2002/824/CE: Decisión de la Comisión, de 9 de abril de 2002, relativa a la ayuda estatal C 72/2001 (ex N 361/2001) que Alemania tiene previsto conceder a Hamburger AG (Texto pertinente a efectos del EEE.) [notificada con el número C(2002) 1340] Diario Oficial n° L 296 de 30/10/2002 p. 0050 - 0059 Decisión de la Comisión de 9 de abril de 2002 relativa a la ayuda estatal C 72/2001 (ex N 361/2001) que Alemania tiene previsto conceder a Hamburger AG [notificada con el número C(2002) 1340] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2002/824/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62, Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos(1), Considerando lo siguiente:
I. PROCEDIMIENTO (1) Por carta de 31 de mayo de 2001, recibida el 12 de junio de 2001, Alemania notificó, con arreglo a las Directrices comunitarias multisectoriales sobre ayudas regionales a grandes proyectos de inversión(2) (en lo sucesivo, "las Directrices multisectoriales"), una ayuda a la inversión a la empresa Hamburger AG. El proyecto de ayuda quedó registrado como ayuda N 361/01. (2) La Comisión confirmó la recepción de la carta, informó a Alemania de que la notificación estaba incompleta y solicitó información adicional por carta de 22 de junio de 2001. Alemania respondió por cartas de 17 de julio de 2001, recibida el 20 de julio de 2001, y de 30 de julio de 2001, recibida al día siguiente.
La notificación volvió a ser considerada incompleta, y por carta de 2 de agosto de 2001 se solicitó información adicional. Alemania respondió por carta de 15 de agosto de 2001, recibida el 17 de agosto de 2001. Por carta de 21 de agosto de 2001, la Comisión comunicó a Alemania que por fin consideraba completa la notificación y que en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la carta que contenía la información completa se decidiría el curso que se daría al asunto. (3) Por carta de 4 de octubre de 2001, la Comisión comunicó a Alemania su decisión de incoar el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE.
(4) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(3). La Comisión invitó a los interesados a que presentaran sus observaciones. (5) Por carta de 21 de diciembre de 2001, recibida en la misma fecha, Alemania respondió a la incoación del procedimiento. (6) La Comisión recibió observaciones de siete interesados. Esas observaciones fueron transmitidas a Alemania para dar a ésta la posibilidad de pronunciarse al respecto. Las autoridades alemanas remitieron sus observaciones por carta de 31 de enero de 2001, recibida en la misma fecha.
II. DESCRIPCIÓN DE LA AYUDA 2.1. Beneficiario (7) El beneficiario de la ayuda será Hamburger AG, con sede en Pitten (Austria). Hamburger AG forma parte del grupo Hamburger, que a su vez es propiedad de Prinzhorn Holding. Hamburger AG opera en el sector de la fabricación de papel para la industria. 2.2. Proyecto (8) El emplazamiento del nuevo proyecto de inversión, Schwarze Pumpe (Brandemburgo), está situado en una zona asistida con arreglo a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, en la que la intensidad de las ayudas a empresas grandes puede alcanzar como máximo el 35 % bruto.
(9) El proyecto previsto implica la construcción de una nueva planta de producción de papel soporte ondulado blanco y marrón. Según la información disponible, la construcción de la planta comenzó [...](4); el inicio de la producción está previsto en principio para [...], y en todo caso no más tarde del [...]. (10) La nueva planta producirá fundamentalmente testliner [...]. Hamburger AG ya produce algunas variedades marrones en sus instalaciones austríacas y húngaras, así como determinadas variedades blancas de calidad superior en su planta de Rieger (Baviera). (11) Con la construcción de la nueva planta se pretende colmar el vacío que existe entre las variedades marrones y blancas y, por otro lado, acortar la distancia con los mercados de Europa Oriental.
Se considera que estos mercados, sobre todo Polonia, la República Checa y los países bálticos, tienen un gran potencial de crecimiento. (12) La capacidad productiva de la nueva planta será de [...] toneladas de testliner al año; está previsto producir [...] toneladas el primer año y [...] toneladas el segundo, y, el tercero, utilizar la totalidad de la capacidad productiva. Durante los cinco primeros años se producirán [...] variedades marrones y [...] blancas. Cabe señalar a este respecto que se puede pasar rápidamente de producir un tipo de testliner a otro. Ambos tipos se fabrican a partir de fibra recuperada.
(13) La nueva planta de producción estará equipada con una máquina onduladora con una capacidad de [...] toneladas anuales. De las [...] toneladas de producción total, [...] toneladas, más otras [...] toneladas producidas en el exterior, se transforman en cartón ondulado. Otras [...] toneladas se envían a una planta transformadora situada en Polonia que también es propiedad de Hamburger AG. Por tanto, [...] toneladas del total del papel soporte ondulado producido en la nueva planta de producción se emplearán dentro del grupo Hamburger. (14) La mayor parte del papel soporte ondulado producido ([...] toneladas) es transformada por empresas independientes.
