Conclusiones del Consejo de 6 de mayo de 1996 sobre las sinergias entre reconocimiento académico y reconocimiento profesional de los títulos y los diplomas en la Comunidad Diario Oficial n° C 195 de 06/07/1996 p. 0006 - 0007 CONCLUSIONES DEL CONSEJO de 6 de mayo de 1996 sobre las sinergias entre reconocimiento académico y reconocimiento profesional de los títulos y los diplomas en la Comunidad (96/C 195/02) En su Comunicación de 13 de diciembre de 1994 sobre el reconocimiento de diplomas con fines académicos y profesionales, la Comisión explicó de manera detallada el ámbito de competencia comunitaria en el reconocimiento de los diplomas y de otros títulos de formación.
Habida cuenta de las diferentes bases jurídicas y de la especificidad de los objetivos que se desea alcanzar, el «reconocimiento» debe tratarse bajo dos aspectos complementarios: - por una parte, el reconocimiento de los títulos con fines profesionales, que se concretó a escala comunitaria en la adopción de directivas del Consejo que han establecido sistemas de reconocimiento de los títulos necesarios para el ejercicio de las profesiones reguladas en la Unión Europea; - por otra parte, el reconocimiento de los diplomas de formación (incluidos los períodos de estudio) con fines académicos, en particular para la continuación de los estudios en otro Estado miembro, que es competencia de los Estados miembros y más concretamente de los centros de enseñanza superior, gracias a la autonomía de que éstos gozan.
La acción comunitaria en el segundo ámbito se refiere, según el segundo guión del apartado 2 del artículo 126 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, al estímulo del reconocimiento académico de los diplomas o títulos y de los períodos de estudio a fin de favorecer la movilidad de los estudiantes a escala comunitaria. La aplicación del programa Erasmus, que ahora forma parte del nuevo programa Sócrates, ha contribuido sobremanera a estimular el reconocimiento académico y especialmente el de los períodos de estudio realizados en otro Estado miembro en el marco de los programas de cooperación entre universidades.
Además, la introducción, con carácter voluntario, del sistema ECTS («European Credit Transfer System») y otras formas de créditos debería proporcionar un elemento de transparencia de los estudios superiores, para un mejor reconocimiento académico en el marco de las actividades de movilidad fomentadas por el programa Sócrates. A pesar de los distintos mecanismos que caracterizan la acción comunitaria en los dos ámbitos del reconocimiento, la realización del principio fundamental de la Unión Europea, que consiste en la libertad de circulación y de establecimiento dentro de la Unión, genera en los ciudadanos comunitarios la expectativa de poder disponer de la información necesaria sobre el reconocimiento en todos los Estados miembros de sus títulos o diplomas de formación, ya sea con fines académicos o profesionales.
El apoyo a la movilidad de los estudiantes que el Parlamento Europeo y el Consejo manifestaron en diversas ocasiones, así como la adopción de programas comunitarios como Sócrates y Leonardo da Vinci, deben incitar a los centros de enseñanza superior y de formación profesional y a las autoridades competentes a aceptar y a tener en cuenta los períodos de estudio realizados y los diplomas o títulos obtenidos en otros Estados miembros, confiando en la calidad de la formación profesional y universitaria de dichos Estados miembros y aplicando sin reservas las directivas comunitarias sobre el reconocimiento profesional de los diplomas o títulos.
A tal efecto, y respetando la autonomía de las universidades, deberían establecerse sinergias a fin de que los dos ámbitos del reconocimiento puedan ser verdaderamente coherentes en beneficio del ciudadano europeo que desee disponer de movilidad durante sus estudios o en su vida profesional. Estas dificultades son mucho más importantes en el contexto de las profesiones llamadas no reglamentadas y no incluidas en ninguna directiva comunitaria. Por otro lado, el hecho de que las universidades introduzcan, en ciertos Estados miembros, programas de estudios diseñados para tener en cuenta las nuevas exigencias del sistema socioeconómico no siempre se traduce en el mercado laboral en los resultados previstos, a causa de normativas y de actitudes particulares que tienden a proteger los títulos y profesiones tradicionales.
EL CONSEJO SE CONGRATULA de los resultados del debate organizado por la Comisión en cooperación con los Estados miembros, así como de los dictámenes emitidos por el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social y otras organizaciones europeas y nacionales sobre el tema del reconocimiento. Considera que se trata de un proceso continuo que acaba de iniciarse y que necesita un diálogo permanente con todos los interesados. A tal fin, pide a la Comisión que difunda ampliamente el informe sobre los resultados del debate y siga fomentando la reflexión sobre esta cuestión; DESTACA que el diálogo entre las autoridades competentes en los dos ámbitos del reconocimiento debe integrarse en las actividades ordinarias de las estructuras nacionales existentes;
INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a que fomenten una mejor coordinación de las estructuras nacionales responsables de la difusión de la información acerca de los dos ámbitos del reconocimiento, tales como los Naric, los Centros Europeos de Información para las Empresas, etc., y a que refuercen los bancos de datos, como el Ortelius, de manera que se fomente una mayor transparencia de los sistemas de enseñanza superior; INVITA a los centros de enseñanza superior, a las organizaciones profesionales y a las demás autoridades competentes a que prosigan el diálogo, con el fin de garantizar, en los programas de estudios, un lugar suficiente a las necesidades de las profesiones a escala europea;
INVITA a la Comisión: - a que fomente la participación de los representantes del mundo económico y profesional, de los interlocutores sociales y de los estudiantes en cualquier red temática adecuada prevista por Sócrates; - a que evalúe, de manera más específica, entre las sugerencias hechas en el marco del debate que se está desarrollando, en colaboración con los Estados miembros: - la viabilidad de que se instaure, de forma voluntaria, un suplemento europeo como anexo administrativo del título o diploma. Dicho anexo consistiría en una descripción de los estudios realizados por el titulado con vistas a facilitar la transparencia y el reconocimiento de dichos estudios en Estados distintos del Estado de formación; tendría en cuenta las experiencias realizadas en este ámbito por otras organizaciones, como el Consejo de Europa y la Unesco; - la conveniencia de que se definan y difundan mejor procedimientos a nivel comunitario o nacional que faciliten la búsqueda de una solución amistosa de las controversias en materia de reconocimiento de títulos, respondiendo a reclamaciones individuales, remitidas directamente o, de preferencia, a través la red Naric o de la red de coordinadores de las distintas directivas; - a que presente al Parlamento Europeo y al Consejo, antes de que finalice 1998, un informe sobre los avances realizados en este ámbito así como sobre la marcha de las diferentes iniciativas emprendidas a escalas comunitaria y nacional.