2001/798/CE: Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2000, relativa a la ayuda estatal que Alemania ha concedido en favor de SKET Walzwerkstechnik GmbH [Ayuda C 70/97 (ex NN 123/97)] (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2000) 4189] Diario Oficial n° L 301 de 17/11/2001 p. 0037 - 0046 Decisión de la Comisión de 13 de diciembre de 2000 relativa a la ayuda estatal que Alemania ha concedido en favor de SKET Walzwerkstechnik GmbH [Ayuda C 70/97 (ex NN 123/97)] [notificada con el número C(2000) 4189] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2001/798/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 del artículo 62, Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones con arreglo a los citados artículos y teniendo en cuenta dichas observaciones, Considerando lo siguiente:
1. PROCEDIMIENTO (1) Por carta de 16 de noviembre de 1996, Alemania notificó a la Comisión, con arreglo al apartado 3 del artículo 93 (ahora apartado 3 del artículo 88) del Tratado CE, unas ayudas de reestructuración en favor de SKET Walzwerkstechnik GmbH. Por carta de 27 de noviembre de 1996, la Comisión solicitó información adicional, solicitud a la que Alemania respondió por cartas de 13 de enero, 30 de enero y 7 de marzo de 1997. El 1 de julio de 1997 se celebró una reunión entre representantes de la Comisión y de las autoridades alemanas para debatir el asunto. Como ya se había desembolsado una parte de las ayudas, el asunto se registró con el número NN 123/97.
(2) Partiendo de la información facilitada por Alemania, la Comisión decidió incoar el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 93 (ahora apartado 2 del artículo 88) del Tratado CE e instó a Alemania a que le facilitara toda la información necesaria para la evaluación de este asunto, ya que albergaba dudas en cuanto a la compatibilidad de las ayudas con el mercado común. (3) La decisión se comunicó a Alemania mediante carta de 10 de noviembre de 1997(1) y fue publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(2). La Comisión procedió a la modificación consiguiente del número de registro del asunto, que pasó a ser el C 70/97.
Además, se invitó a los terceros interesados a que formularan sus observaciones en el plazo de un mes desde la publicación. (4) En respuesta a la incoación del procedimiento, Alemania facilitó información adicional por cartas de 6 de febrero de 1998, 27 de mayo de 1998, 19 de enero de 1999, 1 de febrero de 1999, 11 de marzo de 1999, 24 de junio de 1999, 19 de julio de 1999, 9 de septiembre de 1999, 20 de octubre de 1999, 17 de enero de 2000 y 20 de abril de 2000. Además, los días 26 de julio de 1999 y 21 de octubre de 1999 se celebraron sendas reuniones con objeto de brindar a las autoridades alemanas la oportunidad de explicar el asunto.
(5) No se recibieron observaciones de terceros interesados. 2. HECHOS (6) SKET Walzwerkstechnik GmbH (SKET WT) tiene su sede en Magdeburgo (Sajonia-Anhalt, Alemania). En el año 1998 empleaba a [...](3) trabajadores y realizó un volumen de negocios de unos [...] *. Proyecta y posteriormente gestiona a escala mundial la producción e instalación de laminadores de acero completos adaptados a la clientela. La empresa adquirió la división de técnicas de ingeniería del disuelto conglomerado SKET SMM. (7) En abril de 1998, SKET WT se privatizó tras un procedimiento de licitación abierto e incondicional, quedando en manos de Münchmeyer Petersen GmbH & Co.
KG (MPC). La empresa no puede ser catalogada como PYME, ya que no cumple el criterio de la independencia(4). Las medidas en cuestión se han de considerar en el contexto de la privatización y se destinan a apoyar la reestructuración de SKET WT. (8) La región de Sajonia-Anhalt se caracteriza por un elevado desempleo y es una región asistida a tenor de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. (9) SKET WT forma parte del grupo empresarial SKET, que surgió del antiguo combinado SKET Schwermaschinenbau Magdeburg GmbH ("SKET SMM"). En marzo de 1995, la Comisión incoó el procedimiento formal de investigación en lo relativo a las ayudas de reestructuración concedidas a SKET SMM(5).
