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2002/969/CE: Decisión del Consejo, de 26 de noviembre de 2002, relativa a la celebración de un Protocolo adicional, por el que se establece el régimen comercial para el pescado y los productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra

CELEX
32002D0969
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2002-11-26
In force since
2002-11-26
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

2002/969/CE: Decisión del Consejo, de 26 de noviembre de 2002, relativa a la celebración de un Protocolo adicional, por el que se establece el régimen comercial para el pescado y los productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra Diario Oficial n° L 335 de 12/12/2002 p. 0017 - 0028 Decisión del Consejo de 26 de noviembre de 2002 relativa a la celebración de un Protocolo adicional, por el que se establece el régimen comercial para el pescado y los productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra (2002/969/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133 en relación con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 de su artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente:

(1) Es conveniente completar, mediante un Protocolo adicional, el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra(1), con el fin de establecer condiciones preferenciales para la importación en la Comunidad de pescado y productos de la pesca originarios de la República de Bulgaria y para la importación en la República de Bulgaria de determinados pescados y productos de la pesca originarios de la Comunidad. (2) A tal fin, debe añadirse a dicho Acuerdo europeo un nuevo Protocolo que recoja el régimen comercial para el pescado y los productos de la pesca.

(3) Debe aprobarse el Protocolo. DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Protocolo adicional, por el que se establece el régimen comercial para el pescado y los productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Protocolo a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 26 de noviembre de 2002.

Por el Consejo El Presidente B. Bendtsen (1) DO L 358 de 31.12.1994, p. 3.

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