El testliner marrón se vende en Alemania, Polonia, la República Checa, los países bálticos y los países del Benelux. El testliner blanco se vende en toda Europa. Las [...] toneladas de cartón ondulado se venden únicamente en un radio de 200 kilómetros alrededor de la planta de producción. (15) Los costes del proyecto se desglosan como sigue: >SITIO PARA UN CUADRO> (16) Con la creación de la nueva planta de producción, la capacidad del grupo Hamburger en el sector del papel soporte ondulado va a aumentar de [...] toneladas en 2000 a [...] toneladas en 2005. En el año 2000, la cuota de mercado del grupo Hamburger en el mercado del papel soporte ondulado del Espacio Económico Europeo (EEE) se situó en el [...].
(17) Según la notificación, el proyecto supondrá la creación de 277 puestos de trabajo fijos (194 en la producción de papel soporte ondulado, 57 en la producción de cartón ondulado y 26 en transporte y otros ámbitos). Asimismo, Alemania ha anunciado que se van a crear 356 puestos de trabajo indirectos en una zona asistida, fundamentalmente en los ámbitos del suministro de materias primas y de los servicios de transporte. 2.3. Medidas de apoyo (18) El proyecto consiste en una ayuda a la inversión en forma de subvención por importe de 31582500 euros en aplicación del vigésimo noveno programa marco de la iniciativa conjunta de "Mejora de la estructura económica regional"(5), régimen aprobado por la Comisión.
Además, se pondrá a disposición de la empresa una prima fiscal a la inversión por importe de 22103148 euros en aplicación de la Ley de primas fiscales a la inversión, de 1999, régimen aprobado por la Comisión(6). 2.4. Motivos para la incoación del procedimiento (19) La Comisión tomó como mercado de productos de referencia el mercado del papel soporte ondulado. A la luz de la información disponible, la Comisión, en aquel momento, partió de que el mercado de referencia se encontraba en retroceso, pues en él la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente era muy inferior a la de la industria manufacturera en su conjunto.
Por tanto, el factor de competencia quedó fijado provisionalmente en 0,75. También con carácter provisional, la Comisión fijó el factor de capital/empleo en 0,8. (20) La Comisión tenía dudas, en particular, en relación con la creación de 356 puestos de trabajo indirectos anunciada por Alemania. La Comisión dudaba de que pudiera tomarse en consideración la totalidad de esta cifra, pues era posible que no todos los empleos se crearan en zonas asistidas adyacentes. De los puestos de trabajo indirectos que según Alemania se iban a crear, 139 estarían situados en Polonia y en la República Checa.
La Comisión dudaba de que se pudieran tomar en consideración dichos empleos, pues la República Checa y Polonia no son Estados miembros de la Unión Europea. Además, la República Checa no tiene frontera común con el Estado federado de Brandemburgo y, por tanto, no es una zona adyacente. (21) Alemania había asegurado que se crearían 40 puestos de trabajo indirectos gracias a la implantación de una empresa nueva de papel reciclado por parte de Hamburger AG en Schwarze Pumpe. La Comisión estimó que este proyecto había que considerarlo más bien una parte del proyecto final y, por tanto, los puestos de trabajo correspondientes no debían incluirse en el cálculo de los empleos indirectos, sino en el de los empleos directos.
Por tanto, en un principio asumió que con el proyecto se crearían 177 puestos de trabajo indirectos. El indicador de incidencia regional se fijó provisionalmente en 1,25. Con todo, era dudoso que hubiera que tomar en consideración todos los empleos en el ámbito del transporte, pues cabía la posibilidad de que no todos ellos se crearan en zonas asistidas adyacentes. Esto podría aconsejar reducir el valor del indicador de incidencia regional a 1,0. (22) Cuando incoó el procedimiento, la Comisión fijó la fórmula de cálculo aplicable a este proyecto como sigue: o bien 35 x 0,75 x 0,8 x 1,25 = 26,25 %, o bien 35 x 0,75 x 0,8 x 1,0 = 21 %, dependiendo del indicador de incidencia regional.
La Comisión duda de que los 53,7 millones de euros (105 millones de marcos alemanes) que pretende conceder Alemania a Hamburger AG para su proyecto de inversión en Schwarze Pumpe (Brandemburgo), que representan una intensidad de ayuda del 35 %, se ajusten a la intensidad máxima establecida en las Directrices multisectoriales. III. OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS (23) Tras la incoación del procedimiento, la Comisión recibió observaciones de siete interesados. Formularon observaciones algunos competidores de la empresa, una asociación papelera española y una asociación estadounidense de la industria forestal y papelera, así como el Gobierno francés.
Estas observaciones fueron transmitidas a Alemania por cartas de 20 de diciembre de 2001 y de 11 y 16 de enero de 2002, con objeto de que se pronunciara al respecto. La respuesta se recibió el 1 de febrero de 2002. (24) Todos los interesados expresan su preocupación por la situación de la capacidad en el mercado de referencia. El sector del papel soporte ondulado ya registra un exceso de capacidad. Según un competidor, el exceso de capacidad es especialmente elevado en Alemania. Entre 2000 y 2002 se espera que siga aumentando la capacidad, pues van a crearse nuevas plantas de producción y van a ampliarse instalaciones ya existentes.
