2002/898/CE: Decisión de la Comisión, de 9 de abril de 2002, relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania a SKL Motoren- und Systembautechnik GmbH [notificada con el número C(2002) 1342] (Texto pertinente a efectos del EEE) Diario Oficial n° L 314 de 18/11/2002 p. 0075 - 0085 Decisión de la Comisión de 9 de abril de 2002 relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania a SKL Motoren- und Systembautechnik GmbH [notificada con el número C(2002) 1342] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2002/898/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62, Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos(1), Considerando lo siguiente:
I. PROCEDIMIENTO (1) Por carta de 9 de abril de 1998, Alemania notificó a la Comisión un conjunto de ayudas concedidas a SKL Motoren- und Systemtechnik GmbH (SKL-M) en el marco de una segunda reestructuración de la empresa. (2) El plan de reestructuración contenía determinadas ayudas que fueron registradas con la referencia NN 56/98. La Comisión instó a Alemania, por cartas de 23 de junio de 1998, 2 de marzo de 1999, 28 de septiembre de 1999, 26 de octubre de 1999, 15 de diciembre de 1999 y 28 de febrero de 2000, a que le facilitara información adicional. Alemania respondió por cartas de 28 de septiembre de 1998, 6 de enero de 1999, 1 de abril de 1999, 10 de mayo de 1999, 29 de septiembre de 1999, 4 de octubre de 1999, 19 de octubre de 1999, 10 de febrero de 2000, 14 de febrero de 2000, 28 de febrero de 2000 y 22 de marzo de 2000.
El 2 de marzo de 2000, la Comisión recibió una notificación modificada remitida por Alemania ("la notificación revisada"). (3) Por carta de 22 de marzo de 2000, Alemania notificó a la Comisión un proyecto de venta de activos ("asset deal") de SKL-M a MTU Motoren- und Turbinen-Union Friedrichshafen GmbH (MTU). El 13 de abril de 2000 y el 17 de mayo de 2000, Alemania remitió más información sobre este proyecto. (4) En conversaciones mantenidas con representantes del Gobierno federal, de SKL-M y del inversor, MTU, el 11 de noviembre de 1999 y el 7 de diciembre de 1999 se dieron a conocer más detalles de la operación.
(5) Por carta de 8 de agosto de 2000, la Comisión comunicó a Alemania su decisión de incoar el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE respecto de las ayudas y del proyecto de venta de activos notificado. La decisión se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(2). La Comisión invitó a los interesados a que presentaran sus observaciones. (6) La Comisión no recibió observaciones de ningún interesado. (7) Alemania formuló sus comentarios a la incoación del procedimiento el 16 de octubre de 2000, así como el 6 de abril y el 17 de octubre de 2001.
En esta última fecha, Alemania retiró la notificación del asset deal entre SKL-M y MTU (ex N 153/200). (8) El 19 de septiembre de 2001, la Comisión decidió remitir a Alemania un requerimiento e información con arreglo al artículo 10 del Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(3), con objeto de que facilitara el resto de la información necesaria para evaluar la compatibilidad de la ayuda. En particular, solicitó datos que permitieran determinar si MTU se había beneficiado en el pasado, o si podía beneficiarse en el futuro, de las ayudas estatales concedidas a SKL-M.
Asimismo, pidió a Alemania que remitiera copia de su decisión al beneficiario de la ayuda. (9) El 9 de noviembre de 2001, la Comisión recordó a Alemania que, en caso de que no facilitara información complementaria, se vería obligada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 659/1999, a adoptar la decisión sobre la base de la información disponible. (10) Alemania respondió al requerimiento de información los días 23 de enero, 26 de febrero y 11 de marzo de 2002. II. DESCRIPCIÓN DE LA AYUDA 1. Antecedentes hasta el inicio de la segunda reestructuración (11) La sede de SKL-M está situada en Magdeburgo (Sajonia-Anhalt).
La empresa desarrolla y fabrica motores para buques y el sector de la energía, produce repuestos y presta servicios de reparación. Sajonia-Anhalt es una zona asistida con arreglo a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. (12) SKL formaba parte de un grupo de ocho empresas de la antigua Alemania Oriental que en el año 1994 fueron privatizadas e incorporadas a EFBE Verwaltungs- GmbH & Co. Management KG, ahora Lintra Beteiligungsholding GmbH (en adelante, "Lintra"). A finales de 1996, el plan de reestructuración de Lintra había fracasado. En enero de 1997, el Bundesanstalt für vereinigungsbedingte Sonderaufgaben (en adelante, "el BvS") decidió proseguir la reestructuración de SKL-M con miras a su futura venta.
2. La segunda reestructuración (13) En 1997, SKL-M tenía unos 295 empleados y realizó un volumen de negocios de 63 millones de marcos alemanes (DEM). La empresa no es una PYME en el sentido de la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas(4), pues en dos ejercicios sucesivos se sobrepasaron los umbrales de número de empleo y los umbrales financieros. (14) El BvS no consideró necesario convocar una licitación abierta para la venta de SKL-M, porque en algunos artículos publicados en la prensa se dio a conocer su interés en encontrar un socio industrial para SKL-M y porque previamente ya se había establecido contacto con los posibles interesados.
