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2002/867/CE: Decisión de la Comisión de 9 de abril de 2002 relativa a la ayuda estatal C 86/2001 (ex N 334/2001) que Alemania tiene previsto conceder en favor de Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG, Alemania (Texto pertinente a efectos del EEE.) [notificada con el número C(2002) 1346]

CELEX
32002D0867
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2002-04-09
In force since
2002-11-08
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2002/867/CE: Decisión de la Comisión de 9 de abril de 2002 relativa a la ayuda estatal C 86/2001 (ex N 334/2001) que Alemania tiene previsto conceder en favor de Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG, Alemania (Texto pertinente a efectos del EEE.) [notificada con el número C(2002) 1346] Diario Oficial n° L 307 de 08/11/2002 p. 0037 - 0048 Decisión de la Comisión de 9 de abril de 2002 relativa a la ayuda estatal C 86/2001 (ex N 334/2001) que Alemania tiene previsto conceder en favor de Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG, Alemania [notificada con el número C(2002) 1346] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2002/867/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62, Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos(1), Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO (1) Por carta de 22 de mayo de 2001, registrada el 28 de mayo de 2001, Alemania notificó a la Comisión su intención de conceder a Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG una ayuda a la inversión conforme a las Directrices comunitarias multisectoriales sobre ayudas regionales a grandes proyectos de inversión(2) (en adelante, "las Directrices multisectoriales de ayudas regionales"). El proyecto de ayuda se registró con el número N 334/01. (2) Por carta de 13 de junio de 2001, la Comisión acusó el recibo de la notificación, comunicó a Alemania que consideraba incompleta la notificación y formuló preguntas complementarias.

Por carta de 18 de junio de 2001 solicitó información complementaria. Alemania facilitó información mediante cartas de 3 de julio de 2001, registrada el 5 de julio de 2001, y 16 de julio de 2001, registrada el 17 de julio de 2001. El 17 de agosto de 2001 se celebró una reunión con representantes de las autoridades alemanas. Por carta de 30 de agosto de 2001, la Comisión instó a Alemania a completar los datos contenidos en la notificación en lo referente al control a posteriori. Por carta de 19 de septiembre de 2001, se recordó a Alemania que debía presentar información complementaria.

Alemania facilitó información incompleta mediante carta de 24 de septiembre de 2001, registrada el 25 de septiembre de 2001. Por carta de 1 de octubre de 2001, la Comisión acusó el recibo de este escrito y advirtió a Alemania que seguía considerando incompleta la notificación. Alemania facilitó información complementaria mediante carta de 22 de octubre de 2001, registrada el 23 de octubre de 2001. Por carta de 26 de octubre de 2001, la Comisión comunicó a Alemania que consideraba completa la notificación y que adoptaría una decisión definitiva en el plazo de dos meses desde la fecha de registro de la carta que contenía la información completa.

(3) El 21 de noviembre de 2001, Alemania remitió una última carta, registrada el 22 de noviembre de 2001, en la que sostenía que la ayuda debía considerarse compatible con el mercado común en virtud de la letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. (4) Por carta de 30 de noviembre de 2001, la Comisión informó a Alemania de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE con respecto a esta ayuda. (5) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(3). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

(6) Por cartas de 10 de enero de 2002, registrada el 14 de enero de 2002, y de 28 de enero de 2002, registrada el 29 de enero de 2002, Alemania respondió a la incoación del procedimiento. Por carta de 15 de febrero de 2002 se solicitó información complementaria, a la que Alemania respondió con carta de 27 de febrero de 2002, registrada el 28 de febrero de 2002. La Comisión formuló preguntas adicionales por carta de 21 de marzo de 2002, a las que Alemania contestó con carta de 25 de marzo de 2002, registrada en esa misma fecha. (7) La Comisión recibió las observaciones de tres interesados, que remitió a Alemania para que formulara sus comentarios al respecto, comentarios que se presentaron con carta de 18 de febrero de 2002, registrada el 19 de febrero de 2002.

(8) La empresa afectada facilitó información complementaria mediante carta de 7 de marzo de 2002, registrada en esa misma fecha. II. DESCRIPCIÓN 2.1. Beneficiario de la ayuda (9) La empresa beneficiaria de la ayuda, Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG (en adelante, "SC 300"), fue creada en febrero de 1998 y es filial, al 87 % de Infineon Technologies AG (en adelante, "Infineon"), de Múnich. La propia Infineon, que salió a bolsa en marzo de 2000, es una empresa derivada de Siemens AG que realiza las actividades de ésta en el ámbito de los semiconductores. El capital social restante de SC 300 está en manos de otra empresa privada de responsabilidad limitada (4 %, controlado por M+W Zander Facility Engineering GmbH a través de SC 300 Beteiligungs GmbH, de Stuttgart) y una sociedad de responsabilidad limitada controlada por el Estado federado de Sajonia y la ciudad de Leipzig (9 %, Leipziger Messe GmbH).

La actividad principal de Infineon son los semiconductores. Alemania hace hincapié en que Infineon es la única empresa europea que opera en este mercado. (10) Alemania facilitó las siguientes cifras sobre el volumen de negocios y el personal de Infineon en los años 1999 a 2001: >SITIO PARA UN CUADRO> (11) Tras realizar pérdidas por valor de 775 millones de euros en el ejercicio 1997/1998, Infineon realizó en los ejercicios 1998/1999 y 1999/2000 beneficios por importe de 61 millones de euros y 1126 millones de euros, respectivamente. 2.2. Proyecto (12) El proyecto de inversión está localizado en Dresde, en el Estado federado de Sajonia, una región asistida en el sentido de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.