En un contexto de ralentización del crecimiento del mercado, la situación va a seguir deteriorándose. (25) Incluso aunque el potencial de crecimiento de Europa Oriental pueda ser relativamente elevado, el aumento del volumen de estos mercados será reducido, pues el consumo de papel en su conjunto es bastante escaso. Según una empresa competidora, Alemania ha sobreestimado las tasas de crecimiento del mercado para los años venideros. La asociación estadounidense del sector forestal y papelero asegura que las ampliaciones de capacidad previstas para los dos próximos años rebasan con creces las expectativas de la demanda.
(26) Además, según un competidor, hay que tener en cuenta que en este mercado proliferan las empresas medianas y familiares. Con el proyecto de Hamburger AG se crea un considerable exceso de capacidad que tendrá repercusiones negativas sobre el mercado y falseará la competencia en una medida significativa. (27) Dos competidores indican que el sector es muy intensivo en capital y que el valor añadido es escaso. El apoyo prometido al proyecto ayuda a Hamburger a reducir en una medida considerable sus costes de producción y, de este modo, a bajar sus precios (según datos de sus competidores, bajarán alrededor del 10 %).
(28) En cuanto al suministro de papel recuperado, un competidor explica que este año, durante un período prolongado, ya ha habido escasez de este producto. En particular, países de Europa Oriental como Polonia o la República Checa, a los que Hamburger AG prevé comprar la mayor parte de las materias primas, son ya importadores netos de papel reciclado. Por tanto, este competidor prevé que la nueva planta no dispondrá de materias primas suficientes. (29) Dos competidores consideran exagerada la cifra de puestos de trabajo directos indicada. Uno de ellos remite a las cifras de 17 más 14 empleos en el ámbito de las ventas y 22 para los servicios de contabilidad y de control financiero, las cuales, en su opinión, son exorbitantes.
El otro asegura que, en concreto, el número de puestos de trabajo relacionados con la máquina onduladora es demasiado elevado. (30) Dos competidores aludieron a la cuestión de la creación de puestos de trabajo indirectos. A su juicio, su número ha sido sobreestimado. En el ámbito del papel reciclado no se crea ningún puesto de trabajo nuevo, pues su número ya es de por sí elevado. Por otro lado, aducen que la mayor parte del transporte se hará por ferrocarril y no por carretera, de tal modo que se crearán menos puestos de trabajo que los indicados por Alemania. En todo caso, el número de empleos en el ámbito de transporte parece sobreestimado.
Uno de los competidores hace referencia al elevado número de empleos que van a crearse en el ámbito del mantenimiento y la energía y argumenta que la mayor parte de estos puestos no se creará, probablemente, en una zona asistida adyacente. IV. COMENTARIOS DE ALEMANIA (31) En su respuesta a la incoación del procedimiento, Alemania declara que la implantación de la nueva empresa de papel reciclado es un proyecto independiente que está siendo desarrollado por H& H Recycling GmbH. Anteriormente, H& H Recycling GmbH era propiedad de Hamburger AG. Por razones estratégicas, Hamburger AG decidió desprenderse de sus actividades en el sector del papel reciclado y, el 4 de octubre de 2001, vendió sus acciones de H& H Recycling GmbH a RWE Umwelt Services Deutschland GmbH.
En la notificación se estimaba que el volumen de papel recuperado de esta nueva empresa sería de unas [...] toneladas anuales, lo cual contribuiría a la creación de 40 puestos de trabajo nuevos. Con todo, Hamburger AG no adquirirá la totalidad de su producción, pues no necesita todos los tipos de papel que produce. La nueva empresa también suministrará a otras empresas y, por tanto, de ningún modo puede considerarse parte del proyecto de Hamburger AG. (32) En cuanto a los puestos de trabajo creados por H& H Recycling GmbH, Alemania declara que el previsto suministro de [...] toneladas de papel reciclado a Hamburger AG permitirá crear 10 puestos de trabajo.
Así lo confirma una declaración de intenciones presentada por la empresa. (33) En cuanto a la evolución del mercado y a la evaluación del factor de competencia, Alemania asegura que las Directrices multisectoriales prevén un plazo de cinco años para el cálculo de la tasa media de crecimiento anual. Por tanto, el período de referencia para evaluar el proyecto ha de ser, a su juicio, el comprendido entre 1996 y 2000. En ese período, la tasa media de crecimiento anual se situó en el 10,04 %. Alemania subraya que la inversión se lleva a cabo en el segmento del papel fabricado a partir de papel recuperado -es decir, papel soporte ondulado de papel recuperado- en el cual la tasa media de crecimiento anual de los últimos años fue mayor a la registrada en el conjunto del mercado del papel soporte ondulado.