A mediados de 1996, los únicos interesados eran Waukesha Engine Division Dresser Industries Inc/USA (Waukesha) y Motoren- und Turbinen-Union Friedrichshafen GmbH (MTU). La empresa MTU, propiedad al 88,35 % del grupo Daimler-Chrysler, es uno de los principales fabricantes de motores diésel del mundo. En 1997, Waukesha declaró que ya no estaba interesada en la operación. MTU, con su propuesta de un plan de reestructuración para SKL-M, quedaba como único candidato. (15) Debido a que algunos problemas ligados a las ayudas estatales a Lintra estaban aún sin resolver, MTU no estaba dispuesta a absorber SKL-M directamente.
Por esta razón, el BvS y MTU buscaron una solución provisional (interimistische Übernahme) hasta que se tomara una decisión definitiva sobre todas las ayudas estatales a SKL-M. (16) El 5 de noviembre de 1997, las acciones de SKL-M fueron transferidas en su totalidad de Lintra a BVT Industrie-Beteiligungsgesellschaft Magdeburg mbH (BVT) y a Wikom Gesellschaft für Wirtschaftskommunikation und Know-how-Transfer mbH ("Wikom") (formalmente, se vendieron al precio de 1 marco alemán). BVT/Wikom actúan solamente como administradores fiduciarios por cuenta del BvS y del inversor MTU. Desde entonces, BVT, MTU y el BvS ejercen en común el control económico de SKL-M.
(17) Además, se firmaron tres acuerdos suplementarios: - un acuerdo de cooperación general entre MTU, el BvS, BVT y SKL-M, que, entre otras cosas, otorga a MTU una opción de compra sobre las acciones de SKL-M; MTU podría adquirir todas las acciones, bien por 1 marco alemán antes del 1 de diciembre de 1999, o bien a un "precio de compra adecuado" hasta el 31 de diciembre de 2001; - un acuerdo de financiación entre el BvS, el Estado federado de Sajonia-Anhalt y SKL-M, que regula básicamente el pago de la ayuda de reestructuración. El principal elemento de ayuda consistía en la concesión de préstamos por un total de 54,9 millones de marcos alemanes en concepto de compensación de pérdidas e inversiones.
El BvS accedió a que estos préstamos, sin perjuicio de la autorización de la Comisión, pudieran convertirse en subvenciones; - un acuerdo de colaboración empresarial (joint-venture) entre MTU y SKL-M que regula las condiciones para el uso compartido del know-how de ambas empresas y para el desarrollo, la fabricación y la venta de un nuevo tipo de motor. En este acuerdo se establece que el valor de la propiedad industrial de cada parte es idéntico. De este modo, ninguna de las dos empresas debe abonar derechos de licencia. Además, se concedió a MTU el derecho a adquirir, una vez finalizada la colaboración empresarial, el conjunto del know-how desarrollado antes de -y durante- la misma, y a un precio que se fijaría sobre la base del coste de desarrollo de dicho know-how.
3. El plan de reestructuración (18) La asociación estratégica entre SKL-M y MTU constituye el elemento clave del plan de reestructuración. La reestructuración operativa consta de los cuatro elementos siguientes: 1) mejora del programa de producción (desarrollo de los nuevos motores SKL-M y transformación de los motores diésel MTU en motores de gas), 2) modernización de la producción, 3) acceso a la red de suministro y distribución de MTU, y 4) aumento de la productividad y mejora de la estructura de costes. (19) El objetivo de la cooperación consistía en ayudar a SKL-M a modernizar su programa de producción.
Se trataba de desarrollar y producir en colaboración con MTU una nueva serie de motores de gas y de motores diésel. Las actividades de investigación, desarrollo y producción se pondrían en común con objeto de ahorrar costes y de mejorar las competencias de ambas partes. Además, de este modo se pretendía paliar las desventajas derivadas de las desventajas de escala (en el desarrollo de productos, el acceso al mercado y la conquista de la confianza de los clientes). Por otro lado, SKL-M obtendría acceso al sistema de interconexión financiera de MTU. (20) El plan de reestructuración preveía un aumento del volumen de negocios, que pasaría de 63 millones de marcos alemanes en 1997 a 152 millones de marcos alemanes en 2003.
Entre 1997 y 2003, la plantilla se reduciría de 295 a 266 empleados. Se contaba con que se obtendría un resultado de explotación positivo en el ejercicio 2003. (21) Alemania estimó el coste total de la reestructuración de SKL-M en el período 1997-2003 en 266 millones de marcos alemanes. >SITIO PARA UN CUADRO> (22) Los costes de inversión incluían los relativos a una licencia de MTU que otorgaba a SKL-M el derecho a emplear motores MTU como base para el desarrollo de una nueva serie de motores de gas. Su valor fue calculado en función del gasto en I+D de MTU(5) y quedó cifrado en 109 millones de marcos alemanes.
(23) Según datos de Alemania, la contribución estatal a los costes de reestructuración se compone de las siguientes medidas: >SITIO PARA UN CUADRO> (24) Según datos facilitados por Alemania, fueron aportados a la reestructuración los siguientes fondos procedentes de fuentes privadas: >SITIO PARA UN CUADRO> 4. Modificación del plan de reestructuración inicial (25) El 2 de marzo de 2000, Alemania notificó una modificación del plan de reestructuración inicial y anunció que SKL-M y MTU tenían previsto firmar un acuerdo para la venta de los activos de SKL-M ("asset deal"). En virtud de este acuerdo, MTU adquiriría a precio de mercado los activos (incluidos 220 empleados) y las deudas pendientes de SKL-M.