(13) El proyecto se refiere a la construcción de instalaciones para la fabricación de memorias dinámicas de acceso aleatorio (dynamic random access memory - "DRAM"), con un ancho de línea máximo de 0,14 μm en placas de silicio de 300 mm, también llamadas obleas. Será la primera línea de producción en el mundo de chips (de memoria) en obleas de 300 mm. Junto a la línea de producción, SC 300 explotará en su planta una línea piloto y de desarrollo en unas instalaciones ya existentes. (14) El proyecto comenzó en abril de 2000 y está previsto que concluya a finales de 2003. Según los datos facilitados, la capacidad total acabará alcanzando las 5000 obleas semanales.

Está previsto que el proyecto se realice en dos fases de desarrollo. A finales de 2001 se inició la producción de gran volumen, que aún es muy inferior a la capacidad final. En una segunda fase, que durará aproximadamente hasta principios de 2003, la capacidad de producción se aumentará hasta el nivel máximo. Según la información facilitada, esta ampliación gradual es la solución económicamente más viable, debido en particular a que la futura producción en masa de esta nueva tecnología aún se encuentra en fase de desarrollo. (15) El producto fabricado son DRAM con una capacidad de memoria mínima de 512 megabits.

Estas DRAM sustituirán paulatinamente los componentes con una capacidad de memoria de 256 megabits o menos. Actualmente, Infineon fabrica las DRAM de menor capacidad en Dresde, EE UU y Taiwán. (16) El paso de la utilización de obleas de 200 mm a obleas de 300 mm para la fabricación de chips significa que el número de chips por oblea (es decir, la productividad) se multiplicará aproximadamente por 2,5. Gracias a ello se calcula que los costes de fabricación de los chips se reducirán en torno al 30 % - 40 % por unidad. El menor ancho de línea reduce aún más tales costes de fabricación.

Además, la disminución del ancho permite reducir el tamaño mínimo de los distintos elementos, lo que permite fabricar componentes de ordenadores más pequeños y más baratos. (17) Los costes del proyecto pueden desglosarse de la manera siguiente: >SITIO PARA UN CUADRO> (18) Mediante el nuevo proyecto, la cuota de Infineon en el mercado mundial de las DRAM pasará del 8 % en 1999 al 10 % en el año 2003 y, en el ámbito de los semiconductores, del 3,5 % en 1999 al 3,7 % en 2003. (19) De acuerdo con la notificación, las inversiones crearán 1300 puestos de trabajo permanentes, además de mantener otros 400.

Se espera que el proyecto contribuya indirectamente a la creación de 1030 puestos de trabajo en la propia región asistida y en una región asistida adyacente. 2.3. Medidas de ayuda (20) El proyecto de ayuda se refiere a una ayuda a la inversión en forma de subvención a fondo perdido por importe de 88,073 millones de euros que se tiene previsto conceder con arreglo a la iniciativa conjunta "mejora de la estructura económica regional" (Gemeinschaftsaufgabe "Verbesserung der regionalen Wirtschaftsstruktur"), en la versión autorizada por la Comisión en el vigésimonoveno programa marco. Se prevé conceder una prima fiscal a la inversión por importe de 128,846 millones de euros sobre la base de la Ley alemana de primas fiscales a la inversión de 1999 autorizada por la Comisión(4).

Asimismo, se asumirá una garantía del 80 % para un crédito de 450 millones de euros -que por tanto cubre 360 millones de euros- en el marco de un régimen de ayudas autorizado(5). Sobre la base de la información facilitada por Alemania, la Comisión parte de que la garantía contiene un elemento de ayuda de 1,8 millones de euros. La ayuda total al beneficiario asciende a 218,718 millones de euros, lo que equivale al 19,8 % de los costes de inversión subvencionables. La subvención a fondo perdido sólo se concede para la primera fase de desarrollo del proyecto. 2.4. Motivos para la incoación del procedimiento de investigación formal (21) El 30 de noviembre de 2001, la Comisión informó a Alemania de su decisión de incoar el procedimiento de investigación formal del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE en relación con la ayuda prevista para el proyecto considerado.

La Comisión dudaba de que la intensidad de ayuda prevista del 19,8 % fuera compatible con la intensidad máxima admisible, que se ha de calcular con arreglo a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales. La Comisión no disponía, en particular, de información fiable para una evaluación concluyente de las características del mercado y no podía excluir que el sector en cuestión fuese un mercado en retroceso en términos absolutos. Además, dudaba de que pudieran tenerse en cuenta todos los puestos de trabajo en el ámbito de las labores de investigación y desarrollo, dado que posiblemente no estén relacionadas de forma directa con el proyecto.

Por lo demás, la Comisión ponía en duda que en la evaluación de la incidencia regional del proyecto pudiera tomarse en consideración la totalidad de puestos de trabajo indirectamente creados que aducía Alemania. (22) Asimismo, dudaba de que el proyecto pudiera considerarse de interés común europeo y la ayuda pudiera autorizarse, por tanto, con arreglo a la letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. III. OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS (23) La Comisión recibió las observaciones de dos asociaciones de sectores descendientes en los que se utilizan DRAM y de una asociación independiente de empresas e institutos de investigación del ámbito de la industria europea de las tarjetas de circuito impreso.

Estas observaciones fueron remitidas a Alemania por cartas de 22 de enero de 2001 y 24 de enero de 2001. Alemania presentó sus comentarios a dichas observaciones mediante carta de 18 de febrero de 2002. (24) Los tres interesados se pronunciaron en favor de la ayuda proyectada. Hicieron hincapié en la importancia de la industria europea de los semiconductores y en el papel decisivo del proyecto para el fortalecimiento de la competitividad de este sector económico y otros sectores afines. (25) Por carta de 7 de marzo de 2002, SC 300 señaló que los precios de las DRAM se están recuperando y que se espera un nuevo aumento.

