Decisión del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión de 19 de julio de 1999 relativa al nombramiento de los miembros del Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) Diario Oficial n° C 220 de 31/07/1999 p. 0001 - 0002 DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO, DEL CONSEJO Y DE LA COMISIÓN de 19 de julio de 1999 relativa al nombramiento de los miembros del Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) (1999/C 220/01) EL PARLAMENTO EUROPEO, EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, Vista la Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 1999, por la que se crea la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude(1) y, en particular, su artículo 4, Visto el Reglamento (CE) n° 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo(2), de 25 de mayo de 1999, así como el Reglamento (Euratom) n° 1074/1999 del Consejo(3), de 25 de mayo de 1999, relativos a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 11, Considerando lo siguiente:
(1) El apartado 2 del artículo 11 de los Reglamentos (CE) n° 1073/1999 y (Euratom) n° 1074/1999 establece que el Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) estará compuesto por cinco personalidades externas independientes que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio, en sus respectivos países, de altas funciones relacionadas con el ámbito de actividades de la Oficina. (2) Debe procederse al nombramiento del Comité de vigilancia lo antes posible. (3) El apartado 2 del artículo 11 de los Reglamentos mencionados establece que los miembros del Comité de vigilancia serán nombrados de común acuerdo por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, DECIDEN:
Artículo 1 Se nombra miembros del Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), a partir del 1 de agosto de 1999, a las personas siguientes: - Doña Mireille DELMAS-MARTY - Don Edmondo BRUTI-LIBERATI - Don José Narciso da CUNHA RODRIGUES - Don Raymond KENDALL - Don Harald NOACK Artículo 2 La Comisión notificará la presente Decisión a las personas nombradas. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 19 de julio de 1999. Por el Parlamento Europeo El Presidente J. M. GIL-ROBLES Por el Consejo El Presidente T.
HALONEN Por la Comisión El Presidente M. MARÍN (1) DO L 136 de 31.5.1999, p. 20. (2) DO L 136 de 31.5.1999, p. 1. (3) DO L 136 de 31.5.1999, p. 8.