Decisión de la Comisión, de 03/09/2003 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no IV/M.3256 - LIBERTY INSURANCE / METLIFE IBERIA) sobre la base del Reglamento (CEE) n.4064/89 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico) Diario Oficial n° 215 de 10/09/2003 p. 0002 - 0002 Decisión de la Comisión, de 03/09/2003 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no IV/M.3256 - LIBERTY INSURANCE / METLIFE IBERIA) sobre la base del Reglamento (CEE) n.4064/89 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico) A la parte notificante Muy Sres./Sras. míos/mías:
Asunto: Asunto nº COMP/M. 3256 - Liberty Insurance/Metlife Iberia Notificación de 01.08.2003 con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo [1] Publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea nº C 192, de 14.08.2003, página 36 [1] DO L 395 de 30.12.1989 p. 1; versión rectificada en el DO L 257 de 21.9.1990, p. 13; modificado en última instancia por el Reglamento (CE) nº 1310/97 (DO L 180 de 9.7.1997, p. 1, rectificación en el DO L 40 de 13.2.1998, p. 17). 1. El 01.08.2003, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, por la cual la empresa española Liberty Insurance Group, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.
("Liberty Insurance"), perteneciente al grupo estadounidense Liberty Mutual ("Liberty Mutual"), adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de la totalidad de la compañía española Metlife Iberia, S.A. ("Metlife Iberia"), actualmente controlada por la corporación estadounidense Metlife International Holdings, Inc. ("Metlife International"), a través de adquisición de acciones. 2. Ambito de actividad de las empresas afectadas : - Liberty Insurance : actividades financieras y en el sector de seguros; - Metlife Iberia : actividades en el sector de seguros.
3. Tras examinar la notificación, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación notificada entra en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo y de la sección 4 © de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo [2]. [2] DO C 217de 29.07.2000, p. 32. 4. Por las razones expuestas en la Comunicación sobre el procedimiento simplificado, la Comisión ha decidido no oponerse a la operación notificada y declararla compatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE.
La presente Decisión se adopta en aplicación de la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo. Por la Comisión signed Mario MONTI Miembro de la Comisión