Además, explica que el hecho de que dicha tasa de crecimiento sea inferior a la media no ha de atribuirse a la evolución del mercado, sino a una intervención política. A raíz de esta intervención, los precios del papel reciclado cayeron significativamente de 1995 a 1996, lo cual conllevó una caída de los precios del papel soporte ondulado. Según Alemania, el mercado tardó tres años en recuperarse de esta injerencia. (34) Alemania confirma que todos los puestos de trabajo indirectos creados en el ámbito del transporte por carretera se ubican en la zona asistida. En cuanto a los creados en el ámbito del transporte por ferrocarril, Alemania admite que no todos los 33 empleos indicados se crearán en la zona asistida, pero sí por lo menos 10 de ellos.
(35) En lo que respecta a la cuestión de si se puede tomar en consideración la supuesta creación de puestos de trabajo indirectos en la República Checa en la evaluación de la incidencia regional del proyecto, Alemania alega que los cinco nuevos Estados federados sujetos a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE han de considerarse una sola zona asistida, de tal modo que sí existe una frontera común con la República Checa. En relación con la creación de puestos de trabajo indirectos en Polonia, Alemania señala que para este país se ha establecido un mapa de ayudas regionales en el nivel NUTS 2 y pide a la Comisión que reconsidere si realmente no han de tomarse en consideración los puestos de trabajo indirectos en el cálculo del indicador de incidencia regional.
(36) A juicio de Alemania, van a crearse por lo menos 164 empleos indirectos, sin contar los de Polonia y la República Checa, en la zona asistida y en zonas asistidas adyacentes. (37) Alemania también aludió a las observaciones de los interesados. En lo que respecta al cálculo del factor de competencia, señala que la futura evolución del consumo aparente sólo desempeña un papel limitado en este contexto. El período de referencia para determinar la evolución del mercado abarca los últimos cinco años. Alemania aduce que, en el año 2000, el consumo aparente creció, en volumen, un 6,1 %.
(38) En cuanto a la capacidad del mercado, Alemania explica que los grandes proyectos como la inversión en cuestión suelen necesitar por lo general entre uno y tres años hasta alcanzar la fase de producción. Según los cálculos presentados por Alemania, que se basan en la hipótesis de una tasa media de crecimiento anual del 2,8 % en los próximos años, hasta el año 2003 no habrá exceso de capacidad en el mercado, incluso tras iniciarse la producción de la nueva planta. Lo mismo asegura con respecto al año 2004. (39) Alemania recuerda que la nueva planta producirá testliner blanco y marrón en función de las condiciones del mercado.
El testliner blanco será de calidad [...], un segmento en rápido crecimiento. (40) Alemania señala que dos competidores que se quejaban del exceso de capacidad tienen previsto ampliar sus propias capacidades de producción en una medida considerable de aquí a 2004. (41) En cuanto a la situación del mercado del papel recuperado, Alemania aduce que este país es exportador neto de este producto (2,6 millones de toneladas). Este exceso se reducirá probablemente en el año 2010 a 1,7 millones de toneladas, puesto que la demanda crecerá más rápido que la oferta, dado que ya en la actualidad el papel recuperado representa una proporción elevada del mercado (superior al 60 %).
No obstante, Alemania seguirá siendo el mayor exportador neto de papel recuperado en la Comunidad. En otros países europeos la oferta crecerá más rápido que la demanda, de tal modo que no habrá repercusiones negativas sobre el mercado del papel recuperado y los precios permanecerán estables. Estos resultados los confirma Jaakko Pöyry. (42) En relación con la creación de empleos directos, Alemania aduce que el hecho de que la ratio número de empleos creados/capacidad global del proyecto sea mayor que la del proyecto de un competidor puede deberse a que las instalaciones de Hamburger AG tienen una anchura menor.
Por tanto, la capacidad será menor pese a que se necesite el mismo número de empleados para operar las instalaciones. Otra de las razones podría residir en que una planta estrechamente ligada a la empresa matriz precisa menos personal dedicado a las funciones de distribución, control financiero, etc. (43) En cuanto a la incidencia regional del proyecto, Alemania asegura que ha hecho llegar a la Comisión cálculos y verificaciones de futuras empresas asociadas. En cuanto a los puestos de trabajo en el ámbito del transporte, recuerda que no sólo ha de transportarse el producto final, sino también la materia prima.
V. EVALUACIÓN DE LA AYUDA 3.1. Requisitos de notificación (44) El coste global del proyecto asciende a 153 millones de euros, la intensidad de ayuda acumulada se sitúa en el 35 % de los costes de inversión subvencionables y la ayuda por puesto de trabajo creado representa 193881 euros. Por tanto, a tenor de lo dispuesto en el punto 2.1 de las Directrices multisectoriales, la ayuda ha de notificarse por separado y evaluarse como tal. (45) Según las Directrices multisectoriales, antes de evaluar un proyecto de ayuda hay que determinar cuál es el mercado de referencia. 3.2. Mercado de referencia (46) El mercado de productos de referencia para determinar la cuota de mercado engloba los productos del proyecto de inversión y, en su caso, sus productos sustitutivos.