SKET SMM no llegó a privatizarse en ningún momento y, tras fracasar el plan de reestructuración, en octubre de 1996 se declaró la ejecución concursal. En noviembre de 1996 y enero de 1997, Alemania comunicó a la Comisión su intención de continuar las actividades de determinadas divisiones de SKET SMM, que se encontraba inmersa en la ejecución concursal, por medio de personas jurídicas que habían sido creadas con objeto de que se hicieran cargo del patrimonio y de las divisiones comerciales de la empresa predecesora disuelta. El 26 de junio de 1997, la Comisión adoptó la Decisión final negativa 97/765/CE(6) en lo relativo a las ayudas en favor de SKET SMM.
(10) En 1998 y 1999, la Comisión autorizó ayudas en favor de cuatro empresas disociadas de SKET, las llamadas "Baby-SKET"(7). A tal fin, aceptó en todos los asuntos relativos a estas "Baby-SKET" que las empresas sucesoras de SKET SMM eran empresas nuevas y claramente separadas de la disuelta SKET SMM. Por ello, no se planteó la posibilidad de que respondieran de las ayudas otorgadas a SKET SMM. Lo mismo es aplicable a SKET WT. 2.1. El inversor (11) En el marco del contrato de privatización de abril de 1998, el Bundesanstalt für vereinigungsbedingte Sonderaufgaben (BvS) transfirió las participaciones de SKET WT a MPC.
Esta empresa opera a escala mundial en diversos mercados, [...] *. No dispone de capacidades de producción y con su plantilla de [...] * trabajadores en todo el mundo (excluida SKET WT) realiza un volumen de negocios próximo a los [...] * de marcos alemanes. 2.2. La privatización (12) Con motivo de la privatización de SKET WT, el inversor fue seleccionado mediante un concurso internacional. El responsable de la búsqueda del inversor fue el West Merchant Bank, una filial del Westdeutsche Landesbank. En el transcurso de varios meses, el banco entró en contacto con 350 interesados y entabló negociaciones con tres de ellos.
(13) Acabaron prosperando las negociaciones con MPC, y en abril de 1998 SKET WT se privatizó y pasó a manos de MPC, ya que esta empresa presentó el mejor know-how y el plan más convincente en cuanto a inversiones y puestos de trabajo. Concretamente, MPC asumió una garantía de empleo para cien trabajadores de SKET WT hasta el 31 de diciembre de 2002 y contrajo un compromiso de inversiones de 12,2 millones de marcos alemanes procedentes de recursos propios, también hasta el 31 de diciembre de 2002. Las sanciones contractuales ascienden a 5000 marcos alemanes por trabajador y, en cuanto al compromiso de inversión, al 100 % del importe no invertido.
El contrato de privatización impide que el inversor se retire del emplazamiento antes del 31 de diciembre de 2001. En caso de incumplimiento del compromiso, la sanción asciende a 3000 marcos alemanes por trabajador. El inversor se ha comprometido, asimismo, a no retirar beneficios de SKET WT antes del año 2003. Además, MPC fue la única empresa que se comprometió a despachar los "antiguos pedidos" asumidos por SKET SMM por un importe de 48,4 millones de marcos alemanes. Los demás interesados habían exigido al BvS un importe más elevado. (14) En el contexto de la privatización, MPC pagó un precio de compra de [...] * de marcos alemanes y facilitó un préstamo de [...] * de marcos alemanes.
Asimismo, se comprometió a realizar una aportación de liquidez de [...] * de marcos alemanes para financiar las inversiones y asumió, además, una garantía bancaria por importe de [...] * de marcos alemanes. A ello aún hay que añadir [...] * de marcos alemanes para financiar los costes de la reducción de capacidades. A raíz de esta aportación de capital propio, la contribución inicial del inversor alcanzará los 36,2 millones de marcos alemanes. Hay que señalar que, además de este importe, MPC se hará cargo progresivamente, de aquí al año 2003, de las garantías financieras del Estado por un valor total de 55 millones de marcos alemanes.
(15) El BvS se ha comprometido a renunciar a un préstamo de 26,5 millones de marcos alemanes y a conceder una subvención de 25 millones de marcos alemanes. Asimismo, concedió al administrador de la quiebra 8,1 millones de marcos alemanes para el mantenimiento de la división de laminadores en el seno de SKET SMM antes de su separación y cesión a SKET WT. Además, facilitó un préstamo por un importe total de 35 millones de marcos alemanes. A ello aún hay que añadir un crédito puente de 25 millones de marcos alemanes para la prefinanciación de medidas financieras del Estado federado en virtud de la Directiva marco (Rahmenrichtlinie) del Estado federado de Sajonia-Anhalt(8).
