Reglamento (CE) n° 2284/94 de la Comisión de 20 de septiembre de 1994 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2839/93 relativo a la venta especial de mantequilla de intervención destinada a la exportación a las Repúblicas resultantes de la disolución de la Unión Soviética Diario Oficial n° L 248 de 23/09/1994 p. 0006 - 0006 Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 61 p. 0065 Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 61 p. 0065 REGLAMENTO (CE) No 2284/94 DE LA COMISIÓN de 20 de septiembre de 1994 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2839/93 relativo a la venta especial de mantequilla de intervención destinada a la exportación a las Repúblicas resultantes de la disolución de la Unión Soviética LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1880/94 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 6, Considerando que el Reglamento (CEE) no 2839/93 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1653/94 (4), establece que se ponga a disposición de los operadores mantequilla procedente de las existencias públicas para su exportación en estado natural a las Repúblicas resultantes de la disolución de la Unión Soviética y que, a tal efecto, se celebren licitaciones para fijar en concreto, un precio mínimo de venta; que el artículo 1 del citado Reglamento dispone que la mantequilla puesta a la venta debe haber entrado en los almacenes de intervención antes del 1 de enero de 1992;
Considerando que, habida cuenta de la evolución de las existencias de mantequilla y de las cantidades disponibles, es conveniente ampliar la venta a la mantequilla que entró en almacén antes del 1 de febrero de 1992; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En el apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 2839/93, la fecha del « 1 de enero de 1992 » se sustituirá por la del « 1 de febrero de 1992 ». Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 1994. Por la Comisión René STEICHEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO no L 197 de 30. 7. 1994, p. 21. (3) DO no L 260 de 19. 10. 1993, p. 8. (4) DO no L 174 de 8. 7. 1994, p. 17.