Resolución del Consejo de 26 de junio de 2001 sobre la ciencia y la sociedad y sobre las mujeres y la ciencia Diario Oficial n° C 199 de 14/07/2001 p. 0001 - 0002 Resolución del Consejo de 26 de junio de 2001 sobre la ciencia y la sociedad y sobre las mujeres y la ciencia (2001/C 199/01) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, 1. RECORDANDO los artículos 2 y 3 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que consagran el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres como uno de los objetivos de la Comunidad. 2. RECORDANDO las conclusiones de los Consejos Eurpeos de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000 y de Estocolmo de los días 23 y 24 de marzo de 2001 sobre la creación de una sociedad eurpea basada en el conocimiento, en la que se hace hincapié en la educación, la formación y las cualificaciones en materia de tecnología de la información y en los aspectos éticos de la biotecnología, respectivamente.
3. RECORDANDO la Comunicación de la Comisión de 18 de enero de 2000 "Hacia un espacio europeo del investigación" así su Comunicación de 4 de octubre de 2000 "Realización del Espacio europeo de investigación" en la que se hace referencia a la importancia de los asuntos de ciencia y sociedad. 4. RECORDANDO la Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2000(1), sobre la necesidad de profundizar el debate sobre la ciencia en la sociedad, de mejorar la comprensión pública de los problemas y de reforzar los vínculos entre las políticas de investigación y las necesidades sociales. 5. TOMANDO NOTA del documento de trabajo de los servicios de la Comisión "Ciencia, sociedad y ciudadanos en Europa", que señala una serie de cuestiones importantes tanto para los responsables políticos como para el ciudadano europeo, y del informe, de 30 de mayo de 2001, elaborado a iniciativa propia por el Comité Económico y Social sobre este documento.
6. TENIENDO EN CUENTA los resultados de los debates sobre ciencia y sociedad de la reunión informal de Ministros de Educación e Investigación celebrada en Uppsala el 2 de marzo de 2001. 7. RECORDANDO la reunión celebrada en Lisboa sobre la cultura científica y tecnológica de los días 10 y 11 de mayo de 2001. 8. TENIENDO EN CUENTA el informe elaborado por la Red europea de evaluación tecnológica (ETAN): "Políticas científicas en la Unión Europea: fomentar la excelencia mediante la integración de la igualdad entre los sexos" de noviembre de 1999. 9. RECORDANDO el progreso realizado en los Estados miembros y los países asociados desde la adopción de la Comunicación "Mujeres y ciencia: movilizar a las mujeres en beneficio de la investigación europea" y la Resolución del Consejo, de 20 de mayo de 1995, sobre la mujer y la ciencia(2), así como la Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de febrero de 2000, sobre dicha comunicación;
ACOGIENDO FAVORABLEMENTE el trabajo del Grupo de Helsinki. 10. TOMANDO NOTA del documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 15 de mayo de 2001, titulado "Las mujeres y la ciencia: utilidad de la dimensión del género para impulsar la reforma científica", que sugiere una estrategia sobre las mujeres y la ciencia. 11. TOMANDO NOTA del reciente informe elaborado por el Comité de Investigación Científica y Técnica (CREST) sobre Ciencia y Sociedad. 12. RECONOCE la necesidad de - estimular un diálogo con la sociedad en general sobre temas de interés y preocupación públicos en el ámbito de la ciencia, - fomentar el interés entre la gente joven por la educación científica, la investigación y las carreras científicas, - promover el papel de la mujer en la ciencia e impulsar sus perspectivas de carrera en el campo de la ciencia y de la gestión científica, - concentrar y proseguir los esfuerzos para fomentar la integración de la igualdad de sexos tanto a nivel europeo como nacional.
13. RECONOCE que estos problemas son inherentes a todos los aspectos del progreso científico y tecnológico, y subraya la importancia de la transparencia en relación con los avances científicos y del aumento de la participación de la sociedad y de los interesados en los procesos de elaboración de normas. 14. RECONOCE que la propuesta de la Comisión relativa al sexto programa marco contribuye a la creación del Espacio europeo de investigación y ACOGE FAVORABLEMENTE que el tema "ciencia y sociedad" se incluya en dicha propuesta como una de las actividades prioritarias; RECONOCE la necesidad de asegurarse de que las cuestiones en materia de ciencia y sociedad se traten de una manera coherente y coordinada a lo largo de todo el programa marco.