(47) En el presente caso, el proyecto de inversión se refiere a la producción de testliner blanco y marrón a partir de papel recuperado. El testliner pertenece al grupo de los productos de papel soporte ondulado. El papel soporte ondulado puede dividirse en tres categorías: papel soporte de papel recuperado, papel semiquímico y kraftliner. El testliner de la planta de producción en cuestión está compuesto en su totalidad por fibra reciclada y, por tanto, se inscribe en la categoría del papel soporte de papel recuperado. El papel semiquímico es un producto especial, y el kraftliner se obtiene a partir de celulosa (por ejemplo, de madera).
(48) En 1999, el papel soporte de papel recuperado representó el 74 % del consumo total de papel soporte ondulado; el papel semiquímico representó el 6 %, y el kraftliner, el 20 %. (49) El papel soporte ondulado pertenece al código NACE 21.12, que abarca la totalidad del sector de producción de papel y cartón. El papel soporte ondulado es un producto intermedio necesario para la fabricación de cartón y papel ondulados. El cartón ondulado blanco y marrón se emplea como material de embalaje y como materia prima de envases en muchos sectores industriales. (50) Una parte de la producción de testliner de la planta en cuestión se transforma en cartón ondulado en sus propias instalaciones, pero la mayor parte se vende en el mercado a empresas independientes para su deformación y su transformación ulterior.
La actividad principal de la nueva planta, por tanto, es la producción de testliner. (51) En consecuencia, la Comisión toma como mercado de productos de referencia el mercado del papel soporte ondulado. No existe una categoría propia en la clasificación NACE que lo delimite. (52) Con arreglo a las Directrices multisectoriales, el mercado geográfico de referencia abarca en general el EEE o una parte sustancial de él si las condiciones de competencia en el territorio correspondiente se distinguen de las prevalecientes en otras zonas del EEE. (53) Según Alemania, el mercado geográfico de referencia abarca por lo menos el conjunto del EEE.
Dada la ubicación de la nueva planta en la frontera oriental de Alemania, también Europa Oriental ha de considerarse parte del mercado de referencia. Es difícil obtener datos fiables sobre el mercado de Europa Oriental. Además, este mercado no representa más que una pequeña proporción del mercado del EEE. En consecuencia, la Comisión basa su análisis en el mercado del EEE, considerándolo el mercado de referencia. 3.3. Evolución del mercado (54) Alemania facilitó una serie de datos sobre el consumo aparente de papel soporte ondulado en el EEE basados en estadísticas de la asociación europea de fabricantes de este producto(7). >SITIO PARA UN CUADRO> (55) Según información facilitada por Alemania, en los próximos diez años se espera un aumento del volumen de consumo de papel soporte ondulado en el EEE de un 2,8 % anual(8).
(56) Es difícil obtener datos sobre el consumo aparente de papel soporte ondulado en Europa Oriental. El mercado se tasó en 1,5 millones de toneladas en 1999 [a excepción de Rusia y de la Comunidad de Estados Independientes (CEI)]. Para los próximos diez años se espera una tasa de crecimiento anual del volumen de consumo de cerca del 5,2 %(9). 3.4. Evaluación con arreglo a las Directrices multisectoriales (57) Con arreglo a las Directrices multisectoriales, la Comisión, para fijar la intensidad máxima de ayuda admisible para un proyecto, ha de determinar la intensidad de ayuda (límite máximo aplicable a las ayudas regionales) a la que pueden acogerse las empresas situadas en la zona asistida de que se trate con arreglo al régimen de ayudas autorizado vigente en la fecha de notificación.
(58) Habida cuenta de que Hamburger AG ha de considerarse una empresa grande, la intensidad máxima de ayuda (R) se sitúa en el presente caso en el 35 % bruto(10). En consecuencia, la Comisión pone de manifiesto que la intensidad propuesta, del 35 % bruto, se ajusta al límite máximo aplicable a las empresas grandes en la zona correspondiente. (59) A continuación, este porcentaje se corrige en función de tres factores de evaluación con objeto de determinar la intensidad máxima de ayuda admisible para el proyecto de que se trate: factor de competencia (T), factor de capital/empleo (I) e indicador de incidencia regional (M).
Factor de competencia (T) (60) La Comisión constata que la cuota de mercado de Hamburger AG en el mercado de referencia no rebasa el 40 % ni lo hará a raíz de la nueva inversión. (61) La autorización de ayudas a empresas que operan en sectores con exceso de capacidad estructural alberga un riesgo especial de que se produzcan falseamientos de la competencia. Toda ampliación de capital que no sea compensada mediante una reducción de capacidad en otro lugar agudizará el problema del exceso de capacidad estructural. El sector o segmento correspondiente se determina en el nivel inferior de la clasificación NACE.
(62) El código NACE correspondiente a la fabricación de papel soporte ondulado es el 21.12, que abarca el conjunto de la fabricación de papel y cartón. En consecuencia, la Comisión sostiene que el mercado de referencia en el presente caso es el submercado del papel soporte ondulado. (63) No existe una clasificación NACE propia que delimite el mercado del papel soporte ondulado. Este producto no representa más que una pequeña parte del código NACE en el que se inscribe. Por tanto, en opinión de la Comisión, los datos sobre la utilización de la capacidad productiva correspondiente al código NACE 21.12 no son determinantes para la evaluación de la capacidad en el mercado de referencia.