SKET WT obtendrá, por lo demás, 48,4 millones de marcos alemanes para despachar los "antiguos pedidos" asumidos por SKET SMM. En este contexto, el BvS garantizó a los terceros el cumplimiento de los contratos suscritos por SKET SMM. 2.3. El plan de reestructuración (16) Los problemas de SKET WT proceden de la división de laminadores de SKET SMM, división de la que SKET WT ha mantenido los trabajadores, los activos y la mayor parte de la cartera de pedidos. Los problemas de la división de laminadores de SKET SMM obedecían, ante todo, a una mala gestión y a un exceso de personal. Además, la empresa dependía de unos mercados geográficos inestables y en retroceso y desatendió sus derechos de propiedad industrial y su know-how.
(17) El plan de reestructuración data de 1997, pero fue revisado con motivo de la privatización en abril de 1998. El plan abarcaba la privatización y una serie de medidas para mejorar el rendimiento de SKET WT en el mercado: a) la separación de la división de laminadores de SKET SMM y su explotación como empresa dedicada exclusivamente a técnicas de ingeniería. Además, la empresa se dotará de recursos financieros y de capital propio para que pueda realizar actividades comerciales; b) la financiación del desarrollo de la propiedad industrial y del know-how; c) la reducción de costes de material mediante la oferta de productos sobre una base modular; d) el recorte de costes de personal mediante la reducción paulatina del número de puestos de trabajo a 95 hasta la conclusión de la reestructuración; e) el aprovechamiento de la fortaleza financiera y de las relaciones aportadas por MPC, de modo que SKET WT pueda penetrar en nuevos mercados geográficos más estables.
La actividad comercial de MPC en segmentos de mercados de producto conexos [...] * implica que SKET WT puede concluir "negocios compensatorios" aunque siga operando en mercados inestables; f) la solución de los problemas de calidad a los que la empresa se vio enfrentada; g) el desarrollo del departamento de ventas para mejorar la capacidad de comercialización de la empresa; h) el fortalecimiento del departamento de investigación y desarrollo (I+D) y la reorganización del departamento de procesamiento de datos; i) la adquisición de nuevas máquinas; j) la mejora del servicio de atención al cliente.
(18) La reestructuración abarca el período 1997-2003. Como consecuencia de la ejecución del plan de reestructuración se pretende aprovechar directamente los efectos sinérgicos siguientes: a) mejores condiciones de compra gracias a la incorporación de SKET WT en el grupo MPC y a la consiguiente mejora de las condiciones de financiación y seguro; b) red de servicios de atención al cliente compartida con MPC; c) comercialización conjunta con MPC; d) ampliación de la gama de productos del grupo; e) aumento del nivel de calidad de los productos de la empresa. 2.4. Medidas financieras (19) El BvS y el Estado federado de Sajonia-Anhalt ejecutarán las siguientes medidas financieras en el contexto de la privatización:
Cuadro: medidas financieras del sector público en favor de SKET WT >SITIO PARA UN CUADRO> (20) El inversor se comprometió a ejecutar las siguientes medidas financieras en el marco de la privatización: Cuadro: medidas financieras del sector privado en favor de SKET WT >SITIO PARA UN CUADRO> (21) A ello hay que añadir 12,2 millones de marcos alemanes de cashflow de SKET WT, que también se han de tener en cuenta como parte de los costes de reestructuración. Por tanto, estos costes ascienden a un total de 191,9 millones de marcos alemanes(9). Cuadro: coste total de la reestructuración >SITIO PARA UN CUADRO> (22) Además, está previsto que SKET WT reciba del BvS 48,4 millones de marcos alemanes para despachar pedidos que SKET WT ha asumido de SKET SMM ("antiguos pedidos") (ya incluidos en el cuadro anterior).
