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2005/860/CE: Decisión ACEH/1/2005 del Comité Político y de Seguridad, de 15 de noviembre de 2005 , sobre la creación del Comité de contribuyentes para la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh — MOA)

CELEX
32005D0860
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2005-11-15
In force since
2005-11-15
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Creación

Se crea por la presente Decisión un Comité de contribuyentes para la Misión de Observación de la Unión Europea en Aceh (Indonesia) (Misión de Observación en Aceh-MOA) (denominado en lo sucesivo «el CdC»).

Article 2 Funciones

1 El CdC podrá formular opiniones. El Comité Político y de Seguridad las tendrá en cuenta y ejercerá el control político y la dirección estratégica de la Misión.

2 El mandato del CdC está fijado en el documento «Consulta y modalidades de la contribución de los Estados no miembros de la UE a la gestión civil de las crisis por parte de la UE».

Article 3 Composición

1 Todos los Estados miembros de la UE podrán asistir a los debates del CdC. Sin embargo, sólo los Estados contribuyentes participarán en la gestión cotidiana de la Misión. Los representantes de los terceros Estados que participan en la Misión podrán asistir a las reuniones del CdC. A éstas también podrá asistir un representante de la Comisión y del CPS.

2 El Jefe de la Misión informará periódicamente al CdC.

Article 4 Presidente

Para la Misión mencionada en el artículo 1, el CdC estará presidido, de conformidad con el documento sobre consulta y modalidades citado en el artículo 2, apartado 2, por un representante del Secretario General/Alto Representante, en estrecha consulta con la Presidencia.

Article 5 Reuniones

1 El CdC será convocado periódicamente por su Presidente. Cuando las circunstancias lo requieran, podrán convocarse reuniones urgentes, por iniciativa del Presidente o a petición de un representante de un Estado participante.

2 El Presidente difundirá con antelación un orden del día provisional así como los documentos relativos a la reunión. Deberá transmitir al CPS el resultado de los debates del CdC.

Article 6 Confidencialidad

1 Las normas de seguridad del Consejo se aplicarán a las reuniones y trabajos del CdC. En particular, los representantes en el CdC deberán disponer de las habilitaciones de seguridad adecuadas.

2 Las deliberaciones del CdC estarán sujetas a la obligación de secreto profesional.

Article 7 Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Relations

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