2000/29/CE: Decisión del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa a la celebración de un Acuerdo con la República de Islandia y el Reino de Noruega para la determinación de los derechos y obligaciones entre Irlanda y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por un lado, y la República de Islandia y el Reino de Noruega, por otro, en los ámbitos del acervo de Schengen que se apliquen a estos Estados Diario Oficial n° L 015 de 20/01/2000 p. 0001 - 0001 DECISIÓN DEL CONSEJO de 28 de junio de 1999 relativa a la celebración de un Acuerdo con la República de Islandia y el Reino de Noruega para la determinación de los derechos y obligaciones entre Irlanda y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por un lado, y la República de Islandia y el Reino de Noruega, por otro, en los ámbitos del acervo de Schengen que se apliquen a estos Estados (2000/29/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el apartado 2 del artículo 6 del Protocolo por el que se integra el acervo de Schengen en el marco de la Unión Europea, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea en virtud del Tratado de Amsterdam, DECIDE:
Artículo único Queda aprobado el Acuerdo con la República de Islandia y el Reino de Noruega para la determinación de los derechos y obligaciones entre Irlanda y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por un lado, y la República de Islandia y el Reino de Noruega, por otro, en los ámbitos del acervo de Schengen que se apliquen a estos Estados. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Hecho en Luxemburgo, el 28 de junio de 1999. Por el Consejo El Presidente M. NAUMANN