SKET SMM concluyó contratos de suministro y prestación con diversas terceras partes. El despacho de estos contratos de SKET SMM estaba asegurado mediante garantías concedidas por el BvS a estas terceras partes. (23) En su Decisión negativa 97/765/CE relativa a SKET SMM, la Comisión comprobó que la empresa había recibido ayudas ilegales y que, además, varios de los contratos de SKET SMM falseaban la competencia. Tras declararse la ejecución concursal de SKET SMM, quedó pendiente el despacho de los pedidos realizados por terceros a SKET SMM y la carga de las obligaciones derivadas de los contratos de garantías recayó sobre el BvS.
(24) El riesgo potencial que para el BvS implicaban los contratos de garantía ascendía a 135,5 millones de marcos alemanes. Con el consentimiento de las terceras partes y del administrador de la quiebra, interesados todos ellos en reducir sus pérdidas a un mínimo tras el derrumbe de SKET SMM, y con objeto de eludir el pago del importe íntegro de los contratos de garantía, el BvS se declaró dispuesto a pagar a SKET WT 48,4 millones de marcos alemanes para el despacho de los pedidos de SKET SMM que estaban pendientes. (25) Según la argumentación de las autoridades alemanas, esto resultaba más barato que encargar el despacho de los pedidos de SKET SMM a terceros.
Alegaron que el cumplimiento de los contratos de garantía concedidos por el BvS en nombre de SKET SMM frente a terceros, con los que se pretendía asegurar a las terceras partes contra el incumplimiento de los contratos de SKET SMM, hubiese supuesto un gasto superior que el pago a SKET WT para el despacho de estos pedidos. El pago del BvS a SKET WT para tramitar los pedidos pendientes era la solución más barata de entre todas las posibles. En enero de 2000, Alemania presentó un informe pericial en apoyo de su afirmación de que este importe cubría los costes de SKET WT para despachar los antiguos pedidos.
Las autoridades alemanas estiman, por tanto, que el BvS actuó como un inversor privado y que los pagos a SKET WT no constituyen una ayuda. 3. DECISIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DEL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 88 DEL TRATADO CE (26) En su decisión de incoar el procedimiento del apartado 2 del artículo 93 (ahora apartado 2 del artículo 88) del Tratado CE, la Comisión expresó sus dudas en cuanto a la compatibilidad con el mercado común de aquellas ayudas que no habían sido notificadas y que fueron concedidas de forma ilegal, antes de que la Comisión adoptara una decisión al respecto.
Instó a Alemania a que le facilitara toda la información necesaria para la evaluación del asunto. (27) El motivo principal de la incoación del procedimiento radicaba en la ausencia de información y en la aportación insuficiente del inversor privado. Además, la Comisión albergaba dudas en cuanto a la viabilidad a largo plazo de la empresa. Por otra parte, Alemania presentó información imprecisa sobre las medidas de ayuda, razón por la cual la Comisión no estaba en condiciones de determinar si las ayudas eran proporcionales a los costes y beneficios de la reestructuración y hasta qué punto las ayudas en favor de SKET WT darían lugar a un falseamiento de la competencia.
Además, se pidió a Alemania que explicara la asunción del despacho de los antiguos pedidos de SKET SMM por SKET WT. 4. OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS (28) La Comisión no recibió observaciones de terceros interesados con motivo de la incoación del procedimiento. 5. COMENTARIOS DE ALEMANIA (29) En diversas respuestas dadas en el marco del procedimiento de 21 de octubre de 1997, las autoridades alemanas facilitaron información sobre la rentabilidad a largo plazo de SKET WT y el posible falseamiento de la competencia, así como aclaraciones sobre la contribución del inversor. Además, se pronunciaron sobre el despacho de los antiguos pedidos.
6. EVALUACIÓN (30) SKET WT proyecta y gestiona la producción de laminadores de acero por parte de terceros. SKET WT opera fundamentalmente en el mercado europeo e internacional, [...] *. Los principales mercados de SKET WT son [...] *. En estos mercados hay una tendencia a realizar grandes inversiones en máquinas nuevas o reacondicionadas. Al parecer no existe ningún exceso de capacidades. Los competidores directos de SKET WT son cuatro grandes grupos y entre doce y quince pequeñas empresas especializadas en productos nicho. Por otra parte, la Comisión no comprobó, con motivo de la incoación del procedimiento, que en el mercado hubiera un exceso de capacidades.