El 24 de marzo de 2000 se firmó el acuerdo. Su entrada en vigor (con carácter retroactivo el 1 de enero de 2000) se aplazó al 15 de mayo de 2000 en espera de que la Comisión adoptara una decisión positiva. El 17 de mayo de 2000, Alemania comunicó a la Comisión que este plazo había sido prorrogado hasta el 25 de mayo de 2000. 5. Análisis del mercado (26) SKL-M desarrolla y fabrica motores para buques y para el sector de la energía, produce repuestos y presta servicios de reparación. Los productos entran en las categorías de fabricación de material de transporte (Nace 17), generadores, transformadores y motores eléctricos (Nace 31), así como máquinas, equipo y material mecánico (Nace 29)(6).
Pueden ser objeto de una segunda subdivisión entre motores diésel para barcos (motores de propulsión, motores auxiliares, grupos de a bordo y de emergencia), así como entre motores de gas y motores diésel (para sistemas energéticos descentralizados). (27) SKL-M vende su producción fundamentalmente en Alemania, Europa, el Sudeste Asiático y los países de Oriente Próximo. Según datos de Alemania, la cuota de mercado de SKL-M en este mercado oscila alrededor del 2 %; su cuota de mercado a escala mundial se sitúa por debajo del 1 %. (28) Según Alemania, el mercado de los motores diésel registra un exceso de capacidad.
Alemania asegura que los fabricantes de motores diésel consolidados también operan en el mercado de los motores de gas. Según información facilitada por MTU, se trata pese a todo de un mercado en expansión. (29) Desde 1993, SKL-M ha efectuado diversas reducciones de capacidad y ha abandonado una serie de actividades de producción para mejorar la estructura de costes. Además, entraba dentro de sus planes reducir la producción de motores diésel (antiguo programa de producción) e iniciar la de motores de gas. También estaba previsto ampliar ligeramente la capacidad de producción, que pasaría de 143589 (1997/88 motores) a 146082 horas (2002/239 motores).
6. Incoación del procedimiento de investigación (30) Por carta de 8 de agosto de 2000, la Comisión comunicó a Alemania su decisión de incoar el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE, pues quedaban algunos extremos por aclarar: - si el plan de reestructuración presentado para SKL-M se estaba aplicando íntegramente, - si la ayuda no falsearía indebidamente la competencia, - si el préstamo concedido por el BvS en forma de condonación parcial de una deuda y de aplazamiento de otra, que se cifró en 12,117 millones de marcos alemanes, debía o no calificarse en su totalidad de ayuda estatal con una intensidad del 100 %, - si la empresa beneficiaria contribuiría en una medida adecuada con sus propios recursos, - si el inversor MTU había sido elegido sobre la base de un procedimiento de licitación abierto, transparente e incondicional, y si esta empresa se había beneficiado o se beneficiaría en el futuro de las ayudas estatales concedidas a SKL-M.
(31) Asimismo, la Comisión constata que, el 16 de junio de 2000, SKL-M se declaró insolvente. Por otro lado, toma nota de que MTU ha resuelto el acuerdo de cooperación con SKL-M y de que el contrato de compra suscrito el 24 de marzo entre MTU y SKL-M no ha entrado en vigor. (32) La Comisión comprueba, además, que al evaluar la contribución del inversor privado a los costes de la reestructuración deberían haberse tenido en cuenta las ayudas a la primera reestructuración de SKL, que en la Decisión sobre Lintra habían sido declaradas incompatibles con el mercado común(7). III. COMENTARIOS DE ALEMANIA Y OBSERVACIONES DE TERCEROS (33) En su respuesta a la incoación del procedimiento de investigación formal, Alemania explicó que, cuando se concedieron las ayudas, se presentó un plan de reestructuración que habría restablecido la rentabilidad de SKL-M a largo plazo sin falsear indebidamente la competencia.
Declaró que se había previsto una contribución considerable del inversor a los costes de reestructuración y presentó unas observaciones del administrador de la insolvencia de SKL-M de las que se desprende que MTU adquirió el know-how conseguido en cooperación con SKL-M al precio de 6,71 millones de marcos alemanes, mientras que los costes de desarrollo de dicho know-how ascendían a 12,015 millones de marcos alemanes. (34) El 5 de marzo 2002 Alemania presentó las observaciones de MTU a la incoación del procedimiento. MTU considera que presentó la mejor oferta en un procedimiento de licitación abierto, transparente e incondicional.
Asimismo, aduce que no se benefició, ni directa ni indirectamente, de las ayudas concedidas a SKL-M. En relación con el know-how, MTU explicó que el precio desembolsado se ajustó al vigente en el mercado. Esta posición también fue defendida por MTU en dos cartas dirigidas al BvS el 1 de octubre y el 21 de noviembre de 2001. Sendas copias de ambas cartas fueron transmitidas a la Comisión el 5 de marzo de 2002. (35) Por otra parte, Alemania retiró la notificación del proyecto de compra de los activos de SKL-M (ex N 153/200) aduciendo que se había decidido no seguir adelante con el proceso de venta de SKL-M a MTU; también declaró que, en la medida en que aún no se hubiera hecho, todas las ayudas concedidas se tomarían en consideración en el procedimiento de insolvencia de SKL-M.
