97/283/CE: Decisión de la Comisión de 21 de abril de 1997 sobre los métodos de medición armonizados para determinar la concentración en masa de dioxinas y furanos en las emisiones atmosféricas conforme al apartado 2 del artículo 7 de la Directiva 94/67/CE relativa a la incineración de residuos peligrosos Diario Oficial n° L 113 de 30/04/1997 p. 0011 - 0011 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de abril de 1997 sobre los métodos de medición armonizados para determinar la concentración en masa de dioxinas y furanos en las emisiones atmosféricas conforme al apartado 2 del artículo 7 de la Directiva 94/67/CE relativa a la incineración de residuos peligrosos (97/283/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 94/67/CE del Consejo, de 31 de diciembre de 1994, relativa a la incineración de residuos peligrosos, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 7 (1), Considerando que, con arreglo al apartado 2 del artículo 7 de la Directiva 94/67/CE, deben establecerse a escala comunitaria métodos de medición armonizados para determinar la concentración en masa de dioxinas y furanos en las emisiones atmosféricas, conforme al procedimiento contemplado en el artículo 16;
Considerando que en dicha labor la Comisión cuenta con la asistencia del Comité creado en virtud del artículo 16 de la Directiva 94/67/CE; Considerando que las medidas recogidas en la presente Decisión son conformes al dictamen de dicho Comité, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Los métodos de medición armonizados a que se refiere el apartado 2 del artículo 7 de la Directiva 94/67/CE serán los métodos de medición para determinar la concentración en masa de las emisiones de dioxinas y furanos en las emisiones atmosféricas, pr EN 1948 (junio de 1996) -«Emisiones de fuentes estacionarias.
Determinación de la concentración másica de PCDDS/PCDFS. Parte 1: muestreo. Parte 2: extracción y limpieza. Parte 3: identificación y cuantificación»-, elaboradas por el Comité europeo de normalización (CEN). Tras su aprobación definitiva por parte de éste, la referencia pr EN 1948 (junio de 1996) anteriormente mencionada pasará a ser EN 1948. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 21 de abril de 1997. Por la Comisión Ritt BJERREGAARD Miembro de la Comisión (1) DO n° L 365 de 31. 12. 1994, p. 34.