Con arreglo al punto 3.4 de las Directrices multisectoriales, la Comisión basa su evaluación del factor de competencia en los datos sobre el consumo aparente y examina si la inversión tiene lugar en un mercado en retroceso. (64) A tal fin, la Comisión compara el consumo aparente de los productos de que se trate con la tasa de crecimiento del total de la industria manufacturera del EEE. Se considera que un mercado está en retroceso si en los últimos cinco años la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente del producto se ha situado más de un 10 % por debajo de la media anual del conjunto de la industria manufacturera en el EEE, a no ser que haya una marcada tendencia al alza en la correspondiente tasa de crecimiento de la demanda del producto.
El mercado se considera completamente en retroceso cuando la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente ha sido negativa en los últimos cinco años. (65) Tal y como se ha expuesto, Alemania alega que la Comisión, al evaluar la evolución del consumo aparente, debe tomar como referencia un período de cinco años, o sea, el período comprendido entre 1996 y 2000, y no de seis. Las Directrices multisectoriales remiten a la tasa media de crecimiento de los últimos cinco años. Por tanto, la Comisión suele considerar el consumo aparente a lo largo de un período de seis años para obtener cinco tasas medias de crecimiento(11).
(66) Alemania puso a disposición de la Comisión las cifras del consumo aparente de los productos correspondientes en el EEE entre 1994 y 2000. Estos datos arrojan como resultado una tasa media de crecimiento anual del consumo aparente en el mercado del papel soporte ondulado del 1,35 % en el período 1994-1999 y del 0,70 % en el período 1995-2000. En el período 1994-1999, la tasa de crecimiento del conjunto de la industria manufacturera en el EEE se situó en el 5,81 %, y en el período 1995-2000, en el 6,16 %. Por tanto, de acuerdo con el punto 7.8 de las Directrices multisectoriales, el mercado del papel soporte ondulado es un mercado en retroceso, pues la tasa media de crecimiento anual se sitúa muy por debajo (es decir, más de un 10 % por debajo) de la registrada en el conjunto de la industria manufacturera.
(67) En cuanto a la afirmación de Alemania de que la tasa media de crecimiento anual del papel soporte ondulado de papel recuperado está por encima de la del papel soporte ondulado en su conjunto, ha de señalarse que la Comisión ha establecido como mercado de referencia el mercado del papel soporte ondulado; según las Directrices multisectoriales, ha de tenerse en cuenta la evolución del mercado al examinar el factor de competencia. (68) Por tanto, la Comisión atribuye a este factor un valor de 0,75. Factor de capital/empleo (I) (69) El factor de capital/empleo sirve para adaptar el límite máximo de intensidad de la ayuda con la intención de fomentar los proyectos que, al crear un número relativamente mayor de puestos de trabajo nuevos, contribuyen mejor y de forma más efectiva a reducir el desempleo.
(70) Según información de Alemania, con el proyecto se crean 277 puestos de trabajo fijos, distribuidos en los ámbitos siguientes: >SITIO PARA UN CUADRO> (71) Cuando incoó el procedimiento, la Comisión sostuvo que el proyecto de construcción de una fábrica de papel reciclado había de calificarse de proyecto satélite y, por tanto, debía incluirse en el cálculo del factor de capital/empleo. Sobre la base de la información facilitada por la República Federal de Alemania tras la incoación del procedimiento, la Comisión considera que se trata de un proyecto independiente. (72) Alemania ha facilitado datos sobre la capacidad y sobre el número de empleados en proyectos equiparables con el fin de justificar el número de empleos directos creados con este proyecto.
La Comisión considera que la cifra indicada es correcta. El factor de adaptación para una inversión de 153,4 millones de euros mediante la que se crean 277 puestos de trabajo corresponde a una proporción de 553790 euros por puesto de trabajo. Con arreglo al punto 3.10.2 de las Directrices multisectoriales, el factor de capital/empleo para adaptar la intensidad máxima aplicable a este proyecto se fija en 0,8. Indicador de incidencia regional (M) (73) El indicador de incidencia regional toma en consideración la ventaja económica que supone una inversión nueva subvencionada para la zona asistida.
A juicio de la Comisión, la creación de puestos de trabajo puede servir de indicador de la contribución de un proyecto de inversión al desarrollo regional. Las inversiones intensivas en capital pueden contribuir en una medida considerable a la creación de puestos de trabajo en la propia zona asistida o en una zona asistida adyacente. En este contexto, la creación de empleo alude a los puestos de trabajo creados directamente por el proyecto más los creados por los proveedores y clientes directos como consecuencia de la inversión subvencionada. (74) De acuerdo con la notificación, el proyecto permitirá crear 356 empleos indirectos en los siguientes ámbitos: >SITIO PARA UN CUADRO> (75) Según datos de Alemania, el suministro de materias primas -es decir, el suministro de papel reciclado y almidón- es el ámbito en el que más empleos indirectos se crearán.