Según una agencia de noticias económicas, el mercado de las DRAM crecerá un 55 % en el año 2002. IV. COMENTARIOS DE ALEMANIA (26) En sus comentarios a la incoación del procedimiento, Alemania hizo hincapié en la importancia del proyecto en cuestión. Infineon es el único fabricante europeo de DRAM y, gracias a la utilización de la nueva tecnología de 300 mm, obtendrá una ventaja de costes frente a sus competidores. La empresa espera que la demanda de chips de memoria (medida en bits) aumente de 2001 a 2002 en un 50 %. (27) En lo relativo al mercado de DRAM, Alemania señaló que se caracterizaba por importantes oscilaciones coyunturales y grandes diferencias entre el valor y el volumen de las ventas.

Según Alemania, el factor de competencia debería fijarse en el 1, ya que no hay un exceso de capacidad y el mercado no está en retroceso. (28) Alemania argumentó que en el nivel agregado de la clase NACE 32.10 no hay un exceso de capacidad y presentó los datos pertinentes. Para el caso de que la Comisión presumiera que la situación de la capacidad en este nivel agregado no refleja suficientemente la situación en el sector de las DRAM, Alemania recordó que el sector parcial pertinente también puede fijarse en un nivel inferior. Los datos sobre la explotación de la capacidad para la evaluación del factor de competencia no tienen que descansar necesariamente en el nivel más bajo de la clasificación NACE.

Alemania presentó datos para demostrar que no hay un exceso de capacidad, independientemente de lo estricta que sea la definición del sector parcial pertinente. Según Alemania, las capacidades de fabricación de DRAM de 1994 a 1999 se utilizaron casi en su totalidad (95 % - 100 %). (29) Para el caso de que la Comisión no acepte una evaluación del factor de competencia basada en datos sobre la utilización de capacidades, Alemania alega que el mercado de las DRAM no se encuentra en retroceso. Según las autoridades alemanas, en las Directrices multisectoriales de ayudas regionales se establece un período de cinco años para el cálculo de la tasa media de crecimiento anual a fin de evaluar la evolución del mercado.

De este modo, el período de referencia pertinente para el proyecto se extiende de 1996 a 2000, en el que la tasa media de crecimiento anual fue positiva. Además, Alemania señala que en 1995 se alcanzó un volumen de mercado (en términos de valor) extraordinariamente elevado. Por ello, ese año no es representativo y no debería tenerse en cuenta en la evaluación de la evolución del mercado. (30) Alemania hace hincapié en que, en su decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, la Comisión sólo se basa en la evolución del valor del consumo aparente para realizar la evaluación del mercado.

Sin embargo, si se considera el volumen del consumo aparente en términos de bits, se aprecia que entre 1996 y 2000 se produjo un fuerte aumento con una tasa media de crecimiento anual del 83,3 %. Según Alemania, las cifras sobre el volumen reflejan mejor la situación del mercado, dado que en mercados con importantes oscilaciones de precios como el de las DRAM, las cifras sobre el valor no dan una imagen adecuada de la situación de la capacidad en el mercado. Mientras que el consumo en términos de valor estuvo sometido a grandes oscilaciones, expresado en bits no ha dejado de crecer en el pasado.

Alemania recuerda que, en decisiones anteriores con arreglo a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales, la Comisión también ha tenido en cuenta el volumen de consumo. Asimismo, alega que los datos sobre el valor del consumo no tienen validez informativa porque han sido falseados por las subvenciones del Gobierno coreano. (31) Alemania facilitó los pronósticos más recientes para el mercado de las DRAM, según los cuales en los años 2001 a 2004 la tasa media de crecimiento anual será del 17,7 %. (32) En cuanto a los puestos de trabajo directos, Alemania afirmó que deberían tenerse en cuenta todos los empleos relacionados con las actividades de investigación y desarrollo.

La industria de los semiconductores es un sector con una gran intensidad de investigación, y en el proyecto considerado se aplica una nueva tecnología de fabricación. La realización de un proyecto muy innovador como es la tecnología de 300 mm requiere, en consecuencia, unas inversiones especialmente elevadas en investigación y desarrollo, y no sólo antes de su realización, sino también durante el período de producción, a fin de optimizar la aplicación de la nueva tecnología. (33) En lo relativo a los puestos de trabajo indirectamente creados, Alemania argumentó que se da un porcentaje medio de creación de empleo por cada puesto de trabajo creado por el beneficiario de la ayuda.

Señaló que es difícil proporcionar datos exactos sobre los empleos creados por los proveedores y clientes. Las autoridades alemanas presentaron unas declaraciones de intenciones de clientes y proveedores de SC 300 de las que se desprende que con el proyecto de SC 300 ya se han creado 729 puestos de trabajo indirectos y aún se crearán otros 666. (34) Alemania considera que la evaluación de la ayuda con arreglo a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales no debería dar lugar a una reducción de la intensidad de ayuda proyectada. Para el caso de que la Comisión no compartiera este punto de vista, Alemania solicita que la ayuda se autorice conforme a la letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.

Alemania estima que se cumplen los cuatro criterios para la aplicabilidad de este artículo. (35) Afirma que SC 300 no podría realizar el proyecto de inversión sin las ayudas previstas. La industria de los semiconductores se caracteriza por una elevada intensidad de capital y grandes riesgos tecnológicos. Habida cuenta de las dimensiones financieras y tecnológicas del proyecto no cabe esperar, a juicio de las autoridades alemanas, que SC 300 realizara el proyecto a falta de apoyo estatal. (36) Alemania sostiene que se trata de un proyecto importante, tanto en términos cuantitativos como cualitativos.

Infineon es el único fabricante europeo de DRAM en un mercado dominado por productores no europeos. La empresa sólo podrá defender su posición en el mercado si logra aplicar la tecnología de 300 mm, en la que va un paso por delante de sus competidores y la cual le otorga una considerable ventaja de costes. El hecho de que por primera vez un fabricante europeo esté en la vanguardia de la innovación le abre la posibilidad a la industria de los semiconductores y a sus proveedores de dar alcance a las economías que lideran el mercado. (37) En lo relativo al criterio del interés común europeo, Alemania alega que la utilización de la nueva tecnología de 300 mm producirá una mejora en algunos procesos básicos de la fabricación de semiconductores.

