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2001/434/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de mayo de 2001, por la que se establecen medidas específicas en el sector de la carne de vacuno para Alemania en virtud del Reglamento (CE) n° 2777/2000 [notificada con el número C(2001) 1441]

CELEX
32001D0434
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2001-05-21
In force since
2001-06-09
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2001/434/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de mayo de 2001, por la que se establecen medidas específicas en el sector de la carne de vacuno para Alemania en virtud del Reglamento (CE) n° 2777/2000 [notificada con el número C(2001) 1441] Diario Oficial n° L 154 de 09/06/2001 p. 0063 - 0063 Decisión de la Comisión de 21 de mayo de 2001 por la que se establecen medidas específicas en el sector de la carne de vacuno para Alemania en virtud del Reglamento (CE) n° 2777/2000 [notificada con el número C(2001) 1441] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (2001/434/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno(1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 38, Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 2777/2000 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2000, por el que se adoptan medidas excepcionales de apoyo al mercado de la carne de vacuno(2), modificado por el Reglamento (CE) n° 111/2001(3), dispone en el apartado 4 de su artículo 3 que un Estado miembro podrá ser autorizado para que deje de aplicar el plan de adquisición de que se trate si puede demostrar que dispone de capacidad suficiente para someter a las pruebas de detección de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) todos los animales de más de treinta meses de edad que constituyan la producción normal para el sacrificio.

Alemania ha presentado a la Comisión tales pruebas y, por consiguiente, a petición suya, conviene autorizar a ese Estado miembro para que deje de aplicar el plan. (2) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se autorizará a Alemania a dejar de aplicar el plan de adquisición establecido en el Reglamento (CE) n° 2777/2000. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 2001. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 160 de 26.6.1999, p.

21. (2) DO L 321 de 19.12.2000, p. 47. (3) DO L 19 de 20.1.2001, p. 11.

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