No hay razón alguna para presumir que esta situación haya cambiado(10). (31) Por consiguiente, cabe afirmar que el comercio intracomunitario en el sector analizado alcanza un volumen considerable y que las ayudas afectan con toda probabilidad a los intercambios comerciales entre los Estados miembros. (32) En consecuencia, las distintas medidas han de ser examinadas conforme al apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE, dado que los fondos proceden de fuentes estatales y, por tanto, pueden falsear la competencia, perjudicar a los intercambios comerciales entre Estados miembros y otorgar una ventaja a los inversores, que no han de asumir unos gastos que, en principio, deberían correr a su cargo.
(33) Está previsto que SKET WT obtenga fondos estatales por un valor total de 143,5 millones de marcos alemanes. Las siguientes medidas financieras están cubiertas por regímenes. (34) Un crédito puente de 25 millones de marcos alemanes en el marco del programa de garantías del Estado federado de Sajonia-Anhalt(11). Las medidas de ayuda cumplen las condiciones de estos regímenes y están, por tanto, cubiertas. Aunque las citadas medidas no vuelven a ser examinadas por la Comisión, sus importes se tienen en cuenta en la evaluación de la proporcionalidad de las ayudas (véanse los considerandos 51 a 57).
(35) Las siguientes ayudas financieras no estaban cubiertas por regímenes. (36) Los 48,4 millones de marcos alemanes relativos a antiguos pedidos que se autorizaron en su día en favor de SKET SMM. Este importe debe considerarse una ayuda en su totalidad, puesto que SKET WT lo percibió del BvS para la financiación del despacho de diversos pedidos de SKET SMM. No se puede aceptar el argumento de Alemania de que el BvS actuó como un inversor privado porque el pago a SKET WT era la variante más barata para despachar los pedidos pendientes. Todos estos contratos se concluyeron a precios poco realistas.
SKET SMM era una empresa en crisis y había recibido un gran volumen de fondos estatales para financiar estos pedidos. Sin estas ayudas a SKET SMM, cuya existencia sólo fue posible gracias a las ayudas estatales, no se habrían concluido dichos contratos. Por esta razón, todos los contratos de SKET SMM han falseado la competencia y siguen teniendo un efecto de falseamiento, ya que otros operadores de este mercado, competidores de SKET WT, hubieran exigido precios más elevados por la ejecución de esos pedidos. Por consiguiente, el pago de 48,4 millones de marcos alemanes a SKET WT debe considerarse una ayuda e incluirse en la evaluación, aun cuando la cesión del despacho de estos pedidos a SKET WT fuera la fórmula más barata para el BvS.
No obstante, puede aceptarse que la ayuda destinada a estos pedidos forme parte del plan de reestructuración. (37) Este importe y la suma restante de 70,1 millones de marcos alemanes deben considerarse ayudas de reestructuración ad hoc. (38) Por lo tanto, el destinatario se beneficia de ayudas en el contexto de la privatización concedidas por el BvS y el Estado federado de Sajonia-Anhalt por un valor total de 143,5 millones de marcos alemanes(12), de los cuales 118,5 millones(13) son objeto de la presente evaluación por la Comisión. Se ha de examinar si las ayudas pueden acogerse a las excepciones establecidas en el apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.
(39) Las medidas ejecutadas por el BvS y el Estado federado de Sajonia-Anhalt se notificaron como ayudas de reestructuración concedidas para garantizar el restablecimiento de la viabilidad de una empresa en crisis. Por ello, la Comisión considera, en particular, la excepción que figura en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE: "ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común", ya que el objetivo primordial de las ayudas es la reestructuración de una empresa en crisis.
Estas ayudas pueden considerarse compatibles con el mercado común si cumplen los criterios de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis(14) (Directrices). La Comisión tiene en cuenta, asimismo, que los nuevos Estados federados de Alemania figuran entre las regiones asistidas en el sentido de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, en las que el nivel de vida es anormalmente bajo o en las que existe una grave situación de subempleo(15). (40) Las ayudas de reestructuración requieren, sobre todo, la aplicación de un sólido plan de reestructuración.
