2003/618/CE: Decisión del Consejo, de 18 de febrero de 2003, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia por el que se establece un sistema de doble control sin límites cuantitativos para las exportaciones de la Federación de Rusia a la Comunidad Europea de determinados productos siderúrgicos Diario Oficial n° L 216 de 28/08/2003 p. 0026 - 0026 Decisión del Consejo de 18 de febrero de 2003 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia por el que se establece un sistema de doble control sin límites cuantitativos para las exportaciones de la Federación de Rusia a la Comunidad Europea de determinados productos siderúrgicos (2003/618/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 133 en relación con la primera frase del apartado 2 del artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente:
(1) El Acuerdo de colaboración y cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra(1), entró en vigor el 1 de diciembre de 1997. (2) La Comunidad Europea y la Federación de Rusia acordaron establecer un sistema de doble control para determinados productos siderúrgicos durante el período comprendido entre el 13 de octubre de 1997 y el 31 de diciembre de 1999. Este Acuerdo en forma de Canje de Notas fue aprobado en nombre de la Comunidad Europea en la Decisión 97/741/CE(2). El sistema se prorrogó al período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001 por la Decisión 2000/294/CE(3).
El Reglamento (CE) n° 2135/97(4), prorrogado por el Reglamento (CE) n° 793/2000(5), estableció la legislación comunitaria de ejecución correspondiente. (3) La Comisión ha concluido las negociaciones con vistas a un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia por el que se establece un sistema de doble control sin límites cuantitativos para las exportaciones de la Federación de Rusia a la Comunidad Europea de determinados productos siderúrgicos. DECIDE: Artículo 1 1. Queda aprobado en nombre de la Comunidad Europea el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia por el que se establece un sistema de doble control sin límites cuantitativos para las exportaciones de la Federación de Rusia a la Comunidad Europea de determinados productos siderúrgicos.
2. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2003. Por el Consejo El Presidente N. Christodoulakis (1) DO L 327 de 28.11.1997, p. 3. (2) DO L 300 de 4.11.1997, p. 36. (3) DO L 96 de 18.4.2000, p. 44. (4) DO L 300 de 4.11.1997, p. 1. (5) DO L 96 de 18.4.2000, p. 1.