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Resolución del Consejo de 25 de junio de 1996 sobre la cooperación industrial con otros espacios regionales y países terceros, entre otros los de la Cuenca del Mediterráneo

CELEX
31996Y0713(02)
Document type
RES
Sector
Legislation
Date of document
1996-06-25
In force since
1996-06-25
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Resolución del Consejo de 25 de junio de 1996 sobre la cooperación industrial con otros espacios regionales y países terceros, entre otros los de la Cuenca del Mediterráneo Diario Oficial n° C 203 de 13/07/1996 p. 0004 - 0006 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 25 de junio de 1996 sobre la cooperación industrial con otros espacios regionales y países terceros, entre otros los de la Cuenca del Mediterráneo (96/C 203/02) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, I Haciendo referencia al artículo 130 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea; Visto el Libro blanco sobre el crecimiento, la competitividad y el empleo;

Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de septiembre de 1994, titulada «Una política de competitividad industrial para la Unión Europea» (1); Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de marzo de 1995, sobre el desarrollo de la cooperación industrial con los países de Europa Central y Oriental (2); Recordando sus conclusiones de 22 de abril de 1994 sobre la mejora de la competitividad de la industria europea, en las que, en particular: - hizo notar que es decisivo para el crecimiento de la industria europea que ésta refuerce su presencia en los mercados en crecimiento y que el desarrollo de la cooperación industrial puede contribuir de forma positiva a dicho refuerzo; - invitó a la Comisión a que preparase comunicaciones sobre la cooperación industrial con los países terceros con los que la Comunidad mantiene tradicionalmente relaciones más estrechas por razones históricas y culturales;

Recordando su Resolución de 21 de noviembre de 1994 destinada a reforzar la competitividad de la industria europea (3), en la que, entre las medidas que deben adoptarse con especial urgencia, enumera la intensificación de la cooperación con los países terceros más interesados mediante: - el apoyo a los esfuerzos de los países asociados para la creación de un marco de condiciones estable para la economía de mercado; - el examen de las propuestas anunciadas por la Comisión acerca de la cooperación industrial con estos países y la rápida aplicación de medidas adecuadas; Recordando sus conclusiones de 7 de abril de 1995 en materia de competitividad, en las que tomó nota con interés de que la acción de la Comisión en materia de política industrial se refiere, en particular, a los puntos siguientes: - organización de mesas redondas industriales que asocien, en particular, a los países con los que la Comunidad mantiene tradicionalmente relaciones estrechas por motivos históricos y culturales; - fomento de operaciones de cooperación industrial mediante la creación de un banco de datos que recopile las posibilidades de cooperación; - apoyo a proyectos de cooperación industrial de interés comunitario, por medio de la aplicación y utilización de los instrumentos comunitarios existentes;

Recordando sus conclusiones de 7 de abril de 1995 en materia de cooperación industrial con los países de Europa Central y Oriental, en las que, entre otras cosas, invitó a la Comisión a que prosiguiese los trabajos sobre la cooperación industrial con los otros terceros países con los que la Comunidad mantiene tradicionalmente relaciones estrechas y a que le presentase próximamente nuevas comunicaciones al respecto; Recordando sus conclusiones de los días 6 y 7 de noviembre de 1995 sobre la cooperación industrial con otros espacios regionales y terceros países, en las que, en particular: - reconoció la importante función que desempeñan las inversiones y la cooperación industrial para reforzar la competitividad industrial de la Unión Europea así como para propiciar el desarrollo socioeconómico de determinadas regiones, como Europa Central y Oriental, en el marco de la estrategia de preparación para la adhesión, la Cuenca Mediterránea y América Latina; - subrayó que la puesta en práctica de esta estrategia incentivará la cooperación de los agentes económicos y producirá un efecto multiplicador en el desarrollo de diversas forma de cooperación entre empresas; - consideró que dicha estrategia deberá basarse en los principios de colaboración, programación y transparencia y que deberá concederse particular atención en este marco a los proyectos de inversión industrial y a la realización de infraestructuras conexas; - invitó a la Comisión a que le presentase, durante 1996, una comunicación global sobre la cooperación industrial con los demás espacios regionales y con los países terceros con los que la Unión mantiene tradicionalmente relaciones estrechas, que permita definir una estrategia de acción orientada al mundo industrial especificando las orientaciones, criterios y procedimientos que deban seguirse para ponerla en práctica; y en las que, en particular, en el marco de la Conferencia Euromediterránea de Barcelona de los días 27 y 28 de noviembre de 1995, el Consejo invitó: - a los participantes en la Conferencia Euromediterránea, a que estudiasen la cooperación industrial en cuanto instrumento privilegiado para el desarrollo económico y la creación de empleo en la cuenca mediterránea, fomentando especialmente la realización de proyectos de inversión industrial y de infraestructuras conexas; - a la Comisión, a que presentase en 1996 una comunicación sobre todos los aspectos de la cooperación industrial euromediterránea, a fin de determinar las directrices, los criterios y los procedimientos que deban seguirse para elaborar un plan de actuación más orientado a la industria; - a la Presidencia y a la Comisión a que organizasen, a principios de 1996, una Conferencia de los ministros de Industria de la Unión Europea y de nuestros interlocutores mediterráneos, para emprender un debate exhaustivo sobre el desarrollo de la cooperación industrial en el marco de la política euromediterránea;

