2003/55/CE: Decisión de la Comisión, de 30 de octubre de 2002, relativa a la ayuda estatal concedido por Italia a Industrie Navali Meccaniche Affini SpA (INMA) (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 4039] Diario Oficial n° L 022 de 25/01/2003 p. 0036 - 0037 Decisión de la Comisión de 30 de octubre de 2002 relativa a la ayuda estatal concedido por Italia a Industrie Navali Meccaniche Affini SpA (INMA) [notificada con el número C(2002) 4039] (El texto en lengua italiana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/55/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular el primer párrafo del apartado 2 del artículo 88, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y, en particular la letra a) del apartado 1 del artículo 62, Tras haber invitado a las partes interesadas a presentar observaciones de conformidad con dichos artículos(1) y vistas las observaciones recibidas, Considerando lo que sigue:
I. PROCEDIMIENTO (1) El 20 de julio de 1999 la Comisión, mediante la adopción de una decisión negativa definitiva en que exigía la restitución de la ayuda en cuestión(2), dio por concluido el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE incoado el 19 de enero de 1999 con respecto a la ayuda concedida por Italia al astillero Industrie Navali Meccaniche Affini SpA (en lo sucesivo, "INMA"). Tras un recurso presentado por el beneficiario, el 26 de febrero del 2002 el Tribunal de Primera Instancia anuló la decisión definitiva de la Comisión(3). Mediante carta de 31 de julio del 2002 Italia facilitó más información.
II. DESCRIPCIÓN (2) La sociedad INMA, establecida en La Spezia, recibió inicialmente de Italia una ayuda financiera bajo forma de garantías y absorción de las pérdidas del grupo público Italia Investimenti SpA (en lo sucesivo, "Itainvest"), que es también el único accionista de INMA. (3) Entre 1987 y 1998 el INMA se benefició de numerosas contribuciones aportadas por el Ministerio de la Marina Mercante y luego del Ministerio de Transportes y Navegación al amparo de las leyes italianas 599/82, 111/85, 234/89 y 132/94. Entre 1996 y 1998 Itainvest aportó garantías en favor de INMA, en particular fianzas relativas a barcos encargados por los armadores Stolt Nielsen, Tirrenia, Pugliola y Corsica Ferries.
Al cierre del ejercicio 1996 las pérdidas de INMA ascendían a 21400 millones de liras italianas (ITL). La asamblea de accionistas del 13 de noviembre de 1997 decidió cubrir tales pérdidas, por un lado con las reservas de la empresa, por un importe de 4680 millones ITL y, por otro, con una aportación de capital de Itainvest por un importe de 16700 millones ITL. La asamblea de accionistas de 24 de marzo de 1998 constató que las cuentas de INMA, cerradas el 30 de noviembre de 1997, ya presentaban pérdidas de 81890 millones ITL. Itainvest cubrió tales pérdidas. En el curso de la asamblea de accionistas del 23 de junio de 1998 las cuentas de INMA revelaron, para el ejercicio 1997, pérdidas totales de 103700 millones ITL.
Itainvest se hizo cargo del saldo aún pendiente de tal importe, lo que supuso 21810 millones ITL. (4) El 6 de noviembre de 1998 INMA fue puesta en liquidación y el administrador judicial fue autorizado a ejecutar los pedidos en curso en el astillero. Tales pedidos fueron completados y los barcos se entregaron a los correspondientes armadores. Desde que el astillero fue puesto en liquidación no se recibieron nuevos pedidos, razón por la que, una vez entregado el último barco el astillero cesó de ejercer cualquier tipo de actividad económica. (5) La ayuda estatal que la Comisión declaró ilegal mediante su decisión negativa del 20 de julio de 1999, fue inscrita en el cuerpo de bienes de la quiebra.
Prescindiendo de los costes administrativos conexos al procedimiento de liquidación, Itainvest, que concedió la ayuda inicialmente, es el único acreedor en la liquidación. (6) El 12 de octubre de 1999, tras la publicación de un anuncio de manifestación de interés por la compra del astillero en cinco periódicos nacionales además de en la prensa europea especializada, entre ella la Lloyds List, el administrador judicial cedió INMA al grupo Rimorchiatori Panfilo& C Srl (Astilleros San Marco), que presentó la oferta más elevada. El precio pagado por las actividades de INMA fue de 8 millones de euros (EUR), muy superior al valor estimado por el experto independiente de 1,1 millones de euros.
Posteriormente, el 17 de noviembre de 2000 INMA fue excluido del registro público de constructores de buques. III. CONCLUSIÓN (7) La Comisión observa que el beneficiario de la ayuda ha puesto punto final a todas sus actividades. Además en el ámbito del procedimiento de liquidación de la sociedad en que el ente liquidador, es decir, Itainvest, era el único verdadero acreedor además de único accionista del deudor, se pidió la restitución de todas las ayudas estatales potencialmente incompatibles. (8) Por tanto la Comisión concluye que todos los potenciales falseamientos de la competencia derivados de la medida ejecutada por Italia en favor de INMA han dejado de ser pertinentes.
(9) Por consiguiente ya no tiene objeto el procedimiento de investigación formal según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado con respecto a la medida en cuestión. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se da por concluido el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado incoado el 19 de enero de 1999 contra Industrie Navali Meccaniche Affini SpA. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana. Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2002. Por la Comisión Mario Monti Miembro de la Comisión (1) DO C 63 de 5.3.1999, p.
2. (2) DO L 83 de 4.4.2000, p. 21. (3) Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 26 de febrero de 2002, asunto T-323/99: Industrie Navali Meccaniche Affini SpA (INMA) e Italia Investimenti SpA (Itainvest) contra Comisión, (Recopilación 2002, p. II-545).