De este modo, el proyecto contribuye a aumentar la competitividad y eficiencia de la industria europea. Para los fabricantes de aparatos es muy importante que haya un productor europeo de DRAM. Debido a los estrechos vínculos con otros sectores económicos afines, la existencia de un fabricante europeo de DRAM favorece el desarrollo de estos sectores y de toda la industria de los semiconductores. (38) Según Alemania, no es necesario que en un proyecto participe más de un Estado miembro para que se pueda considerar de interés común europeo. El fortalecimiento de la estructura económica de un Estado miembro también puede estar en el interés de la Comunidad si, de esta manera, se aumenta la competitividad internacional de la industria europea.

A juicio de las autoridades alemanas, no es imperativa la participación de varios Estados miembros. (39) Alemania argumenta que la industria de las DRAM es un sector estratégico y recuerda que la Comisión ya ha autorizado en el pasado ayudas estatales para actividades de investigación y desarrollo. Sería contradictorio limitar la ayuda estatal ahora que se va a aplicar la tecnología. (40) Por consiguiente, Alemania considera que la ayuda estatal prevista puede ser autorizada conforme a la letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. (41) En sus comentarios a las observaciones de los interesados, Alemania señala que dichas observaciones confirman el interés de la industria europea en el proyecto de SC 300 en razón de los efectos sinérgicos esperados, que pueden dar lugar a un mayor crecimiento de la industria europea.

Las observaciones de los interesados también demuestran que la industria apoya la ayuda estatal proyectada. V. EVALUACIÓN 5.1. Evaluación conforme a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE (42) La ayuda se concedió para una inversión nueva en una región asistida en el sentido de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE y se ha de examinar en tanto que ayuda regional. (43) La ayuda prevista asciende a 218,718 millones de euros. Al superar, por tanto, el umbral de 50 millones de euros, el proyecto está sometido a la obligación de notificación establecida en las Directrices multisectoriales de ayudas regionales y ha de ser evaluado con arreglo a las mismas.

(44) Las Directrices multisectoriales de ayudas regionales prevén que antes de evaluar un proyecto de ayuda se ha de determinar el mercado de referencia. 5.1.1. Mercado de referencia (45) El mercado de productos de referencia para determinar la cuota de mercado comprende los productos objeto del proyecto de inversión y, en su caso, los productos considerados intercambiables por el consumidor o el productor. (46) En el presente caso, la inversión se refiere a la fabricación de DRAM. Éstas están incluidas en la clase 32.10 de la nomenclatura NACE, que abarca la fabricación de componentes electrónicos.

Las DRAM son semiconductores destinados al almacenamiento de datos binarios, los cuales, a su vez, son componentes electrónicos. Las DRAM son el tipo más usual de memorias semiconductoras. Se utilizan sobre todo en ordenadores personales y productos fabricados a bajo coste. (47) Las DRAM pueden dividirse en función de su capacidad de almacenamiento (es decir, la cantidad de datos que puede almacenarse en los chips). Dicha capacidad depende de la generación del chip. El producto está sometido a rápidos cambios tecnológicos, de modo que cada tres o cuatro años aparece una nueva generación en el mercado.

Las DRAM también pueden distinguirse en función de su utilización (FPM-DRAM, EDO-DRAM, SDRAM o RDRAM) o del tipo de producto final al que se incorporan. (48) También hay otros tipos de chips de memoria, como las SRAM (Static Random Access Memories), las EPROM (Electrically Programmable Read Only Memories) y las memorias Flash. En general, éstas cumplen funciones distintas de la de las DRAM y no pueden considerarse productos intercambiables. (49) Las DRAM son bienes comerciales sujetos a unas especificaciones normalizadas. Desde la óptica de la demanda, los clientes pueden elegir por tanto entre DRAM producidas por diferentes fabricantes, pero de características idénticas en todo el mundo.

Las nuevas generaciones de DRAM compiten con las antiguas. La elección por parte del cliente de un tipo específico depende de la relación de los costes con el rendimiento y de la función que cumple la DRAM en el producto final. (50) Desde la óptica de la oferta, los fabricantes pueden producir DRAM de distintas capacidades, dado que las tecnologías utilizadas son similares. Sin embargo, el paso de una generación de DRAM a otra no suele ser fácil, incluso en una misma instalación. (51) Por estas razones, se considera que el mercado de las DRAM es el mercado de productos de referencia(6).

Este mercado no cuenta con una clase NACE propia. (52) En lo relativo al mercado geográfico de referencia debe señalarse que las DRAM se comercializan en todo el mundo con las mismas especificaciones y estrategias de marketing. Los costes de transporte son reducidos y no hay obstáculos estructurales para el acceso al mercado. Por ello, se considera que el mercado mundial constituye el mercado geográfico de referencia. 5.1.2. Directrices multisectoriales de ayudas regionales (53) Conforme a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales, para determinar la intensidad máxima de ayuda admisible de un proyecto notificado, la Comisión debe delimitar en primer lugar la intensidad máxima de ayuda bruta (límite máximo de ayuda regional) que una gran empresa puede obtener en la zona asistida de que se trate, dentro del contexto del régimen de ayuda regional autorizado vigente en el momento de la notificación.

(54) En la región en la que SC 300 tiene su sede hay dos tipos de intensidad máxima de ayuda bruta para grandes empresas, del 28 % y del 35 %. La intensidad máxima de ayuda bruta del 35 % sólo se aplica si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones específicas: a petición de un Estado federado y previo acuerdo del subcomité del comité de planificación, pueden aplicarse unos porcentajes de ayuda más elevados en casos excepcionales debidamente motivados para medidas estructurales especialmente eficaces en regiones sometidas a la competencia mundial por la localización de las empresas(7).