De la información facilitada por Alemania se desprende además que el administrador de la insolvencia de SKL-M tiene previsto convocar una licitación abierta para vender los activos. IV. EVALUACIÓN DE LA AYUDA 1. Ayuda estatal en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE (36) Con arreglo al apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE, son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones.
Según jurisprudencia reiterada de los tribunales de las Comunidades Europeas, la condición de que una ayuda afecte a los intercambios comerciales se cumple cuando la empresa beneficiaria ejerce una actividad económica que es objeto de comercio entre Estados miembros. (37) La Comisión constata que se ha otorgado una ayuda con fondos estatales a una empresa individual. El favorecimiento reside en que se exime a la empresa de sufragar la totalidad de los costes que normalmente implica la aplicación de un plan de reestructuración. El beneficiario de la ayuda -SKL-M- desarrolla y fabrica motores, producto que es objeto de comercio intracomunitario.
Como la ayuda amenaza falsear la competencia, se cumplen las condiciones de aplicación del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE. (38) En relación con el importe de la ayuda que ha de ser objeto de evaluación en la presente Decisión, la Comisión pone de manifiesto que el BvS ha accedido a convertir en subvenciones, previa autorización de la Comisión, unos préstamos por importe de 54,9 millones de marcos alemanes (45,4 millones + 9,5 millones). Los préstamos fueron además concedidos a una empresa que, tal y como se demuestra en la presente Decisión, se encontraba en crisis. Por tanto, era previsible que la empresa no los reembolsaría.
En consecuencia, los préstamos han de calificarse en su totalidad de ayudas estatales. (39) Por otro lado, en su decisión de incoar el procedimiento, la Comisión señaló que tenía dudas respecto de si, en vez de fijarlo en 9 millones de marcos alemanes, el importe que procedía considerar como ayuda de reestructuración a SKL-M en concepto de condonación parcial de una deuda y aplazamiento del pago de otra por parte del BvS, no debería más bien ser el importe total de dichas medidas, o sea, 12,117 millones de marcos alemanes. Alemania no ha presentado pruebas que demuestren que el inversor ha reembolsado los 3,117 millones de marcos alemanes restantes.
De ello se deduce que la totalidad de los 12,117 millones de marcos alemanes fue concedida a una empresa en crisis. Por tanto, este importe en su totalidad se considera ayuda estatal a la reestructuración de SKL-M. (40) De lo anterior se deduce que el importe en concepto de ayuda ad hoc en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE que ha de ser objeto de evaluación en la presente Decisión es de 34,26 millones de euros (67,017 millones de marcos alemanes). (41) En virtud de los apartados 2 y 3 del artículo 87 del Tratado CE, pueden concederse excepciones o exenciones de la prohibición general de ayuda dispuesta en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE.
(42) Alemania no ha declarado que la ayuda esté en consonancia con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 87 del Tratado CE. Además, de los hechos se deduce que esta disposición resulta inaplicable al presente caso. (43) El presente asunto entra en el ámbito de aplicación del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, en virtud del cual la Comisión puede autorizar las ayudas estatales que cumplan determinadas condiciones preestablecidas. Tampoco han sido invocadas en el presente caso las excepciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado 3 del artículo 87, que también resultan inaplicables.
Con arreglo a la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, la Comisión está facultada para autorizar las ayudas estatales destinadas a favorecer el desarrollo económico de regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de subempleo. El Estado federado de Sajonia-Anhalt puede acogerse a esta disposición. Sin embargo, en el presente caso la ayuda estaba en buena medida destinada a favorecer una actividad económica determinada y no el desarrollo económico de una región. Por lo tanto, la ayuda de reestructuración se ha de evaluar a la luz de la letra c), no de la letra a), del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.
2. Ayuda de reestructuración a SKL-M (44) En sus Directrices comunitarias sobre ayudas de Estado de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis(8) ("las Directrices"), la Comisión estableció los criterios de evaluación de las ayudas que se concedan para la reestructuración de empresas. (45) Los síntomas típicos de una empresa en crisis son, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 2.1 de las Directrices, una rentabilidad decreciente o un aumento de las pérdidas, un volumen de negocios en descenso, un flujo de tesorería decreciente y un valor reducido de su activo neto. La Comisión constata que SKL ha venido realizando pérdidas desde su privatización en 1994.
Las dificultades eran evidentes cuando se concedió la ayuda y cuando se trazó el plan de reestructuración en 1997. Las pérdidas del ejercicio 1999 ascendieron a 28 millones de marcos alemanes. Por lo tanto, se trata de una empresa en crisis. (46) En su decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, la Comisión señaló que, del importe global aportado por el Estado a la reestructuración, 12,233 millones de marcos alemanes se concedieron en aplicación de regímenes de ayudas autorizados. Las medidas respetan los límites máximos y las condiciones establecidas en dichos regímenes.