La reestructuración debe llevar al restablecimiento de la viabilidad a largo plazo de la empresa afectada. Se han de evitar los falseamientos indebidos de la competencia. El plan de reestructuración debe contribuir a una amplia mejora de la situación del mercado y contrarrestar suficientemente el efecto falseador de la competencia de las ayudas concedidas. El importe y la intensidad de la ayuda debe limitarse a lo estrictamente necesario, y los costes de la ayuda no pueden superar los beneficios esperados. 6.1. Plan de reestructuración (41) Un requisito sine qua non de todo plan de reestructuración es que restablezca la viabilidad a largo plazo y la solvencia de la empresa en un tiempo razonable y sobre la base de unas perspectivas realistas en cuanto a sus futuras condiciones de funcionamiento.
Las ayudas no pueden concederse, en principio, más que una sola vez(16). (42) En el plan de reestructuración del inversor está previsto compensar el derrumbe de los mercados [...] * con la entrada en nuevos mercados (América Central y del Sur) para garantizar la viabilidad a largo plazo de SKET WT. En la información facilitada sobre la proyección de los resultados financieros de la empresa reestructurada SKET WT se parte del restablecimiento de la viabilidad a largo plazo sin apoyo estatal en el año 2003. Cuadro: la situación financiera de SKET WT mejorará con arreglo al plan siguiente ((Este cuadro sólo contiene una selección de datos clave y las columnas no están completas desde un punto de vista contable.)) >SITIO PARA UN CUADRO> La evolución de estas cifras coincide con la ejecución prevista de los antiguos pedidos. [...] *.
(43) El plan de reestructuración contempla una serie de medidas internas. En primer lugar, la separación de la división de laminadores de SKET SMM y su organización como empresa dedicada exclusivamente a técnicas de ingeniería debería liberar a SKET WT de cargas del pasado. Como la empresa ahora estará en condiciones de elegir libremente entre distintos proveedores y ya no estará obligada a recurrir a SKET SMM como proveedor, podrá actuar con mucha más flexibilidad en el mercado. (44) Además, mediante la dotación de la empresa con recursos de capital propio y financieros se posibilita su actividad comercial, aprovechando la fortaleza financiera y las relaciones aportadas por MPC.
Estas relaciones también permitirán a SKET WT penetrar en nuevos mercados geográficos más estables. (45) El fortalecimiento del departamento de I + D se ve respaldado por el desarrollo de la propiedad industrial y el know-how de SKET WT. (46) SKET WT ha adoptado, además, una serie de medidas efectivas para aumentar la calidad de sus productos. El plan prevé, asimismo, el fortalecimiento del departamento de ventas y la adquisición de maquinaria nueva. Junto a ello, se mejorará la competitividad de la empresa mediante su plena reorganización y la reducción simultánea de los costes de material y personal.
Todas estas medidas contempladas en el plan de reestructuración fortalecerán la presencia de la empresa en el mercado. 6.2. Efectos adversos sobre los competidores (47) Otra condición de las ayudas de reestructuración es que se adopten medidas para contrarrestar en lo posible los efectos adversos sobre los competidores, pues, de lo contrario, las ayudas serían contrarias al interés común y no podrían quedar exentas con arreglo a la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. (48) SKET WT tiene en el mercado europeo e internacional una pequeña cuota en torno al [...] *. Según las Directrices, una empresa que opere en un sector en el que haya un exceso de capacidades debe reducir sus capacidades en dicho sector.
Según el análisis del mercado, en este sector no parece que haya un exceso de capacidades. Con todo, SKET WT, en tanto que empresa de técnicas de ingeniería, reducirá de aquí a 2003 sus capacidades en el marco de la reestructuración en aproximadamente un [...] * (en horas de trabajo). Por tanto, debe partirse de que se contrarresta el falseamiento indebido de la competencia causado por la ayuda. (49) Por último, se ha de señalar que SKET WT seguirá siendo un operador relativamente pequeño en este mercado. Además, la empresa no tiene previsto aumentar significativamente su volumen de negocios en el curso de la reestructuración.
(50) Por consiguiente, parece que se cumple la condición contenida en las Directrices de contrarrestar en lo posible los eventuales efectos adversos sobre los competidores. 6.3. Limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario (51) El importe y la intensidad de la ayuda deben limitarse a lo estrictamente necesario para llevar a cabo la reestructuración y guardar relación con las ventajas que se espere obtener desde el punto de vista de la Comunidad. Por ello, suele exigirse a los destinatarios de ayudas que contribuyan significativamente al plan de reestructuración con sus propios medios.