(55) Alemania no facilitó información sobre si se cumplen estas condiciones. Como SC 300 debe considerarse una empresa grande, la Comisión parte de que la intensidad máxima de ayuda bruta (R) es en el presente caso del 28 %. Por consiguiente, la Comisión constata que la intensidad máxima de ayuda bruta prevista del 19,8 % se sitúa por debajo del límite máximo admisible para una empresa grande en esta región. (56) A continuación, la Comisión aplicó al porcentaje del 28 % los coeficientes correctores resultantes de tres factores de evaluación específicos -a saber, el factor de competencia (T), el factor "relación capital-empleo" (I) y el factor "incidencia regional" (M)- a fin de determinar la intensidad de ayuda máxima admisible para el proyecto en cuestión.

Factor de competencia (T) (57) La autorización de ayudas a empresas que ejercen su actividad en sectores con un exceso de capacidad estructural entraña un riesgo especial de falseamiento de la competencia. Cualquier aumento de la capacidad que no se compense con reducciones de capacidad en otros lugares agrava todavía más el problema del exceso de capacidad estructural. El sector o subsector se determina en función del nivel más bajo de la clasificación NACE. (58) El nivel más bajo de la clasificación NACE para la fabricación de DRAM es la clase 32.10, que abarca todo tipo de componentes electrónicos.

Alemania presentó para esta clase NACE unas cifras relativas a la utilización de capacidades y sostenía que no había un exceso de capacidad. Ahora bien, las DRAM sólo representan una pequeña parte de la clase NACE 32.10, de modo que la situación de la capacidad en este nivel agregado refleja insuficientemente la situación en el mercado de las DRAM. (59) Como se indica en el considerando 28, Alemania argumenta que el subsector no tiene que fijarse necesariamente en un nivel de la NACE. Sin embargo, en la nota a pie de página 13 (punto 7.7) de las Directrices multisectoriales de ayudas regionales se señala que el sector o subsector pertinente se ha de establecer al nivel de segmentación más bajo posible de la clasificación de la NACE.

El nivel más bajo posible de la clasificación de la NACE es la clase 32.10. Como se explica en el considerando 58, las cifras sobre la capacidad de este nivel agregado son insuficientes para determinar la situación de las capacidades en el mercado de las DRAM, que se considera el mercado de productos de referencia. Por ello, la Comisión estima que el análisis de la situación de la capacidad no se ha de tener en cuenta en la evaluación del factor de competencia. (60) Conforme al punto 3.4 de las Directrices multisectoriales de ayudas regionales, a falta de datos suficientes sobre la utilización de la capacidad, la Comisión examina ante todo si la inversión tiene lugar en un mercado en retroceso.

Se considera que un mercado está en retroceso si a lo largo de los últimos cinco años la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente del producto en cuestión es inferior en al menos un 10 % al promedio del sector manufacturero del EEE en su conjunto, siempre y cuando no exista una fuerte tendencia al alza en la tasa de crecimiento relativa de la demanda del producto. Por mercado en retroceso absoluto se entiende aquel cuya tasa media de crecimiento anual del consumo aparente a lo largo de los últimos cinco años sea negativa. (61) Como se explica en los considerandos 45 a 51, se parte de que el mercado de las DRAM es el mercado de productos de referencia, debido a que es limitada la intercambiabilidad entre los distintos chips de memoria.

Las DRAM se comercian a escala mundial, de modo que el mercado geográfico de referencia abarca todo el mundo. (62) La Comisión constata que la cuota de mercado de SC 300 e Infineon es inferior al 40 % del mercado de referencia y que, tras la nueva inversión, tampoco superará este valor. Infineon tenía en 1999 una cuota del 8 % en el mercado de las DRAM. Se prevé que, al término del proyecto en el año 2003, la cuota de Infineon y SC 300 alcanzará el 10 %. (63) Alemania presentó las siguientes cifras respecto del consumo aparente de DRAM a escala mundial en el período 1995-2000, basadas en los datos de un instituto de investigación independiente (VLSI Research Inc.): >SITIO PARA UN CUADRO> (64) Con arreglo a estas cifras, la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente en el mercado de las DRAM en los años 1995-2000 fue del - 0,42 %.

En el período anterior, es decir, de 1994 a 1999, la tasa media de crecimiento anual del consumo aparente de DRAM también fue negativa (- 1,3 %). Esto llevaría a la conclusión de que el mercado de las DRAM habría de considerarse un mercado en retroceso en términos absolutos. (65) Alemania argumenta que la Comisión debería evaluar la evolución del consumo aparente sobre la base de un período de cinco años, es decir, de 1996 a 2000, en lugar de seis años. En las Directrices multisectoriales de ayudas regionales se toma como referencia la tasa media de crecimiento anual de los últimos cinco años.

Por ello, la Comisión suele basarse en el consumo aparente durante un período de seis años para calcular cinco tasas de crecimiento(8). (66) Alemania facilitó el pronóstico más reciente de un instituto de investigación independiente(9) sobre la evolución futura del mercado de las DRAM: >SITIO PARA UN CUADRO> (67) A pesar de las importantes dificultades actuales, las perspectivas para el mercado de las DRAM son positivas. Las últimas previsiones parten de que el valor del consumo aparente de DRAM en los años 2001 a 2004 aumentará una media anual del 18,1 %. Sin embargo, según este pronóstico, el nivel del consumo aparente en el año 2004 seguirá siendo inferior al del año 2000.

Otro estudio que obra en poder de la Comisión predice para el futuro una tendencia al alza más fuerte aún, con un nivel de consumo aparente en 2003 y 2004 superior al registrado en el año 2000. (68) El mercado de las DRAM depende en gran medida de la coyuntura económica y está sujeto a grandes oscilaciones. Las tasas medias de crecimiento anual en términos de valor presentan grandes divergencias en los distintos períodos de observación. En el período 1993 a 2000, la tasa media de crecimiento anual del valor del consumo aparente fue positiva, situándose en un 14,66 %. A pesar del drástico retroceso del consumo aparente entre 2000 y 2001, la tasa media de crecimiento anual para los años 1993 a 2001 siguió siendo ligeramente positiva (0,51 %).