Por consiguiente, de momento hay que considerar que la ayuda constituye una ayuda existente en el sentido del inciso ii) de la letra b) del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 659/1999. Por tanto, su compatibilidad no ha de ser evaluada por la Comisión en la presente Decisión, pero sí ha de tomarse en consideración cuando se evalúe la proporcionalidad de la ayuda con arreglo al inciso iii) del punto 3.2.2 de las Directrices. 2.1. Restablecimiento de la viabilidad (47) La autorización de una ayuda de reestructuración requiere la presentación de un plan de reestructuración detallado que pueda restablecer la viabilidad a largo plazo y la solvencia de la empresa en un período de tiempo razonable y sobre la base de unas perspectivas realistas en cuanto a sus futuras condiciones de funcionamiento.
(48) Cuando incoó el procedimiento de investigación formal, la Comisión comprobó que el elemento clave del plan de reestructuración presentado residía en la cooperación entre MTU y SKL-M y que mediante la aplicación íntegra de este plan podía restablecerse la viabilidad de SKL-M a largo plazo. Como, sin embargo, se puso de manifiesto que MTU no parecía estar dispuesta a absorber SKL-M, la Comisión consideró dudoso que el plan de reestructuración se hubiera aplicado íntegramente y, por tanto, que se basara en perspectivas realistas. (49) De la información facilitada se deduce que en ningún momento el inversor MTU se ha declarado firmemente dispuesto a absorber SKL-M.
Los acuerdos firmados en noviembre de 1997 se limitaban a conceder a MTU una opción de compra sobre las acciones de la empresa. Además, las autoridades alemanas no exigieron un compromiso vinculante a MTU, mientras que sí concedieron una ayuda ilegal a SKL-M. Por otro lado, en contra de lo previsto, MTU no se implicó financieramente ni de ningún otro modo en el proyecto de reestructuración, lo cual sin embargo habría sido necesario para restablecer la rentabilidad de SKL-M a largo plazo. Como consecuencia de ello, SKL-M viene registrando pérdidas constantes desde 1997. Por tanto, la Comisión no puede concluir que el plan de reestructuración se basara en perspectivas realistas ni que, por tanto, reuniera las condiciones necesarias para restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa.
(50) Además, el hecho de que MTU se retirara del acuerdo de cooperación firmado con SKL-M confirma las dudas de la Comisión. Tampoco entró en vigor el contrato firmado con SKL-M para la compra de sus activos. A consecuencia de ello, SKL-M se encontró repentinamente sin inversor. En septiembre de 2000 se inició el procedimiento de insolvencia en su contra. 2.2. Ausencia de falseamiento indebido de la competencia (51) La reestructuración debe contener medidas para contrarrestar en lo posible los efectos adversos sobre los competidores ya que, de lo contrario, la ayuda sería contraria al interés común y no podría acogerse a una exención al amparo de la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.
(52) Esto significa que el plan de reestructuración de una empresa que opera en un mercado comunitario en el que un análisis objetivo de las condiciones de la demanda y la oferta detecta la existencia de un exceso de capacidad estructural debe contribuir a la reestructuración del sector económico de que se trate en una medida adecuada, en proporción a la ayuda recibida, mediante la reducción o el cierre definitivo de capacidades. En ausencia de exceso de capacidad estructural, la Comisión, por lo general, no suele exigir una reducción de capacidad como contraprestación de una ayuda. En cualquier caso, ha de quedar garantizado que la ayuda no se empleará para situar al beneficiario en condiciones que le permitan ampliar la capacidad productiva durante la aplicación del plan de reestructuración, salvo en el caso de que, de no ser así, la empresa vea amenazada su supervivencia.
Sin embargo, este tipo de situación excepcional ha de invocarse de forma expresa y motivarse debidamente. (53) Los mercados en los que opera SKL-M se encuentran en la actualidad en proceso de transformación. Según información facilitada por Alemania, el mercado de los motores diésel registra un exceso de capacidad, mientras que, en cambio, el de los motores de gas se considera por lo general un mercado aún no maduro. (54) Según el plan de reestructuración presentado, SKL-M debía ampliar su producción de motores de gas. También estaba prevista una ligera ampliación de las capacidades de producción.
Alemania explicó la ampliación de capacidad de SKL-M aduciendo la necesidad de introducir mejoras en los bancos de ensayo, que hasta entonces sufrían problemas de rendimiento. (55) Sin embargo, Alemania no ha alegado que SKL-M estaría en condiciones de sobrevivir con una ligera ampliación de capacidad ni ha presentado un análisis objetivo de la situación de la oferta y la demanda en el mercado de los motores de gas. Por tanto, a la Comisión le es imposible determinar si estaría justificado flexibilizar el principio de que ha de reducirse la capacidad en una medida adecuada. De este modo, el plan de reestructuración no parece haber contenido medidas suficientes para contrarrestar los posibles efectos negativos de la operación sobre los competidores.
2.3. Proporcionalidad de la ayuda con los costes y beneficios de la reestructuración (56) El importe y la intensidad de la ayuda deben limitarse a lo estrictamente necesario para que se pueda llevar a cabo la reestructuración, y han de guardar proporción con las ventajas que se espere obtener desde el punto de vista de la Comunidad. Por esta razón, se exige a los inversores una contribución proporcionalmente importante a los costes de la reestructuración. (57) La Comisión dudaba que el inversor fuera a contribuir en una medida considerable a sufragar los costes de la reestructuración. En concreto, se había previsto que una gran parte de esta contribución se basaría en una renuncia a los derechos de licencia, medida que formaba parte del acuerdo de cooperación y de intercambio de licencias suscrito con SKL-M y cuyo valor fue estimado en 109 millones de marcos alemanes.
