Reglamento (CE) n o 770/2008 de la Comisión, de 1 de agosto de 2008 , que modifica el Reglamento (CE) n o 349/2005 por el que se establecen las normas relativas a la financiación comunitaria de las intervenciones de urgencia y de lucha contra ciertas enfermedades animales contempladas en la Decisión 90/424/CEE del Consejo
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Article 1
«1 El presente Reglamento se aplicará a las participaciones financieras de la Comunidad que reciben los Estados miembros para los gastos subvencionables definidos en los artículos 3, 4 y 5 del presente Reglamento, relativos a las medidas de erradicación de las enfermedades, y en las situaciones contempladas: a) en el artículo 3, apartado 1, y en el artículo 3 bis, apartado 1, de la Decisión 90/424/CEE, con excepción de las enfermedades que afecten a los équidos; b) en el artículo 4, apartados 1 y 2, en el artículo 6, apartado 2, y en el artículo 11, apartado 1, de dicha Decisión.».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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