(69) Las fuertes oscilaciones en el mercado de las DRAM se deben, en particular, a las extremadamente importantes fluctuaciones de precios. La razón estriba en que el proceso de fabricación de DRAM se caracteriza por unos costes hundidos relativamente elevados y unos costes marginales reducidos. Por ello, los precios pueden oscilar dentro de una franja muy ancha, ya que a las empresas les resulta rentable producir DRAM mientras cubran los costes marginales. Por lo tanto, la consideración exclusiva de la evolución del valor del consumo aparente puede arrojar en determinadas circunstancias una imagen insuficiente del mercado de las DRAM.

(70) El consumo aparente en términos de volumen (expresado en unidades vendidas) ha experimentado un aumento constante y considerable a lo largo de los últimos años. En el período 1995 a 2000, la tasa media de crecimiento anual fue del 10 %, y de 1994 a 1999, del 11 %. (71) A largo plazo, los precios de las DRAM tienen tendencia a la baja. Ahora bien, esto no parece ser consecuencia de un exceso de capacidades en la industria, a pesar de que las existencias en ocasiones alcanzan un alto nivel, causando importantes caídas de precios. Los costes de producción de las DRAM han experimentado un descenso importante en los últimos años.

Por lo tanto, las caídas de precios se deben a la constante mejora de la eficiencia de la producción, que resulta tanto de una reducción del ancho de línea como del cambio rutinario del diámetro de las obleas, desde una pulgada en los años setenta a los 300 mm actuales. Al mismo tiempo, se produce una mejora constante del rendimiento al tratar los fabricantes de reducir el número de circuitos que no funcionan y aumentar el número de circuitos buenos por oblea. (72) En el momento de la incoación del procedimiento, la Comisión señaló que no disponía de suficiente información fiable para poder determinar cada una de las características del mercado y aplicar el factor de competencia exacto.

(73) Por las razones expuestas, la Comisión concluye que el mercado debería considerarse un mercado en retroceso en términos relativos, no en términos absolutos. Esto se ve confirmado por una utilización casi total de las capacidades de producción de DRAM en los últimos años y por el hecho de que las cifras estaban muy por encima de la media del sector manufacturero en su conjunto. Por ello, se establece un factor de competencia de 0,75. Factor "relación capital-empleo" (74) Para los proyectos que necesitan grandes inversiones de capital se ha previsto en las Directrices multisectoriales de ayudas regionales el factor "relación capital-empleo", con el que se persigue una adaptación de la intensidad de ayuda máxima admisible en favor de aquellos proyectos que contribuyan mejor y de manera más efectiva a la reducción del desempleo mediante la creación de un número relativamente más elevado de puestos de trabajo nuevos y seguros.

Este factor de evaluación también tiene en cuenta los efectos anticompetitivos de la ayuda sobre el precio del producto final. (75) En las Directrices multisectoriales de ayudas regionales se establece explícitamente que los puestos de trabajo conservados sólo se tienen en cuenta si puede demostrarse que están directamente relacionados con la inversión proyectada, que dichos empleos requerirían un reciclaje significativo y que, a falta de inversión, desaparecerían al iniciarse el proyecto nuevo. (76) En el presente caso se crean 1300 puestos de trabajo y se conservan otros 400. Su distribución es la siguiente: >SITIO PARA UN CUADRO> (77) Los puestos de trabajo conservados se refieren a la línea piloto y de desarrollo ya existente de SC 300.

Alemania afirma que, si el nuevo proyecto no se realiza, SC 300 no proseguiría sus actividades, vendería sus equipos y se perderían los puestos de trabajo. Por lo tanto, los puestos de trabajo conservados están directamente relacionados con el proyecto considerado. La Comisión deduce de esta información que gran parte de estos puestos de trabajo están vinculados a actividades de investigación y desarrollo relacionadas con el desarrollo de productos en curso. (78) La relación capital-empleo es muy inferior a la de otros dos proyectos en el sector de los semiconductores. De acuerdo con las autoridades alemanas, esto se debe en parte a la integración de las actividades técnicas y los puestos de trabajo en el ámbito de la investigación y el desarrollo.

En la incoación del procedimiento, la Comisión dudaba de que puedan tenerse en cuenta todos los puestos de trabajo en el ámbito de la investigación y el desarrollo, dado que posiblemente no estén relacionadas de forma directa con el proyecto. (79) En sus comentarios a la incoación del procedimiento de investigación, Alemania explicó el elevado número de puestos de trabajo en el ámbito de las actividades de investigación y desarrollo. Además, confirmó que SC 300 no recibe ayudas estatales de I+D. Por consiguiente, la Comisión concluye que los 1700 puestos de trabajo directos aducidos por Alemania pueden tenerse en cuenta en su totalidad a efectos del cálculo del factor "relación capital-empleo".

La relación capital-empleo para una inversión de 1106 millones de euros con la que se crean o conservan 1700 puestos de trabajo directos equivale a un valor de 650588 euros por puesto de trabajo y puede cifrarse, por tanto, en 0,8. Factor "incidencia regional" (M) (80) El factor "incidencia regional" tiene en cuenta los efectos beneficiosos en las economías de las regiones asistidas. La Comisión considera que la creación de puestos de trabajo puede utilizarse como un indicador de la contribución del proyecto al desarrollo de una región. Una inversión que requiera mucho capital puede contribuir indirectamente a la creación de puestos de trabajo en la región asistida o en las regiones asistidas adyacentes, entendiéndose en este contexto por creación de puestos de trabajo los puestos directamente creados por el proyecto más los puestos de trabajo creados por los proveedores y clientes directos.