Sin embargo, el acuerdo establecía expresamente que el valor de la propiedad industrial de ambas partes era idéntico y que, por tanto, no se pagarían derechos de licencia. En consecuencia, la Comisión dudaba que la renuncia al cobro de derechos de licencia por parte de MTU pudiera calificarse de contribución del beneficiario de la ayuda a los costes de reestructuración. (58) Además, la Comisión dudaba que SKL-M fuera a beneficiarse del resto de la contribución del inversor, pues MTU no se había comprometido de forma unívoca a adquirir las acciones de SKL-M o a absorber la empresa en virtud de un asset deal.
La única contribución prestada hasta el momento por el inversor es un banco de ensayo de motores, cuyo valor se estima en 1,2 millones de marcos alemanes. (59) Teniendo en cuenta la incertidumbre en torno a la contribución del inversor a los costes de la reestructuración, la Comisión no pudo determinar el importe global de dichos costes. Al no conocerse los costes globales, tampoco resultó posible determinar si la supuesta contribución del inversor podía calificarse de "considerable" en el sentido de las Directrices. (60) En su respuesta a la decisión de incoar el procedimiento, Alemania mantiene su opinión de que el valor de los derechos de propiedad cedidos por MTU ha de calificarse de contribución del inversor.
(61) La Comisión constata que el acuerdo de licencia firmado entre MTU y SKL-M es un acuerdo basado en la reciprocidad en virtud del cual cada una de las partes pone su propiedad industrial a disposición de la otra parte. Además, el acuerdo establece expresamente que la propiedad industrial de ambas partes es de valor idéntico y que, por tanto, no se prevé el pago de derechos de licencia (artículo 4 del acuerdo). Por otro lado, contiene otra disposición en virtud de la cual, tras la expiración del acuerdo, MTU podrá explotar el know-how. En consecuencia, a la Comisión le es imposible concluir que el inversor, al ceder las licencias a SKL-M, ha contribuido en una medida considerable a los costes de reestructuración.
(62) También las demás dudas de la Comisión en relación con la contribución del inversor se han confirmado en el transcurso del procedimiento de investigación. Todo parece indicar que una parte importante de la contribución prometida no se aportó jamás. MTU no va a adquirir las acciones o los activos de SKL-M, de tal modo que hay que poner seriamente en entredicho que vaya a aportar los importes que aún están pendientes. (63) Asimismo, en la incoación del procedimiento, la Comisión declaró que la ayuda concedida a SKL-M a través de Lintra en 1997 debía evaluarse en el marco del asunto C 41/99 - Lintra Beteiligungsholding GmbH.
Sea como fuere, este importe ha de tomarse en consideración al evaluar la contribución del inversor a los costes de reestructuración. (64) El 28 de marzo de 2001, la Comisión adoptó una Decisión parcialmente negativa sobre las ayudas estatales concedidas a Lintra y sus filiales. Se instó a Alemania a que reclamara a Lintra y sus filiales la devolución de 34,978 millones de marcos alemanes. En cuanto a SKL-M, la suma de las ayudas abonadas ilegalmente asciende a 8,41 millones de marcos alemanes. (65) Alemania no ha aportado datos que permitan determinar hasta qué punto este importe debía tomarse en consideración al examinar la limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario y la contribución considerable del beneficiario al plan de reestructuración (con sus propios recursos).
Pese a ello, sí anunció que todas las ayudas en favor de SKL-M serán contabilizadas como derechos de crédito en el procedimiento de insolvencia incoado contra SKL-M el 1 de septiembre de 2000. (66) La única contribución prestada de forma efectiva por el inversor hasta el momento es, por tanto, el banco de ensayo de motores, cuyo valor se ha estimado en 1,2 millones de marcos alemanes. Las medidas estatales adoptadas en el marco de la segunda reestructuración ascienden a unos 87,6 millones de marcos alemanes. Este importe abarca las ayudas declaradas incompatibles con el mercado común, que se elevan a 8,41 millones de marcos alemanes y han de ser reembolsadas a raíz de la Decisión Lintra, y los 12,23 millones de marcos alemanes otorgados en aplicación de regímenes ya autorizados.
Esto impide concluir que la ayuda guarda proporción con los costes y beneficios de la reestructuración. (67) En consecuencia, la Comisión no puede determinar si se cumple este criterio de las Directrices. 3. Ayuda al inversor MTU (68) La Comisión dudaba que el inversor MTU hubiera sido elegido de acuerdo con un procedimiento comparable a una licitación abierta. Por tanto, para la Comisión no estaba claro si MTU, en la medida en que no lo hubiera hecho ya, se aprovecharía por triplicado de la ayuda de reestructuración concedida a SKL-M: directamente, a través del acuerdo de colaboración empresarial o mediante el asset deal previsto o la compra de las acciones.