(52) Como se desprende de los cuadros, SKET WT recibirá en el marco de la privatización ayudas por valor de 118,5 millones de marcos alemanes (excluidas las ayudas de regímenes autorizados). Se han de contabilizar, asimismo, los 25 millones de marcos alemanes en concepto de ayudas en virtud del programa de garantías del Estado federado de Sajonia-Anhalt(17). A efectos de la evaluación de la proporcionalidad, se ha de tener en cuenta un importe total de 143,5 millones de marcos alemanes(18). (53) La contribución del inversor asciende a 36,2 millones de marcos alemanes de recursos propios para la reestructuración de SKET WT y, por tanto, alcanza casi el 19 % de los costes totales de reestructuración por valor de 191,9 millones de marcos alemanes(19).
De este modo, el inversor contribuye de forma significativa a los gastos de inversión de la reestructuración. Esto pone claramente de manifiesto su compromiso y demuestra que no sólo está dispuesto a participar, sino a soportar además el riesgo de la reestructuración. Esta voluntad de implicación también se plasma en los compromisos adquiridos en materia de empleo e inversiones. Como se desprende del análisis de las medidas, las ayudas son proporcionales a los costes y beneficios de la reestructuración. Habida cuenta del destino particular de este importe y de la limitación de la ayuda a las necesidades prácticas de la empresa, la ayuda no se otorga de manera que proporcione a la empresa un exceso de flujo de tesorería que ésta pudiera utilizar para aplicar una política de precios agresiva en el mercado.
El importe total de las ayudas se limita a lo estrictamente necesario para restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa. (54) Como aseguraron las autoridades alemanas, la financiación del despacho de los "antiguos pedidos" será controlada por un auditor independiente para que sólo cubra los costes vinculados a tal fin. De esta manera también se garantiza que todos los pagos a este respecto realizados por el BvS sólo se destinen a este fin. (55) Por otra parte, se ha de señalar que la contribución del inversor aumentará gradualmente. Al término de la reestructuración en el año 2003, MPC se habrá hecho cargo de medidas financieras adicionales (garantías) del BvS por un importe total de 55 millones de marcos alemanes.
(56) Partiendo de todo lo dicho, la Comisión puede concluir que, aparentemente se cumple la condición de la limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario. (57) Alemania sostiene que el cashflow de 12,2 millones de marcos alemanes previsto para el período [...] * también debería considerarse parte de la contribución del inversor. Sin embargo, teniendo en cuenta que dicho cashflow se realizará fundamentalmente mediante ayudas del pasado y que aún no se ha materializado, éste ha de considerarse con cautela. Aunque el cashflow previsto reduzca las necesidades de financiación de la reestructuración de la empresa, la Comisión no puede tenerlo en cuenta como parte de la contribución del inversor.
7. CONCLUSIÓN (58) Debe recordarse que Alemania concedió la ayuda C 70/97 infringiendo lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 88 del Tratado CE, antes de su autorización por la Comisión. Así todo, la Comisión toma en consideración que las medidas en favor de SKET WT están destinadas a restablecer la viabilidad del beneficiario y no falsean indebidamente la competencia. Además, también puede considerarse cumplida la condición de que el inversor aporte una contribución suficiente. Por otra parte, la empresa tiene su sede en una región subvencionable en virtud de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.
(59) Sobre la base de la información facilitada por Alemania, la Comisión ahora está en condiciones de afirmar que las cuestiones más importantes que dieron pie a la incoación del procedimiento aparentemente han sido resueltas. Por lo que se refiere a la viabilidad de la empresa, debe partirse de que con la ejecución de las medidas contempladas en el plan de reestructuración se restablecerá la viabilidad a largo plazo de la empresa. Además, el falseamiento de la competencia es limitado, ya que al parecer no hay un exceso de capacidades en el mercado de referencia (de laminadores) y porque el destinatario reducirá sus capacidades.