(81) Según la notificación, los puestos de trabajo creados indirectamente como consecuencia de la inversión se cifran en un total de 1030, sobre todo en el ámbito de los proveedores. Éstos se reparten de la manera siguiente: >SITIO PARA UN CUADRO> Esta cifra se corrigió en la información más reciente facilitada por Alemania. (82) Inicialmente se había previsto la creación de 600 puestos de trabajo indirectos gracias a la construcción de una nueva planta de [...], que suministrará placas de silicio de 300 mm a SC 300. Al incoar el procedimiento, la Comisión expresó sus dudas en cuanto a la realización de este proyecto y señaló que los 600 puestos de trabajo indirectos presuntamente creados no podían tenerse en cuenta.

(83) [...] dispone actualmente de dos centros de producción en Alemania, situados en Burghausen y Freiberg. La empresa explota en Freiberg unas cadenas de producción de obleas con un diámetro de 150 mm y 200 mm. Según las autoridades alemanas, la corporación municipal de Freiberg ha aprobado hace poco el plan de urbanización para la ampliación de la planta. Alemania presentó, además, una declaración de intenciones de [...]. Según las autoridades alemanas, no hay motivos para dudar de la realización de este proyecto. (84) En su declaración de intenciones, [...] señala que el proyecto de SC 300 dará lugar a la creación de 120 puestos de trabajo.

Las autoridades alemanas afirman que esta cifra se basa en la presunción de que [...] suministrará el 20 % de la producción a SC 300. Esta cantidad fue explícitamente confirmada por SC 300 a [...], pero debía considerarse un volumen mínimo. Cabe esperar que [...] suministrará al menos el 50 % de su producción a SC 300, lo que implicaría la creación de 300 puestos de trabajo indirectos. Por razones jurídicas, SC 300 no se pudo comprometer explícitamente ante [...] a adquirir esa cantidad, de modo que las cifras mencionadas en la declaración de intenciones son demasiado reducidas. La Comisión considera que pueden tenerse en cuenta a efectos de la evaluación de la incidencia regional 120 puestos de trabajo creados por [...].

(85) Además, Alemania presentó una declaración de intenciones de la empresa [...], que ya recibe pedidos de SC 300 y que tiene previsto construir una planta nueva para la elaboración de placas de prueba. Esta elaboración consiste en un proceso de reciclado de placas de silicio, que se utilizan en distintos puntos para el seguimiento de la producción de DRAM y pueden ser reutilizadas. El reciclado de placas de silicio resulta rentable por su precio extremadamente elevado. Las placas recicladas se utilizan esencialmente como placas de prueba. En la notificación, Alemania indicaba la creación de 100 puestos de trabajo para la elaboración de placas de prueba.

De acuerdo con la última información remitida, el proyecto dará lugar a la creación de 130 puestos de trabajo indirectos por parte de [...]. Alemania sostiene que 95 de estos puestos de trabajo se deben al proyecto de SC 300. La Comisión tiene en cuenta a efectos de la evaluación de la incidencia regional del presente proyecto 95 puestos de trabajo indirectos creados por [...]. (86) Alemania señaló inicialmente que se crearían otros 330 puestos de trabajo indirectos mediante la ampliación de la infraestructura, los suministros de material, el transporte y el mantenimiento del edificio.

En sus cartas de 29 de enero de 2002, 27 de febrero de 2002 y 25 de marzo de 2002, Alemania afirmaba que en estos ámbitos se iban a crear 1145 puestos de trabajo indirectos y presentó las declaraciones de intenciones de 53 empresas que son proveedores o clientes de SC 300. Alemania señala que ya se han creado 729 de estos puestos de trabajo y que aún se cuenta con la creación de otros 416 empleos. (87) Se prevé la creación de 224 puestos de trabajo en el ámbito de la infraestructura. Esta cifra abarca los empleos relacionados con la protección del edificio, los servicios de restauración y la limpieza.

Como la producción de gran volumen ya ha comenzado y la mayoría del personal ya trabaja en las instalaciones, se han creado ya 150 de estos puestos de trabajo. (88) Se prevé la creación de 174 puestos de trabajo en el ámbito del suministro de material. Esta cifra abarca el suministro de gas, agua, electricidad y de las sustancias químicas necesarias, así como las correspondientes actividades logísticas y de preparación. Ya se han creado 122 puestos de trabajo. (89) Se prevé la creación de otros 438 puestos de trabajo en el ámbito de los servicios relacionados con los equipos. Ya se han creado 282 de estos puestos de trabajo.

Alemania explicó que estos puestos de trabajo abarcaban las actividades relacionadas con el mantenimiento de los equipos instalados en la fábrica. Estos servicios son necesarios puesto que el funcionamiento de fábricas de semiconductores se caracteriza por una sustitución permanente de aparatos de producción y componentes. (90) Ya se han creado 21 puestos de trabajo indirectos en el ámbito del transporte de materias primas, preproductos y productos finales. Aún se crearán otros 13 puestos de trabajo indirectos en este ámbito. (91) Alemania espera que se cree un total de 275 puestos de trabajo indirectos para el mantenimiento de la infraestructura del edificio.

Estos puestos de trabajo están vinculados a trabajos corrientes que deben realizarse para garantizar la calidad de la infraestructura del edificio, tales como servicios IT, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, del sistema de aireación y de las instalaciones estériles, así como trabajos relacionados con la gestión del edificio. Ya se han creado 121 de estos puestos de trabajo. (92) En las Directrices multisectoriales de ayudas regionales se establece que los puestos de trabajo indirectos creados por los proveedores y clientes directos a raíz de un proyecto subvencionado con ayudas estatales pueden tenerse en cuenta a la hora de evaluar la incidencia regional del proyecto.