Vista la Declaración final de la Conferencia Euromediterránea de Barcelona, de los días 27 y 28 de noviembre de 1995, y el programa de trabajo anexo, Vistos los Acuerdos euromediterráneos de asociación celebrados con Túnez, Israel y Marruecos, Vista la Declaración final de la Cumbre Unión Europea/Estados Unidos, de 3 de diciembre de 1995, Visto el Acuerdo marco interregional entre la Unión Europea y Mercosur, firmado en el Consejo Europeo de Madrid de los días 15 y 16 de diciembre de 1995, Vista la Declaración del Presidente de la Comisión Europa-Asia, de 2 de marzo de 1996, II SE FELICITA por los progresos realizados en la cooperación industrial con los terceros países y otros espacios regionales en cuanto instrumento para el refuerzo de la competitividad industrial de la Unión Europea y del desarrollo socioeconómico de dichos países.

En particular: 1) Por lo que se refiere a los países de Europa Central y Oriental Toma nota con satisfacción de los avances conseguidos en el marco del diálogo estructurado con los países que han solicitado la adhesión a la Unión; Invita a la Comisión a que prosiga el examen de los aspectos industriales de la problemática de esas adhesiones; Reconoce el interés de las iniciativas emprendidas por la Comisión en el marco del Fórum sobre la sociedad de la información comenzado el 23 de junio de 1995, y toma nota de que su próxima reunión de seguimiento tendrá lugar los días 12 y 13 de septiembre de 1996 en Praga;

2) Por lo que se refiere a la antigua Yugoslavia Se felicita, al margen de las recomendaciones formuladas por los Estados y las Instituciones internacionales presentes en la Conferencia de donantes para la reconstrucción de Bosnia y Herzegovina, celebrada en Bruselas los días 12 y 13 de abril de 1996, de la iniciativa adoptada por la Comisión, en estrecha colaboración con las federaciones y asociaciones industriales europeas, consistente en organizar, el 23 de julio de 1996 en Bruselas, una Conferencia con los círculos industriales de la Unión Europea, destinada a sensibilizar a éstos sobre las necesidades y las oportunidades de cooperación que ofrece el país antes citado;

3) Por lo que se refiere a Asia Se congratula por los resultados de la primera Cumbre euroasiática (Asem), de 2 de marzo de 1996, al término de la cual se decidió, en particular, profundizar la cooperación mutua entre empresas, en especial mediante la creación de un Foro Empresarial Asia-Europa cuya primera reunión tendrá lugar en 1996 en Francia; Toma nota de las iniciativas contempladas por la Comisión en el marco de la estrategia de cooperación con China y, en particular, la Mesa Redonda industrial celebrada el 23 de mayo de 1996; 4) Por lo que se refiere a América Latina Se felicita por las nuevas perspectivas abiertas en el ámbito industrial a través de las transformaciones económicas ocurridas en América Latina y por las mayores posibilidades de cooperación, en beneficio mutuo, abiertas por los nuevos acuerdos celebrados por la Unión o en curso de negociación con varios Estados o grupos de Estados latinoamericanos, en particular Mercosur, Chile y México;