Por lo demás, la Comisión ha tomado nota de que el inversor ha aumentado considerablemente su contribución y, de esta manera, ha dado muestras de su compromiso con la reestructuración de la empresa y de su voluntad de asumir el riesgo empresarial. La Comisión también puede aceptar el argumento de Alemania de que el despacho de los antiguos pedidos de SKET SMM por SKET WT era la solución más rentable, aunque sigue considerando que las medidas correspondientes constituían una ayuda. (60) Por lo tanto, han de considerarse resueltos los problemas que dieron pie a la incoación del procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE.
A raíz de todo ello, la Comisión está ahora en condiciones de concluir que las medidas de ayuda en favor de SKET WT están en consonancia con las Directrices, a condición de que el plan de reestructuración se aplique en su integridad. La aplicación del plan se controlará sobre la base de un informe anual que Alemania deberá presentar a la Comisión. (61) En consecuencia, las ayudas pueden acogerse a la excepción prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE y en la letra c) del apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Las ayudas estatales por importe de 70 millones de euros (= 143,5 millones de marcos alemanes) concedidas por Alemania en favor de SKET Walzwerkstechnik GmbH (Magdeburgo) son compatibles con el mercado común, a tenor del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE, siempre y cuando se cumplan las condiciones mencionadas en el artículo 2.
Artículo 2 1. El plan de reestructuración deberá aplicarse en su integridad. Se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación. 2. Alemania presentará a la Comisión un informe anual sobre la aplicación del plan de reestructuración. 3. Si no se cumplieran las condiciones fijadas en los apartados 1 y 2, la exención podrá ser revocada. Artículo 3 El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2000. Por la Comisión Mario Monti Miembro de la Comisión (1) Carta D(97) 9271 de la Comisión. (2) DO C 118 de 17.4.1998, p.
5. (3) Secreto comercial. (4) Como MPC es una empresa grande no es posible catalogarla como PYME en el sentido de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a pequeñas y medianas empresas (véase la Recomendación de la Comisión de 3 de abril de 1996, DO L 107 de 30.4.1996, p. 4). (5) DO C 215 de 19.8.1995, p. 8 y DO C 298 de 9.10.1996, p. 2. (6) DO L 314 de 8.11.1997, p. 20. (7) SKET Maschinenbau-EDV GmbH (NN/126/97), Decisión positiva de mayo de 1998; SKET Verseilmaschinenbau GmbH (C 72/97), Decisión positiva de septiembre de 1998; Cimbria SKET GmbH (NN 125/97), Decisión positiva de mayo de 1999;
SKET Maschinen- und Anlagenbau GmbH (C 69/97), Decisión positiva de julio de 1999. (8) Véase el programa autorizado por la Comisión con el número N 413/91, modificado en 1994 por la Decisión E 5/94, mediante la cual el régimen se adaptó a las Directrices de salvamento y reestructuración. (9) 143,5 millones de marcos alemanes + 36,2 millones de marcos alemanes contribución del inversor + 12,2 millones de marcos alemanes cashflow de la empresa. (10) Véase el Panorama de la Industria Europea 1999, en el que se pronostica una crecimiento moderado para los próximos años. (11) Véase el programa autorizado por la Comisión con el número N 413/91, modificado en 1994 por la Decisión E 5/94, mediante la cual el régimen se adaptó a las Directrices de salvamento y reestructuración.
(12) 48,4 millones de marcos alemanes + 70,1 millones de marcos alemanes + 25 millones de marcos alemanes. (13) 48,4 millones de marcos alemanes + 70,1 millones de marcos alemanes. (14) DO C 368 de 23.12.1994, p. 12. (15) N 464/93, carta de 22 de abril de 1994 SG (94) D/5633; N 613/96, carta de 23 de enero de 1997 SG (97) D/488. (16) Punto 3.2 de las Directrices (de 1994). En virtud del considerando 101 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (Comunicación a los Estados miembros en la que se proponen medidas apropiadas; DO C 288 de 9.10.1999, p.
2), estas Directrices siguen siendo aplicables al presente caso. (17) Véase el programa autorizado por la Comisión con el número N 413/91, modificado en 1994 por la Decisión E 5/94, mediante la cual el régimen se adaptó a las Directrices de salvamento y reestructuración. (18) 25 millones de marcos alemanes + 118,5 millones de marcos alemanes. (19) Véase el cuadro del considerando 21.