Reglamento (CE) n° 1845/2004 de la Comisión, de 22 de octubre de 2004, por el que se completa el anexo del Reglamento (CE) n° 2400/96 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Tergeste, Lucca, Miele della Lunigiana y Άγιος Ματθαίος Κέρκυρας (Agios Mathaios Kerkyras)]
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Article 1
El anexo del Reglamento (CE) no 2400/96 se complementará con las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento y que se inscribirán en calidad de denominación de origen protegida (DOP) o indicación geográfica protegida (IGP) en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas, previsto en el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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