La demanda total de papel reciclado de la nueva planta de producción se ha estimado en [...] toneladas al año. (76) Alemania asegura que 109 empleos indirectos se referirán al suministro de papel reciclado por parte de empresas polacas y checas. Hamburger AG tiene previsto comprar cada año [...] toneladas de papel reciclado a empresas situadas en Polonia y la República Checa en un radio de 200 kilómetros alrededor de la nueva planta de producción. En opinión de Alemania, y de acuerdo con los cálculos efectuados por una empresa de reciclado, la demanda adicional de [...] toneladas de papel reciclado supondría la creación de 109 puestos de trabajo en Polonia y la República Checa.
En este contexto, Alemania ha presentado una lista de cinco empresas recicladoras checas y siete polacas. (77) Se espera que un tercio de los 109 empleos -es decir, unos 36- los creen proveedores checos, y unos dos tercios -73 puestos- proveedores polacos. (78) Por otro lado, se espera que un cliente de Hamburger AG situado en Polonia, que fabrica productos de papel soporte ondulado, cree 30 puestos de trabajo nuevos. Teniendo en cuenta que la implantación de la nueva fábrica aportará una mayor seguridad de suministro de materias primas y reducirá los costes de transporte, está previsto que amplíe su producción.
Así lo confirma una declaración de intenciones formulada por la empresa. (79) En cuanto a los cerca de 36 puestos de trabajo creados en la República Checa, ha de señalarse que este país no tiene frontera común con el Estado federado de Brandemburgo y, por tanto, no es una zona asistida adyacente con arreglo a las disposiciones aplicables. Por tanto, los puestos de trabajo indirectos creados por proveedores de este país no se toman en consideración en el cálculo del indicador de incidencia regional. (80) Asimismo, Alemania alude a la creación de empleos indirectos por parte de proveedores de papel reciclado y de un cliente polaco de la nueva planta.
A este respecto, cabe señalar que Polonia no es un Estado miembro de la Unión Europea. En el artículo 63 del Acuerdo europeo que entró en vigor en febrero de 1994 se establece que, durante los cinco primeros años a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, todas las ayudas estatales concedidas por Polonia se examinarán bajo la premisa de que Polonia se equipara a las zonas asistidas con arreglo a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. Esta disposición acaba de ser prorrogada(12). Cuando incoó el procedimiento, la Comisión dudaba de que los puestos de trabajo que se crearían a través de los proveedores y clientes situados en Polonia pudieran tomarse en consideración para evaluar el indicador de incidencia regional.
(81) En la notificación, Alemania señaló que la implantación de una fábrica nueva de papel reciclado en Schwarze Pumpe, que suministraría a la nueva planta [...] toneladas de papel reciclado, supondría la creación de otros 40 empleos indirectos. Según la información más reciente, esta empresa, tal y como se ha señalado anteriormente, suministrará como mínimo [...] toneladas de papel reciclado, lo cual permitirá crear 10 puestos de trabajo indirectos. Por tanto, se toma en consideración la creación de 10 empleos indirectos en relación con este proyecto. (82) Está previsto que un proveedor de almidón cree 12 puestos de trabajo.
(83) El segundo ámbito más importante, en el que se crearán 107 puestos de trabajo indirectos, es el de los servicios de transporte. Según datos de Alemania, deben transportarse al año [...] toneladas de productos (materias primas, productos finales, gestión de residuos). La flota de vehículos de la propia fábrica se encargará del transporte de [...] toneladas. Una empresa de transporte privada se hará cargo de [...] toneladas. Alemania presentó una declaración de intenciones y unas estimaciones de esta empresa, según las cuales el transporte de [...] toneladas llevará a la creación de 70 puestos de trabajo nuevos (51 conductores fijos a tiempo completo y 19 empleados en oficinas y mantenimiento de vehículos).
Las [...] toneladas restantes se transportarán por ferrocarril. Según estimaciones de Alemania, confirmadas por una empresa de ferrocarriles privada, a este respecto se crearán 33 puestos de trabajo. Asimismo, Alemania presentó unas estimaciones de una empresa privada que, en relación con la nueva planta de producción, creará 4 puestos de trabajo relacionados con servicios de maniobra. (84) La Comisión sostiene que las estimaciones presentadas sobre los puestos de trabajo en el ámbito del transporte son correctas. Cuando incoó el procedimiento, no obstante, dudaba de que todos estos puestos de trabajo fueran a crearse en zonas asistidas adyacentes.
Alemania admite que en el ámbito del transporte por ferrocarril no todos los puestos se crearán en zonas asistidas adyacentes, pero sí por lo menos 10 de ellos. Por tanto, en el cálculo del indicador de incidencia regional en el ámbito del transporte se toman en consideración 84 empleos indirectos. (85) Otros 26 puestos de trabajo se crearán en el ámbito del mantenimiento permanente de las instalaciones, 15 en el ámbito de la energía, 9 en formación y en personal temporal en el marco de la suspensión de las actividades productivas y 8 para servicios relacionados con las actividades de la nueva planta (limpieza, catering, material de oficina, etc.).