5) Por lo que se refiere a los países ACP y a África austral Subraya que la firma, realizada en Mauricio el 4 de noviembre de 1995, del Acuerdo por el que se modifica el Cuarto Convenio ACP-CE de Lomé entre la Unión Europea y los países ACP y del VIII Protocolo Financiero contribuirá a una mayor complementariedad entre las estrategias de desarrollo definidas por los países ACP y los objetivos y prioridades de la política de cooperación de la Unión Europea; Toma nota con satisfacción de los progresos realizados en las relaciones entre la Unión Europea y Sudáfrica, que deberán plasmarse en un acuerdo marco de cooperación económica y comercial y que han llevado a la Unión Europea a cooperar con ese país en la organización de la reunión de Pretoria de los días 13 a 15 de mayo de 1996, auspiciada por el G7, sobre la sociedad de la información y el desarrollo;

6) Por lo que se refiere a Estados Unidos Se felicita por los resultados de la Conferencia de jefes de empresa de la Unión Europea y de Estados Unidos (Transatlantic Business Dialogue), que tuvo lugar los días 10 y 11 de noviembre de 1995 y que marca el comienzo de una nueva fase del diálogo económico y comercial transatlántico; Toma nota de los documentos aprobados durante la última Cumbre Unión Europea/Estados Unidos, celebrada en Madrid el día 3 de diciembre de 1995, con ocasión de la cual se sentaron las bases para un refuerzo de los vínculos transatlánticos, incluido el ámbito económico;

7) Por lo que se refiere a Japón Reconoce la importancia de la consolidación y de la profundización del diálogo sobre la política industrial entre la Unión Europea y Japón realizadas a través del Centro para la cooperación industrial establecido en 1987, que, entre otras cosas, ha permitido lanzar una serie de programas conjuntos de cooperación. III Por lo que se refiere a la Cuenca del Mediterráneo Se congratula por los progresos realizados en las relaciones euromediterráneas después de la Conferencia de Barcelona de los días 27 y 28 de noviembre de 1995 y por las distintas iniciativas contempladas por la Presidencia y la Comisión para la realización del programa de trabajo decidido para asegurar los trabajos posteriores a dicha Conferencia;

Suscribe la iniciativa de la Presidencia de convocar, los días 20 y 21 de mayo de 1996 en Bruselas, la primera Conferencia de los ministros de Industrias de la Unión Europa y de los terceros países mediterráneos sobre la colaboración económica industrial y en ese marco: - subraya que el desarrollo industrial de la Cuenca del Mediterráneo, que debería tener en cuenta todos los factores prioritarios de la política de competitividad en cuanto instrumentos para la creación de una zona de prosperidad común, constituye la base para la afirmación gradual de una economía abierta y competitiva, así como una de las condiciones esenciales para atraer un flujo creciente de inversiones; - considera que esta Conferencia ministerial brinda la ocasión de mantener un debate pormenorizado y abierto acerca del desarrollo industrial de los países asociados mediterráneos y las directrices y acciones que habrá que adoptar para dar un contenido concreto al capítulo industrial de la colaboración económica y financiera euromediterránea; - reconoce que el desarrollo de las iniciativas y acciones del capítulo industrial euromediterráneo debería concebirse con el fin de garantizar un enfoque integrado y coherente y, a tal efecto, considera esencial definir un programa de trabajo específico mediante la profundización de los factores más importantes que afectan a la política industrial; - por último, expresa el deseo de que los resultados de esta Conferencia constituyan una contribución importante para los futuros trabajos de la Comisión, en particular con vistas a la comunicación que presentará próximamente dicha Institución sobre la cooperación industrial euromediterránea.

IV INVITA A LA COMISIÓN: - a que intensifique sus trabajos con vistas a presentar las comunicaciones y propuestas adecuadas sobre la cooperación industrial con los terceros países con quienes la Comunidad mantiene tradicionalmente unas relaciones más estrechas por razones históricas y culturales; - a que presente al Consejo un informe bienal sobre las acciones emprendidas con arreglo a la cooperación industrial comunitaria con los terceros países. V SE COMPROMETE: a organizar un debate, basándose en el informe de la Comisión, con el fin de evaluar la aportación de la cooperación industrial al fortalecimiento de la competitividad de la industria europea y al desarrollo socioeconómico de los terceros países de que se trate.

(1) Doc. COM(94) 319 final. (2) Doc. COM(95) 71 final. (3) DO n° C 343 de 6. 12. 1994, p. 1.

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