2012/430/UE: Decisión del Consejo, de 26 de junio de 2012 , relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en la Comisión Mixta UE-AELC en relación con la adopción de una Decisión por la que se modifica el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que debe adoptar la Unión Europea en la Comisión Mixta UE-AELC sobre el régimen común de tránsito en relación con la adopción por dicha Comisión de la Decisión no XXX por la que se modifica el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito se basará en el proyecto de Decisión adjunto a la presente Decisión. Los representantes de la Unión Europea en la Comisión Mixta UE-AELC podrán acordar modificaciones menores del proyecto de Decisión, tras haber informado debidamente al Consejo.
Article 2
Una vez adoptada, la Comisión publicará la Decisión de la Comisión Mixta UE-AELC sobre el régimen común de tránsito en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Article 1
El apéndice III del Convenio relativo al régimen común de tránsito queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.
Article 2
1 La presente Decisión se aplicará a partir de la fecha de adhesión de Turquía al Convenio.
2 Los formularios a los que se hace referencia en los anexos C1, C2, C3, C4, C5 y C6 del apéndice III podrán continuar utilizándose, previa introducción de las necesarias adaptaciones geográficas o relacionadas con la elección de domicilio o la dirección del mandatario, hasta el final del duodécimo mes posterior a la fecha de aplicación de la presente Decisión, a más tardar.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions