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Decisión de la Comisión, de 07/08/2002 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no COMP/M.2873 - LOGISTA / GESTCAMP / LOGESTA) sobre la base del Reglamento (CEE) n.4064/89 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico)

CELEX
32002M2873
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2002-08-07
In force since
2002-08-07
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Decisión de la Comisión, de 07/08/2002 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no IV/M.2873 - LOGISTA / GESTCAMP / LOGESTA) sobre la base del Reglamento (CEE) n.4064/89 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico) Diario Oficial n° 200 de 23/08/2002 p. 0011 - 0011 Decisión de la Comisión, de 07/08/2002 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no IV/M.2873 - LOGISTA / GESTCAMP / LOGESTA) sobre la base del Reglamento (CEE) n.4064/89 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico) A las partes notificantes Muy Sres.míos:

Asunto: Asunto nº COMP/M.2873 LOGISTA/GESTCAMP/LOGESTA Notificación de 9 de julio de 2002 con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo [1] Publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº C 170 de 16 de julio de 2002 página 18 [1] DO L 395 de 30.12.1989 p. 1; versión rectificada en el DO L 257 de 21.9.1990, p. 13; modificado en última instancia por el Reglamento (CE) nº 1310/97 (DO L 180 de 9.7.1997, p. 1, rectificación en el DO L 40 de 13.2.1998, p. 17).. 1. El 9 de Julio de 2002, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, por la cual las empresas españolas Logista S.A.

(Logista), perteneciente al grupo Altadis y Corporación Gestcamp S.L. (Gestcamp) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de la empresa española Logesta Gestión de Transporte S.A. (Logesta) a través de adquisición de acciones en una empresa común de nueva creación. 2. Ámbito de actividad de las empresas implicadas: - Logista: servicios logísticos relacionados con la distribución de tabaco en España, distribución de tabaco en Portugal, distribución de timbre, signos de franqueo y documentos en España, distribución de publicaciones periódicas en España y Portugal y distribución de libros en España. - Gestcamp: acero, automoción, componentes de automoción, estructuras metálicas y almacenaje. - Logesta: transporte de mercancías por carretera.

3. Tras examinar la notificación, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación notificada entra en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo y de la sección 4(c) de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo [2]. [2] DO C 217de 29.07.2000, p. 32. 4. Por las razones expuestas en la Comunicación sobre el procedimiento simplificado, la Comisión ha decidido no oponerse a la operación notificada y declararla compatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE.

La presente Decisión se adopta en aplicación de la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo. Por la Comisión Christopher PATTEN Miembro de la Comisión (firmado)

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