(69) En cuanto a la presencia de una ayuda estatal ligada al asset deal previsto o a la compra de las acciones, Alemania declaró que MTU había decidido no adquirir acciones o activos de SKL-M. En consecuencia, retiró la notificación del asset deal. (70) Con arreglo al artículo 8 del Reglamento (CE) n° 659/1999, los Estados miembros pueden retirar una notificación de ayudas, dentro de un plazo razonable, siempre y cuando la Comisión aún no haya adoptado una Decisión en el asunto en cuestión. Cuando esto ocurre, ha de archivarse el procedimiento de investigación formal. (71) Como Alemania ha retirado la notificación, la Comisión, con arreglo al apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE, da por terminado el procedimiento de investigación formal incoado respecto del asset deal firmado entre SKL-M y MTU y no determinará si el precio de compra contiene elementos constitutivos de ayuda.
(72) En cuanto al procedimiento seguido para la elección de MTU como inversor, la Comisión, a la luz de los datos de que dispone, concluye que el BvS se puso en contacto con algunos socios industriales potenciales para SKL-M antes de la firma del acuerdo de cooperación firmado entre ésta y MTU en noviembre de 1997. Sin embargo, SKL-M no fue vendida de forma inmediata a MTU, sino que se pidió a esta última que gestionara las actividades de la primera junto con el BvS y BVT mientras SKL-M estuviera recibiendo ayudas. Asimismo, MTU obtuvo la posibilidad de adquirir ulteriormente las acciones de SKL-M en condiciones ventajosas (véase el considerando 16).
Por tanto, la Comisión sostiene que el procedimiento elegido no es comparable a una licitación abierta. (73) En su respuesta a la incoación del procedimiento, Alemania facilitó una serie de datos sobre MTU de los que se desprendía que entre ambas empresas no había ningún sistema de concentración de tesorería ni de compensación. Por su parte, MTU señaló que las transacciones entre ambas empresas se ajustaron a las condiciones de mercado. También declaró que el know-how adquirido aún no estaba maduro para su comercialización y que se adquirió a un precio acorde con las condiciones de mercado.
MTU sostuvo la misma posición en dos cartas dirigidas al BvS el 1 de octubre y el 21 de noviembre de 2001, de las cuales se enviaron sendas copias a la Comisión. Asimismo, la empresa remitió copia de una carta de 4 de noviembre de 1999, en la cual garantizaba al banco de SKL-M el pago de 6,71 millones de marcos alemanes en caso de adquisición del know-how. En 1998, SKL-M había cedido al banco sus derechos de crédito frente a MTU. Según datos de Alemania, las inversiones realizadas mientras estuvo vigente el acuerdo de cooperación con MTU se mantuvieron en SKL-M una vez finalizada la colaboración.
(74) Por otra parte, Alemania facilitó datos del administrador de la insolvencia de SKL-M según los cuales el know-how desarrollado en común por MTU y SKL-M fue adquirido en junio de 2000 por MTU al precio de 6,71 millones de marcos alemanes. Según estos datos, el desarrollo del know-how ocasionó a SKL-M, previa deducción del precio de compra, unas pérdidas de 5,30 millones de marcos alemanes. (75) Basándose en la información facilitada, la Comisión constata que las inversiones subvencionadas realizadas por SKL-M durante la reestructuración han permanecido en la empresa. Así lo confirma el inventario elaborado por el administrador de la insolvencia cuando incoó el procedimiento.
Asimismo, comprueba que entre SKL-M y MTU no existía ningún sistema de concentración de tesorería ni de compensación. (76) En consecuencia, a juicio de la Comisión, MTU no se ha beneficiado de la ayuda de reestructuración mediante una transferencia financiera directa. (77) A pesar del requerimiento de información remitido con arreglo al apartado 3 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 659/1999 y de un recordatorio enviado el 9 de noviembre de 2001, Alemania no ha facilitado datos suficientes que permitan a la Comisión descartar que MTU se haya beneficiado de forma indirecta, a través del acuerdo de colaboración empresarial, de la ayuda recibida por SKL-M para compensar las pérdidas en la fase de reestructuración.
(78) En consecuencia, la Comisión se ve obligada a adoptar su decisión, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 659/1999, sobre la base de la información disponible. (79) Según el artículo 4 del acuerdo de colaboración empresarial firmado entre SKL-M y MTU en noviembre de 1997, la propiedad industrial aportada por ambas empresas a la cooperación ha de considerarse de valor idéntico. Según su artículo 5, una vez terminada la colaboración empresarial, MTU podrá adquirir el conjunto del know-how desarrollado en aplicación del acuerdo de cooperación a un precio que se determinará en función del coste de desarrollo de dicho know-how.
(80) De la información disponible se deduce que MTU ha hecho uso de la facultad que le otorga el artículo 5 del acuerdo de colaboración empresarial de adquirir el know-how desarrollado con SKL-M en aplicación del acuerdo. (81) El precio abonado por MTU por dicho know-how, que asciende a 6,71 millones de marcos alemanes, se fijó sobre la base de los costes de su desarrollo estimados en 1997. Los costes en que incurrió realmente SKL-M en relación con el desarrollo de este know-how rebasaban el precio de su venta en 5,30 millones de marcos alemanes. Las pérdidas ocasionadas fueron compensadas, al menos en parte, por la ayuda de reestructuración recibida por SKL-M.