CON TAL FIN, el Consejo, en relación con la ciencia y la sociedad: 15. ANIMA a los Estados miembros y a la Comisión a explorar medidas para el establecimiento de redes, la evaluación comparativa y el intercambio de mejores prácticas con el fin de mejorar el diálogo entre ciencia y sociedad, incluido, cuando sea necesario, el examen de la necesidad de establecer prácticas y directrices comunes sobre evaluación y gestión de riesgos y sobre el uso de asesoramiento científico en la toma de decisiones. 16. ANIMA a los Estados miembros y a la Comisión a que se esfuercen en sensibilizar a la población ante la ciencia y la tecnología, fomenten la divulgación científica y el interés de los medios de comunicación al respecto, incluida la posibilidad de desarrollar una iniciativa sobre cultura científica y tecnológica, e impulsen la educación centífica, en especial reforzando la coordinación de las actividades y políticas nacionales y europeas en estos campos y poniendo de relieve al mismo tiempo la necesidad de aplicar estrategias que atraigan a la generación más joven a profesiones relacionadas con la ciencia y tecnología.
17. INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a promover, en estrecha relación con la comunidad científica, la celebración periódica de actos públicos de gran notoriedad y calidad en los que se presenten temas importantes en materia de investigación científica y tecnológica y se examinen cuestiones científicas y tecnológicas que interesen al público en general. 18. INVITA a los Estados miembros y la Comisión a llevar a cabo actividades dirigidas a establecer un diálogo sobre valores éticos en relación con la ciencia y las tecnologías a escala europea, nacional, regional y local.
19. RECOMIENDA a la Comisión, a que, junto a los representantes de instituciones nacionales de los países de los Estados miembros y, cuando proceda, de los países candidatos y asociados a los programas de investigación comunitarios, explore las posibilidades de aumentar la cooperación con los órganos existentes que actúan en este campo con vistas a supervisar la evolución social, ética y jurídica con respecto a los temas pertinentes de investigación científica y tecnológica y a aumentar el intercambio de información sobre los mismos. 20. INVITA a la Comisión a que presente al Consejo su propuesta de plan de acción sobre ciencia y sociedad antes de finales de 2001.
CON TAL FIN, EL CONSEJO, EN RELACIÓN CON LAS MUJERES Y LA CIENCIA: 21. INVITA a la Comisión: - a continuar e intensificar sus esfuerzos para promover el papel de la mujer en la ciencia y la tecnología y para garantizar una integración efectiva de la dimensión del género al aplicar el sexto programa y al desarrollar el Espacio europeo de investigación, - en especial, a promover la igualdad entre los sexos en los ámbitos en que se traten recursos humanos y actividades de movilidad, - a prestar especial atención a la dimensión del género en las actividades de evaluación comparativa. 22.
INSTA a la Comisión a que alcance su objetivo de una participación de mujeres del 40 % en todos los niveles al aplicar y gestionar los programas de investigación, manteniendo al mismo tiempo la preocupación por asegurar la excelencia científica y tecnológica. 23. INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a continuar los esfuerzos emprendidos para promover a las mujeres en la ciencia a nivel nacional, a elaborar estadísticas por sexos de los recursos humanos empleados en ciencia y tecnología, y a desarrollar indicadores para controlar los avances hacia la igualdad entre hombres y mujeres en la investigación europea.
24. INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a que apoyen al Grupo de Helsinki en la continuación de su trabajo y a profundizar la cooperación para promover el papel de la mujer en la investigación europea. 25. INVITA a la Comisión a que informe sobre los avances en el ámbito de las mujeres y la ciencia en el plazo de dos años. (1) DO C 374 de 28.12.2000, p. 1. (2) DO C 201 de 16.7.1999, p. 1.