En este contexto, los empleos se definen como puestos de trabajo permanentes a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial. (93) Alemania confirmó que los puestos de trabajo indirectos cumplen las condiciones citadas. En cuanto al hecho de que gran parte de los puestos de trabajo indirectos ya se han creado, a pesar de que la producción no alcanzará su plena capacidad hasta principios del año 2003, Alemania alegó que la construcción del edificio ya se había concluido en abril de 2001. Tras la construcción se puso en marcha la fase de lanzamiento (ramp up). En esta fase se montan las instalaciones y la maquinaria para iniciar la producción piloto y de prueba, hecho que tuvo lugar al comienzo del verano de 2001.

La producción de gran volumen comenzó en diciembre de 2001. (94) Sobre la base de la información facilitada por Alemania, la Comisión considera que el cálculo de los puestos de trabajo es adecuado. En consecuencia, concluye que, a raíz del proyecto subvencionado con ayudas estatales, se crean 1360 puestos de trabajo indirectos. En comparación con los 1700 puestos de trabajo creados y conservados, se trata de un porcentaje medio de creación de empleo indirecto (entre el 50 % y el 100 %), por lo que el factor "incidencia regional" se fija en 1,25. Intensidad de ayuda máxima admisible (95) Por las razones expuestas, la intensidad de ayuda máxima admisible se calcula de la siguiente manera:

28 % × 0,75 × 0,8 × 1,25 = 21 % bruto. La ayuda por importe de 218,718 millones de euros que Alemania tiene previsto conceder en favor de SC 300 para su inversión en Dresde (Estado federado de Sajonia) y que equivale a una intensidad de ayuda del 19,8 % bruto es, por tanto, compatible con la intensidad de ayuda máxima admisible, que se ha calculado de conformidad con las Directrices multisectoriales de ayudas regionales. 5.1.3. Control a posteriori (96) Teniendo en cuenta el carácter sensible de esta gran inversión móvil, es esencial que existan mecanismos que ayuden a garantizar que el nivel de ayuda efectivamente desembolsado al beneficiario se ajuste a la decisión de la Comisión.

(97) Para cada proyecto de ayuda aprobado por la Comisión con arreglo a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales, la Comisión exigirá o bien que todo contrato entre la autoridad pertinente del Estado miembro y el beneficiario de la ayuda contenga una cláusula de reembolso en caso de incumplimiento del contrato, o bien que el último pago importante de la ayuda (por ejemplo, el 25 %) no se realice hasta que el beneficiario de la ayuda haya garantizado al Estado miembro que la ejecución del proyecto se ajusta a lo dispuesto en la decisión de la Comisión y siempre que la Comisión, con arreglo a la información proporcionada por el Estado miembro en lo que se refiere a la ejecución del proyecto, haya manifestado su conformidad dentro de los sesenta días hábiles siguientes o no haya formulado objeciones con respecto al pago final de la ayuda.

(98) La Comisión constata que la propuesta relativa a la decisión sobre la concesión de la ayuda a SC 300 contiene una cláusula que establece el reembolso de la ayuda en caso de que el beneficiario infrinja la decisión sobre la concesión de la ayuda. (99) La Comisión comprueba que el último pago importante de la ayuda (25 %) sólo se desembolsará una vez que SC 300 haya demostrado a las autoridades alemanas que la ejecución del proyecto se ajusta a la Decisión de la Comisión. (100) La Comisión constata, asimismo, que el compromiso asumido por Alemania respecto del control a posteriori se ajusta a los requisitos establecidos en el punto 6 de las Directrices multisectoriales de ayudas regionales.

Se trata, en particular, de la obligación de presentar una copia de la Decisión sobre la concesión de la ayuda, así como un informe anual sobre el proyecto y la información y documentación restante que se cita en el punto 6.4 de las Directrices multisectoriales de ayudas regionales. 5.2. Letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE (101) En el supuesto de que la Comisión no aceptara el proyecto de ayuda con una intensidad del 19,8 %, Alemania remite, de forma subsidiaria, a la letra b) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE argumentando que la construcción de una fábrica de chips es un proyecto de interés común europeo.

Como la ayuda es compatible, hasta la intensidad prevista del 19,8 %, con la intensidad de ayuda máxima admisible calculada conforme a las Directrices multisectoriales de ayudas regionales, no es necesario examinar el aspecto del interés común europeo. VI. CONCLUSIONES (102) Por estas razones, la Comisión concluye que la ayuda reúne las condiciones para que pueda ser considerada compatible con el mercado común. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La ayuda estatal que Alemania tiene previsto conceder en favor de Infineon Technologies SC 300 GmbH & Co. KG, por un importe de 218717884 euros, es compatible con el mercado común.

Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 9 de abril de 2002. Por la Comisión Mario Monti Miembro de la Comisión (1) DO C 368 de 22.12.2001, p. 2. (2) DO C 107 de 7.4.1998, p. 7. (3) Véase la nota 1. (4) Investitionszulagengesetz, C 72/98 (ex N 702/97), SG (98) D/12438 de 30.12.1998 y SG (2001) D/28651 de 2.3.2001. (5) Programm für unmittelbare Bürgschaften des Bundes und der Länder in den neuen Bundesländern und Berlin Ost, N 297/91, SG (91) D/1344 de 15.7.1991, así como E 24/95, SG (96) D/5500 de 18.6.1996 y SG (98) D/54570 de 11.11.1998.

(6) La Comisión utilizó esta misma delimitación del mercado de productos de referencia en el asunto IV/M 0044, Hitachi/Nec, considerandos 14-20 [Decisión de 3.5.2000, (DO C 153 de 1.6.2000, p. 8)]. (7) DO C 340 de 27.11.1999, p. 8. (8) Véanse las Decisiones de la Comisión N 783/2000 Wacker Chemie, de 8.5.2001, N 813/2000 Kronoply, de 3.7.2001, y C 72/2001 Hamburger AG, de 2.10.2000 (DO C 342 de 5.12.2001, p. 9). (9) Pronóstico de WSTS para el cuarto trimestre (febrero de 2002).

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