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2000/632/CE: Decisión de la Comisión, de 16 de octubre de 2000, relativa a una ayuda financiera complementaria en el marco de la erradicación de la peste porcina clásica en Bélgica en 1997 y 1998 [notificada con el número C(2000) 3011] (Texto pertinente a efectos del EEE) (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)

CELEX
32000D0632
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2000-10-16
In force since
2000-10-20
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2000/632/CE: Decisión de la Comisión, de 16 de octubre de 2000, relativa a una ayuda financiera complementaria en el marco de la erradicación de la peste porcina clásica en Bélgica en 1997 y 1998 [notificada con el número C(2000) 3011] (Texto pertinente a efectos del EEE) (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) Diario Oficial n° L 267 de 20/10/2000 p. 0062 - 0062 Decisión de la Comisión de 16 de octubre de 2000 relativa a una ayuda financiera complementaria en el marco de la erradicación de la peste porcina clásica en Bélgica en 1997 y 1998 [notificada con el número C(2000) 3011] (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2000/632/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1258/1999(2), y, en particular, los apartados 3 y 5 de su artículo 3 y su artículo 6, Considerando lo siguiente:

(1) En Bélgica se registraron brotes de peste porcina clásica en julio de 1997. La aparición de esta enfermedad constituye un grave peligro para la cabaña porcina de la Comunidad. Con el fin de ayudar a erradicarla lo antes posible, la Comunidad puede participar financieramente en los gastos subvencionables realizados por los Estados miembros. (2) El 3 de junio de 1998, Bélgica presentó una solicitud de reembolso de la totalidad de los gastos realizados en su territorio en 1997 y 1998, completada con los datos recibidos el 18 de enero de 2000. (3) La Comisión adoptó las Decisiones 98/61/CE(3) y 98/674/CE(4) relativas a la concesión de ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la peste porcina clásica, así como la Decisión 1999/20/CE(5), relativa a la ayuda financiera de la Comunidad para la prevención y el control de la peste porcina clásica en Bélgica.

Estas Decisiones permitieron el pago de tres tramos a título de anticipo por un importe total de 3,15 millones de euros. (4) Es oportuno, en estos momentos, establecer el importe del último tramo de la ayuda financiera de la Comunidad. (5) La Comunidad ha comprobado la aplicación de todas las normas comunitarias en materia veterinaria y el cumplimiento de todas las condiciones para una ayuda financiera de la Comunidad. (6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Bélgica podrá obtener un cuarto y último tramo de 365000 euros como máximo como ayuda financiera de la Comunidad por los gastos subvencionables ocasionados por las medidas de erradicación de los brotes de peste porcina clásica aparecidos durante los años 1997 y 1998.

Artículo 2 El saldo de la ayuda financiera de la Comunidad se abonará a Bélgica una vez aprobada la presente Decisión. Artículo 3 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de Bélgica. Hecho en Bruselas, el 16 de octubre de 2000. Por la Comisión David Byrne Miembro de la Comisión (1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 19. (2) DO L 160 de 26.6.1999, p. 103. (3) DO L 16 de 21.1.1998, p. 39. (4) DO L 317 de 26.11.1998, p. 41. (5) DO L 6 de 12.1.1999, p. 22.

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