2012/15/UE: Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2011 , por la que se deroga la Decisión 2011/491/UE del Consejo relativa a la firma en nombre de la Unión Europea y a la aplicación provisional del Protocolo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos
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Article 1
Queda derogada la Decisión 2011/491/UE del Consejo relativa a la firma en nombre de la Unión Europea y a la aplicación provisional del Protocolo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos.
Article 2
El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la persona o personas facultadas para notificar al Reino de Marruecos, de conformidad con el artículo 25, apartado 2, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que la Unión Europea ya no tiene intención de ser parte en el Protocolo. La notificación se efectuará en forma de nota. El texto de la nota se adjunta a la presente Decisión.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 4
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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