Considerando que, por tanto, es conveniente trasladar a los años siguientes determinadas cuotas y límites acordados para 1993, y que no pudieron ser utilizados por Bulgaria debido al retraso de la entrada en vigor del Acuerdo; Considerando que, a tal efecto, la Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad un canje de notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria por el que se modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, así como el Acuerdo europeo por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, firmado el 8 de marzo de 1993, por otra parte, modificados ambos por el Protocolo adicional firmado por las Partes el 21 de diciembre de 1993;

Considerando que conviene aprobar el canje de notas, DECIDE: Artículo 1 Se aprueba en nombre de la Comunidad el canje de notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria que modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, y que modifica el Acuerdo europeo que establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por une parte, y la República de Bulgaria, por otra parte. El texto del canje de notas se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el canje de notas a fin de obligar a la Comunidad. El Presidente del Consejo notificará, en nombre de la Comunidad Europea, la terminación de todos los procedimientos necesarios al efecto. Hecho en Luxemburgo, el 27 de junio de 1994. Por el Consejo El Presidente C. SIMITIS (1) Acuerdo europeo no publicado aún en el Diario Oficial. (2) DO no L 25 de 29. 1. 1994, p. 27. (3) DO no L 323 de 23. 12. 1993, p. 2.

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