(82) Además, la Comisión pone de manifiesto que, a juicio de MTU, el know-how adquirido aún no estaba maduro para su comercialización. MTU mantuvo la misma posición en dos cartas dirigidas al BvS el 1 de octubre y el 21 de noviembre de 2001, de las cuales se remitieron sendas copias a la Comisión el 5 de marzo de 2002. (83) Por otro lado, la Comisión comprueba que MTU ya se había comprometido en noviembre de 1999 con el banco de SKL-M a abonar 6,71 millones de marcos alemanes en caso de que adquiriese el know-how desarrollado en el marco de la cooperación. (84) Asimismo, constata que, al margen de las declaraciones y cartas de MTU mencionadas, Alemania no ha facilitado datos objetivos sobre el valor de mercado, real o estimado, de dicho know-how.
(85) A falta de información objetiva sobre el valor de mercado real o estimado del know-how, la Comisión toma en consideración el coste efectivo de su desarrollo. De la información presentada se deduce que el precio abonado no cubrió los costes de desarrollo del know-how. Por tanto, la Comisión se ve obligada a constatar que la ayuda en cuestión, que estaba destinada a compensar las pérdidas derivadas del desarrollo del know-how, pudo haber sido utilizada más bien en beneficio de MTU, y no, como cabría esperar, de SKL-M. (86) En relación con el hecho de que SKL-M sea una empresa controlada por el Estado, de que la decisión de SKL-M de otorgar una opción de compra para adquirir el know-how a un precio basado en el coste de su desarrollo, asumiendo de tal modo un riesgo económico, no se ajusta al principio del inversor que actúa en condiciones de mercado, y de que la participación de MTU no se ha basado en un procedimiento comparable al de una licitación abierta, la Comisión, de acuerdo con la información de que dispone, considera que la transferencia del know-how podría constituir una transferencia de fondos estatales a MTU por un importe de hasta 5,30 millones de marcos alemanes.
V. CONCLUSIÓN (87) La Comisión concluye que Alemania ha concedido ilegalmente la ayuda en cuestión, en infracción de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 88 del Tratado CE. (88) La ayuda incompatible con el mercado común asciende a un importe de 34,26 millones de euros (67,017 millones de marcos alemanes). Este importe ha de ser reclamado a su beneficiario. La información disponible no permite descartar que MTU se haya beneficiado de la transferencia del know-how, de tal modo que ha de reclamarse a SKL-M y MTU, en tanto que responsables solidarios, un importe de 2,71 millones de euros (5,30 millones de marcos alemanes), el cual representa la diferencia entre el precio abonado y los costes de desarrollo de dicho know-how.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Las ayudas estatales concedidas por Alemania a SKL Motoren- und Systemtechnik GmbH, por un importe de 34,26 millones de euros (67,017 millones de marcos alemanes), son incompatibles con el mercado común. Artículo 2 Se archiva el procedimiento incoado respecto a la medida notificada por Alemania el 22 de marzo de 2000 en relación con un asset deal entre SKL Motoren- und Systemtechnik GmbH y MTU Motoren- und Turbinen-Union Friedrichshafen GmbH. Artículo 3 1. Alemania adoptará todas las medidas necesarias para recuperar las ayudas mencionadas en el artículo 1, que han sido puestas a disposición del beneficiario de forma ilegal.
2. Del importe citado en el artículo 1, se deberá recuperar de SKL Motoren- und Systemtechnik GmbH y MTU Motoren- und Turbinen-Union Friedrichshafen GmbH, en tanto que responsables solidarios, un importe de 2,71 millones de euros (5,30 millones de marcos alemanes). 3. La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho alemán, siempre que éstos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. La ayuda sujeta a la obligación de recuperación devengará intereses a partir de la fecha de su pago al beneficiario y hasta la de su reembolso efectivo.
Los intereses se calcularán sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención en el marco de las ayudas regionales. Artículo 4 Alemania informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma. Artículo 5 El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 9 de abril de 2002. Por la Comisión Mario Monti Miembro de la Comisión (1) DO C 27 de 27.1.2001, p. 5. (2) Véase la nota 1. (3) DO L 83 de 27.3.1999, p.
1. (4) DO L 107 de 30.4.1996, p. 4; véase, en particular, el anexo y los apartados 1 y 6 del artículo 1. (5) Gasto en I+D de 252 millones de marcos alemanes; canon de licencia del 3 % del volumen de negocios total de SKL-M realizado con los productos correspondientes durante un período de 25 años (volumen de negocios total previsto: 3600 millones de marcos alemanes). (6) Panorama de la industria europea 1999. (7) El 28 de marzo de 2001, la Comisión adoptó una Decisión parcialmente negativa sobre las ayudas estatales concedidas a Lintra y sus filiales. Se instó a Alemania a que reclamara a Lintra y sus filiales la devolución de 34,978 millones de marcos alemanes.
En cuanto a SKL-M, la suma de las ayudas abonadas ilegalmente asciende a 8,41 millones de marcos alemanes. (8) DO C 368 de 23.12.1994, p. 12. Estas Directrices se revisaron en 1999, DO C 288 de 9.10.1999, p. 2. La versión de las Directrices de 1999 no es aplicable, pues todas las ayudas fueron concedidas antes de su publicación (véase el punto 7 de la versión de 1999).