1999/693/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de octubre de 1999, por la que se reconoce el carácter plenamente operativo de la base de datos de Suecia sobre animales de la especie bovina [notificada con el número C(1999) 3145] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua sueca es el único auténtico) Diario Oficial n° L 273 de 23/10/1999 p. 0014 - 0015 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 5 de octubre de 1999 por la que se reconoce el carácter plenamente operativo de la base de datos de Suecia sobre animales de la especie bovina [notificada con el número C(1999) 3145] (El texto en lengua sueca es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (1999/693/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno(1), y, en particular, el primer guión del apartado 3 de su artículo 6, Vista la solicitud presentada por Suecia, (1) Considerando que el 23 de marzo de 1999 las autoridades suecas remitieron a la Comisión una solicitud de reconocimiento del carácter plenamente operativo de su base de datos, integrada en el sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina en Suecia; que dicha solicitud se acompañó de la información pertinente y que fue actualizada el 9 de julio de 1999;
(2) Considerando que las autoridades suecas se han comprometido a incrementar la fiabilidad de dicha base de datos garantizando, en particular, que: a) todos los traslados que se produzcan quedarán registrados en la base de datos, incluida la notificación del número de sacrificios en los mataderos así como la notificación de traslado a las plantas de extracción de grasas, b) las autoridades competentes adoptarán medidas que permitan subsanar rápidamente cualquier error o deficiencia que pueda detectarse automáticamente o a raíz de las oportunas inspecciones in situ, c) se aplicarán medidas con objeto de completar la legislación vigente en materia de reidentificación de los animales de la especie vacuna en caso de pérdida de las marcas auriculares a fin de ajustarla a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 820/97, d) se adoptarán medidas a fin de garantizar la plena cooperación de las autoridades veterinarias en la aplicación de las disposiciones del Reglamento (CE) n° 820/97, e) se adoptarán medidas destinadas a reforzar las actuales disposiciones de la legislación nacional en materia de plazos de notificación de los traslados (quince días), f) se establecerán medidas para garantizar el cumplimiento de los procedimientos de seguimiento vigentes a fin de ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2630/97 de la Comisión(2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 132/1999(3), y el Reglamento (CE) n° 494/98 de la Comisión(4), g) se adoptarán medidas con el fin cumplir las disposiciones del Reglamento (CEE) n° 2629/97(5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 331/1999(6), en lo relativo a las marcas auriculares y al registro de la situación de las primas en los pasaportes, y h) se adoptarán medidas a fin de garantizar el registro de todos los animales nacidos en la Unión Europea; que las autoridades suecas se han comprometido a poner en práctica las medidas de mejora mencionadas, a más tardar, el 31 de octubre de 1999; que dichas autoridades se han comprometido a informar a la Comisión de cualquier problema que surja durante el periodo de aplicación de las medidas mencionadas;
(3) Considerando que una vez evaluada la situación en Suecia es oportuno reconocer el carácter plenamente operativo de la base de datos de los animales de la especie bovina, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La base de datos de Suecia sobre animales de la especie bovina se considerará plenamente operativa a partir del 1 de noviembre de 1999. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de Suecia. Hecho en Bruselas, el 5 de octubre de 1999. Por la Comisión David BYRNE Miembro de la Comisión (1) DO L 117 de 7.5.1997, p. 1. (2) DO L 354 de 30.12.1997, p. 23.
(3) DO L 17 de 22.1.1999, p. 20. (4) DO L 60 de 28.2.1998, p. 78. (5) DO L 354 de 30.12.1997, p. 19. (6) DO L 40 de 13.2.1999, p. 27.