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2001/404/CE: Decisión del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República Argentina en el marco del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) 1994 para la modificación, en lo que respecta al ajo, de las concesiones previstas en la lista CXL adjunta al GATT

CELEX
32001D0404
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2001-05-28
In force since
2001-05-28
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2001/404/CE: Decisión del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República Argentina en el marco del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) 1994 para la modificación, en lo que respecta al ajo, de las concesiones previstas en la lista CXL adjunta al GATT Diario Oficial n° L 142 de 29/05/2001 p. 0007 - 0007 Decisión del Consejo de 28 de mayo de 2001 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República Argentina en el marco del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) 1994 para la modificación, en lo que respecta al ajo, de las concesiones previstas en la lista CXL adjunta al GATT (2001/404/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 133 en relación con la primera frase del apartado 2 de su artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente:

(1) El 2 de mayo de 2000, el Consejo autorizó a la Comisión iniciar negociaciones y consultas con los miembros de la OMC en virtud del artículo XXVIII del GATT 1994 para modificar el derecho consolidado del ajo. (2) Las negociaciones han sido dirigidas por la Comisión en consulta con el Comité del artículo 133 y con arreglo a las directrices de negociación elaboradas por el Consejo. (3) Las negociaciones con la República Argentina, único miembro de la OMC con intereses como principal suministrador, culminaron con éxito. (4) Por lo tanto, debe aprobarse el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República Argentina para la modificación de las concesiones en lo que respecta al ajo.

(5) Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión deben adoptarse de conformidad con el procedimiento de gestión establecido en el artículo 46 del Reglamento (CE) n° 2200/96(1). DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República Argentina en el marco del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) 1994 para la modificación, en lo que respecta al ajo, de las concesiones previstas en la lista CXL adjunta al GATT. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2 La Comisión, asistida por el Comité establecido por el artículo 45 del Reglamento (CE) n° 2200/96, adoptará las medidas necesarias para gestionar los contingentes arancelarios previstos en el Acuerdo de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 46 de dicho Reglamento. Artículo 3 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad(2). Artículo 4 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 2001. Por el Consejo El Presidente T.

Bodström (1) DO L 297 de 21.11.1996, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2826/2000 (DO L 328 de 23.12.2000, p. 2). (2) La fecha de entrada en vigor del Acuerdo se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

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