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1999/376/CE: Decisión de la Comisión, de 19 de mayo de 1999, por la que se reconoce el carácter plenamente operativo de la base de datos sobre animales de la especie bovina de Dinamarca [notificada con el número C(1999) 1305] (El texto en lengua danesa es el único auténtico)

CELEX
31999D0376
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
1999-05-19
In force since
1999-05-20
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

1999/376/CE: Decisión de la Comisión, de 19 de mayo de 1999, por la que se reconoce el carácter plenamente operativo de la base de datos sobre animales de la especie bovina de Dinamarca [notificada con el número C(1999) 1305] (El texto en lengua danesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 144 de 09/06/1999 p. 0035 - 0035 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de mayo de 1999 por la que se reconoce el carácter plenamente operativo de la base de datos sobre animales de la especie bovina de Dinamarca [notificada con el número C(1999) 1305] (El texto en lengua danesa es el único auténtico) (1999/376/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno(1) y, en particular, el primer guión del apartado 3 de su artículo 6, Vista la solicitud presentada por Dinamarca, (1) Considerando que el 19 de septiembre de 1998 las autoridades danesas presentaron a la Comisión una solicitud relativa al reconocimiento de la plena operatividad de su base de datos que forma parte del sistema danés de identificación y registro de animales de la especie bovina; que esta solicitud se acompañó de todos los datos requeridos, que se actualizaron a 17 de marzo de 1999;

(2) Considerando que las autoridades danesas se han comprometido a mejorar la fiabilidad de esta base de datos, garantizando, en particular, i) que la autoridad competente podrá corregir a la mayor brevedad todo error o deficiencia que se detecte automáticamente o tras las correspondientes inspecciones in situ, ii) que el plazo para la notificación de movimientos, nacimientos y muertes deberá reducirse a siete días lo más rápidamente posible, iii) que deberán adoptarse medidas para aplicar las disposiciones del Reglamento (CE) n° 2630/97(2), en caso necesario, iv) medidas para mejorar la autenticación de los pasaportes para los animales de la especie bovina, y v) medidas para introducir la notificación la situación de cada animal de la especie bovina en lo referente a las primas; que, además, las autoridades danesas se comprometen a modificar sus disposiciones vigentes en relación con la identificación de animales de la especie bovina en el caso de pérdida de marcas auriculares para cumplir las disposiciones del Reglamento (CE) n° 820/97; que las autoridades danesas se comprometen a aplicar las medidas destinadas a mejorar la situación a más tardar el 30 de septiembre de 1999;

(3) Considerando que, a la vista de la situación de Dinamarca, procede reconocer el carácter completamente operativo de la base de datos sobre animales de la especie bovina, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se reconoce que la base de datos sobre animales de la especie bovina de Dinamarca será plenamente operativa a partir del 1 de octubre de 1999. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de Dinamarca. Hecho en Bruselas, el 19 de mayo de 1999. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 117 de 7.5.1997, p. 1. (2) DO L 354 de 30.12.1997, p.

23.

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