(86) Si no se tienen en cuenta los puestos creados por los proveedores y clientes en Polonia (73 para el suministro de papel reciclado y 30 por parte de un cliente), los puestos de trabajo indirectos creados ascienden a 164. Si, por el contrario, sí se tienen en cuenta dichos puestos, se crearán en total 267 puestos de trabajo indirectos. Con arreglo al punto 3.10.3 de las Directrices multisectoriales, y comparados con los 277 puestos de trabajo directos, estos datos corresponden en ambos casos a un nivel medio de creación de empleo indirecto (entre el 50 % y el 100 %) por cada puesto creado por el beneficiario de la ayuda.
Por tanto, se atribuye al indicador de incidencia regional un valor de 1,25. Límite máximo de intensidad de la ayuda (87) Habida cuenta de estas consideraciones, la fórmula de cálculo para este proyecto es la siguiente: 35 % x 0,75 x 0,8 x 1,25 = 26,25 % bruto. La ayuda de 53,7 millones de euros, de una intensidad de ayuda del 35 % bruto, que Alemania prevé conceder a Hamburger AG para sus inversiones en Schwarze Pumpe (Brandemburgo) no se ajusta, por tanto, a la intensidad máxima admisible sobre la base de las Directrices multisectoriales. 3.5. Control a posteriori (88) Habida cuenta del carácter sensible de las grandes inversiones móviles, es esencial la presencia de mecanismos que ayuden a garantizar que el importe de la ayuda efectivamente desembolsado se ajusta a la Decisión de la Comisión.
(89) Para todo proyecto de ayuda aprobado con arreglo a las Directrices multisectoriales, la Comisión prevé que todo contrato entre la autoridad pertinente del Estado miembro y el beneficiario de la ayuda contenga una cláusula de reembolso que cubra el supuesto de incumplimiento del contrato, o bien que el último pago importante de la ayuda (por ejemplo, el 25 %) no se haga efectivo hasta que el beneficiario de la ayuda haya garantizado al Estado miembro que la ejecución del proyecto se ajusta a lo dispuesto en la Decisión de la Comisión y siempre que la Comisión, con arreglo a la información proporcionada por el Estado miembro en lo que se refiere a la ejecución del proyecto, haya manifestado su conformidad dentro de los sesenta días hábiles o no haya formulado objeciones con respecto al pago final de la ayuda.
(90) La Comisión constata que la decisión de conceder una ayuda a Hamburger AG contiene una cláusula de reembolso para cubrir el supuesto de que el beneficiario de la ayuda no se ajuste a la decisión por la cual se ha autorizado la ayuda. (91) La Comisión constata que el último tramo de la ayuda no se desembolsará hasta que Hamburger AG haya asegurado al Estado miembro que la ejecución del proyecto se ajusta a la Decisión de la Comisión. (92) Asimismo, constata que el compromiso de Alemania de efectuar un control a posteriori está en consonancia con las obligaciones establecidas en el punto 6 de las Directrices multisectoriales, sobre todo con la de remitir a la Comisión una copia de la decisión de conceder la ayuda, así como un informe anual sobre el proyecto y demás información y documentación citada en el punto 6.4 de las Directrices multisectoriales.
VI. CONCLUSIONES (93) Habida cuenta de las consideraciones expuestas, la Comisión concluye que la parte de la ayuda notificada que sobrepasa la intensidad máxima admisible para este proyecto, calculada de acuerdo con las disposiciones de las Directrices multisectoriales, no reúne los requisitos para ser declarada compatible con el mercado común. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La ayuda estatal que Alemania tiene previsto conceder a Hamburger AG, por un importe de 53685648 euros, es incompatible con el mercado común en lo que respecta al importe que sobrepasa el límite máximo de intensidad aplicable al proyecto, del 26,25 %.
Dicha ayuda no puede, por tanto, concederse por encima de una intensidad de ayuda del 26,25 %. Artículo 2 Alemania informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma. Artículo 3 El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 9 de abril de 2002. Por la Comisión Mario Monti Miembro de la Comisión (1) DO C 342 de 5.12.2001, p. 9. (2) DO C 107 de 7.4.1998, p. 7. (3) Véase la nota a pie de página 1. (4) Secreto comercial.
(5) 29. Rahmenplan der Gemeinschaftsaufgabe "Verbesserung der regionalen Wirtschaftsstruktur". (6) Ley de primas fiscales a la inversión, de 1999, C 72/98 (ex N 702/97), SG(98) D/12438 de 30 de diciembre de 1998 y SC(2001) D/286551 de 2 de marzo de 2001. (7) Groupement Ondulé, estadísticas 1991-2000. (8) Estudio de Jaakko Pöyry Consulting. (9) Ibidem. (10) DO C 340 de 27.11.1999, p. 8. (11) Véanse la Decisión de la Comisión de 8 de mayo de 2001, Wacker Chemie, la Decisión de la Comisión de 3 de julio de 2001, Kronoply, y la Decisión de la Comisión de 2 de octubre de 2001. (12) Decisión n° 2/2001 del Consejo de asociación UE-República de Polonia, de 7 de mayo de 2001 (DO L 215 de 9.8.2001, p.
38).