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Dictamen del Consejo, de 17 de febrero de 2005, sobre el programa de convergencia actualizado de Eslovaquia (2004-2007)

CELEX
32005A0603(10)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2005-02-17
In force since
2005-02-17
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo de 17 de febrero de 2005 sobre el programa de convergencia actualizado de Eslovaquia (2004-2007) (2005/C 136/10) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997 , relativo al refuerzo de la supervisión de las estrategias presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas y, en particular, su artículo 9.3, Vista la Recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN: (1) El 17 de febrero de 2005 , el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Eslovaquia referente al período 2004-2007.

El programa cumple con las exigencias en materia de datos del nuevo Código de conducta relativo al contenido y el formato de los programas de estabilidad y de convergencia. (2) El escenario macroeconómico subyacente en el programa contempla una tasa media de crecimiento del PIB real del 5 %, con una ralentización hasta el 4,5 % en 2005 (debido a una menor contribución del sector exterior) y una aceleración de cerca del 5,5 % en 2007 (coincidiendo con la recuperación prevista de la contribución del sector exterior). Partiendo de la información disponible, este escenario parece reflejar hipótesis de crecimiento verosímiles.

Las previsiones de inflación del programa parecen subestimadas y sólo se realizarán si se contienen estrictamente los efectos secundarios de la elevada inflación registrada en 2004. (3) El 5 de julio 2004 , el Consejo decidió declarar la existencia de un déficit excesivo en Eslovaquia y recomendó su corrección en 2007 más tardar. El programa actualizado persigue la reducción del déficit al valor de referencia del 3 % del PIB en 2007, de conformidad con la recomendación del Consejo en virtud del artículo 104.7 (con exclusión de las contribuciones al régimen de pensiones por capitalización, que se calculan en un 0,4 % del PIB en 2005, un 1,0 % en 2006 y un 1,1 % en 2007).

La reducción del déficit global y del déficit primario se concentra al final del período: se prevé que ambos déficit se mantengan prácticamente constantes, en aproximadamente el 3,8 % y el 1,5 % del PIB, respectivamente, hasta 2006, postergándose hasta 2007 su ajuste global de 0,8 puntos porcentuales. Incluso sin tener en cuenta los efectos derivados de la introducción de un régimen de pensiones por capitalización en 2005, la mayor parte de la reducción del déficit está prevista para los dos últimos años. En comparación con el programa de mayo de 2004, en el cual el ajuste tenía lugar por el lado de los gastos, la actualización prevé una corrección del déficit basada en un control del gasto y un aumento de los ingresos.

A pesar de que el escenario macroeconómico es más favorable, la actualización confirma en gran medida la senda de ajuste prevista en el programa anterior, por lo que resulta menos ambiciosa. Así pues, pese a los considerables avances en materia de saneamiento logrados en el pasado y la incidencia de la reforma del sistema de pensiones, la aceleración de la reducción del déficit, particularmente en 2005, contribuiría a la aplicación de la estrategia de adopción del euro de Eslovaquia, fomentaría la credibilidad presupuestaria en el contexto del MTC II, reforzaría los efectos anticíclicos y podría reducir las tensiones a la apreciación de la moneda.

También sentaría las bases para alcanzar una situación presupuestaria de proximidad al equilibrio o superávit y para lograr un margen de seguridad suficiente que impida que el déficit rebase el valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado en caso de fluctuaciones macroeconómicas normales. (4) Los riesgos de las previsiones presupuestarias contenidas en el programa parecen equilibrados en líneas generales para el período cubierto por el mismo. Habida cuenta de las hipótesis macroeconómicas empleadas, podría darse una subestimación de los ingresos durante todo el período considerado.

Las incertidumbres relativas a las repercusiones de la reforma del sistema de pensiones se compensan. La utilización de los fondos de la UE (y de las cofinanciaciones) podría ser inferior a la presupuestada en 2004-2006, ya que la capacidad de absorción de fondos todavía se está desarrollando. Sin embargo, podría rebasar el importe presupuestado en 2007 si se elimina suficientemente el retraso en la realización de los gastos. Por último, las elecciones parlamentarias previstas para 2006 provocan incertidumbre, sobre todo en lo que se refiere a la medida en que se aplicarán en 2007 las nuevas limitaciones de los gastos.

Estas limitaciones de gastos podrían ser inferiores o superiores a las previstas actualmente. A la luz de la presente evaluación de riesgos, la orientación presupuestaria del programa parece suficiente para reducir el déficit al 3 % del PIB a más tardar en 2007, que es el último año del programa, pero no proporciona margen de seguridad al respecto. (5) Se estima que en 2004 el ratio de deuda alcanzó el 43,0 % del PIB, cifra muy inferior al valor de referencia establecido en el Tratado (60 %). El programa prevé que el ratio de deuda aumente en 2,5 puntos porcentuales durante el período cubierto por el mismo.

(6) Eslovaquia parece hallarse en una posición relativamente favorable en lo que se refiere a la sostenibilidad a largo plazo de su hacienda pública, sobre todo gracias a las reformas estructurales adoptadas, en particular en los ámbitos de las pensiones y del sistema de salud. Sin embargo, su plena aplicación es una condición fundamental, como también lo es el logro del saneamiento presupuestario previsto durante el período del programa y hasta 2010. (7) Las políticas económicas expuestas en la actualización siguen en líneas generales las orientaciones de política económica para Eslovaquia en el área de la hacienda pública.

En particular, Eslovaquia se encuentra en buen camino para corregir su déficit excesivo en el plazo establecido por el Consejo. A la luz de la anterior evaluación y de las recomendaciones formuladas por el Consejo en virtud del artículo 104.7, el Consejo estima que Eslovaquia deberá: i) aprovechar las oportunidades que se le presenten para acelerar la reducción del déficit, particularmente utilizando los ingresos superiores a los previstos, así como los ahorros, por el lado de los gastos, sobre todo en 2005; ii) reforzar el carácter vinculante de los límites máximos de gasto a medio plazo; iii) velar para que los efectos indirectos derivados de la elevada inflación registrada en 2004 no afecten a la senda de convergencia de la inflación prevista en el programa.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias Fuente: Programa de convergencia (PC); previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2004. 2004 2005 2006 2007 PIB real (% variación) PC Nov 2004 5,0 4,5 5,1 5,4 COM Oct 2004 4,9 4,5 5,2 – PC May 2004 4,1 4,3 5,0 4,7 Inflación IPCA (%) PC Nov 2004 7,8 3,3 2,8 2,5 COM Oct2004 7,7 3,9 3,0 – PC May 2004 8,1 4,0 2,9 2,5 Saldo de las administraciones públicas (% del PIB) PC Nov 2004 -3,8 -3,8 -3,9 -3,0 COM Oct 2004 -3,9 -4,0 -4,1 – PC May 2004 -4,0 -3,9 -3,9 -3,0 Saldo primario (% del PIB) PC Nov 2004 -1,5 -1,4 -1,6 -0,7 COM Oct 2004 -1,6 -1,6 -1,8 – PC May 2004 -1,4 -1,1 -1,2 -0,4 Deuda pública bruta (% del PIB) PC Nov 2004 43,0 44,2 45,3 45,5 COM Oct 2004 44,2 45,2 45,9 – PC May 2004 45,1 46,4 46,1 45,5

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