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2002/939/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de octubre de 2002, por la que se modifica la Decisión 2002/195/CE relativa al régimen de ayudas instaurado por la Ley n° 81 de la región de Sicilia, de 7 de noviembre de 1995 [notificada con el número C(2002) 3579]

CELEX
32002D0939
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2002-10-02
In force since
2002-12-05
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2002/939/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de octubre de 2002, por la que se modifica la Decisión 2002/195/CE relativa al régimen de ayudas instaurado por la Ley n° 81 de la región de Sicilia, de 7 de noviembre de 1995 [notificada con el número C(2002) 3579] Diario Oficial n° L 329 de 05/12/2002 p. 0032 - 0032 Decisión de la Comisión de 2 de octubre de 2002 por la que se modifica la Decisión 2002/195/CE relativa al régimen de ayudas instaurado por la Ley n° 81 de la región de Sicilia, de 7 de noviembre de 1995 [notificada con el número C(2002) 3579] (El texto en lengua italiana es el único auténtico) (2002/939/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 88, Visto el Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 88 del Tratado CE(1), Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el artículo 1 de la Decisión 2002/195/CE(2), la Comisión ha declarado incompatibles con el mercado común las ayudas previstas en los artículos 4 y 8 de la Ley n° 81 de la región de Sicilia, de 7 de noviembre de 1995 ("la Ley n° 81 de 1995"), en favor de los sectores de la producción, transformación y comercialización de productos del anexo I del Tratado, con exclusión del sector de la pesca y de la acuicultura. Por lo que respecta al sector de la pesca y de la acuicultura, mediante el artículo 3 de la misma Decisión, la Comisión ha emplazado a Italia a comunicarle la lista y la descripción de las medidas de ayuda cuya financiación está prevista en el artículo 9 de la Ley n° 81 de 1995, así como las condiciones precisas de concesión de estas ayudas.

(2) Después de que se le notificara esta Decisión, Italia informó de que la Comisión ya había adoptado, con respecto al sector de la pesca y de la acuicultura, una decisión sobre el régimen de ayudas en cuestión y que dicha decisión le fue notificada mediante la carta SG(97) 6787 de la Comisión, de 7 de junio de 1997, por la que se da por concluido el procedimiento relativo a las ayudas instauradas para este sector por el artículo 9 de la Ley n° 81 de 1995. (3) La Comisión comprueba que, efectivamente, se dio por concluido el procedimiento en relación con la aplicación de este régimen de ayudas al sector de la pesca y que se notificó a Italia la decisión pertinente mediante la citada carta de 7 de junio de 1997.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Queda suprimido el artículo 3 de la Decisión 2002/195/CE. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana. Hecho en Bruselas, el 2 de octubre de 2002. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1. (2) DO L 64 de 7.3.2002, p. 27.

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