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Reglamento (CE, Euratom, CECA) nº 2357/95 del Consejo, de 5 de octubre de 1995, por el que se actualizan los coeficientes correctores aplicables en Grecia y en Italia (excepto Varese), a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas

CELEX
31995R2357
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
1995-10-05
In force since
1995-10-11
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Reglamento (CE, Euratom, CECA) nº 2357/95 del Consejo, de 5 de octubre de 1995, por el que se actualizan los coeficientes correctores aplicables en Grecia y en Italia (excepto Varese), a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas Diario Oficial n° L 241 de 10/10/1995 p. 0004 - 0004 REGLAMENTO (CE, EURATOM, CECA) N° 2357/95 DEL CONSEJO de 5 de octubre de 1995 por el que se actualizan los coeficientes correctores aplicables en Grecia y en Italia (excepto Varese), a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas, Visto el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los demás agentes de dichas Comunidades, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 259/68 (1) y cuya última modificación la constituye el Reglamento (CECA, CE, Euratom) n° 3161/94 (2) y, en particular, los artículos 63, 64, 65, 65 bis , 82 y el Anexo XI de dicho Estatuto, así como el párrafo primero del artículo 20 y el artículo 64 de dicho régimen, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que se ha producido un aumento significativo del coste de la vida durante el segundo semestre de 1994 en Grecia y en Italia, Estados miembros donde están destinados funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas; que, por lo tanto, es conveniente actualizar con efectos a partir del 1 de enero de 1995 los coeficientes correctores que se aplican a las retribuciones y pensiones de dichos funcionarios y otros agentes con arreglo al Reglamento (CECA, CE, Euratom) n° 3161/94, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1 1. Con efectos a partir del 1 de enero de 1995, los coeficientes correctores aplicables a la retribución de los funcionarios y otros agentes destinados en los países que se mencionan a continuación se establecerán del modo siguiente: Grecia: 82,8, Italia (excepto Varese): 96,6. 2. Los coeficientes correctores aplicables a la pensión se establecerán con arreglo al apartado 1 del artículo 82 del Estatuto. Los artículos 3 a 10 del Reglamento (CECA, CEE, Euratom) n° 2175/88 (3) seguirán siendo aplicables. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Luxemburgo, el 5 de octubre de 1995. Por el Consejo El Presidente C. ALBERDI ALONSO

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