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Reglamento (UE) n ° 653/2012 de la Comisión, de 17 de julio de 2012 , por el que se inicia la reconsideración, en relación con un «nuevo exportador» , del Reglamento (CE) n ° 192/2007 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinado politereftalato de etileno originario, entre otros países, de Taiwán, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de un exportador de ese país y se someten a registro dichas importaciones

CELEX
32012R0653
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2012-07-17
In force since
2012-07-19
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Se inicia una reconsideración del Reglamento (CE) no 192/2007 del Consejo, de conformidad con el artículo 11, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1225/2009, a fin de determinar si, y en qué medida, las importaciones de politereftalato de etileno con un índice de viscosidad igual o superior a 78 ml/g, con arreglo a la norma ISO 1628-5, actualmente clasificado en el código NC 39076020, originario de Taiwán, producido y vendido para la exportación a la Unión por Lealea Enterprise Co., Ltd. (código TARIC adicional A996) deberían estar sujetas al derecho antidumping impuesto por el Reglamento (CE) no 192/2007.

Article 2

Queda derogado el derecho antidumping impuesto por el Reglamento (CE) no 192/2007 del Consejo por lo que respecta a las importaciones mencionadas en el artículo 1 del presente Reglamento.

Article 3

De conformidad con el artículo 11, apartado 4, y el artículo 14, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1225/2009, se ordena a las autoridades aduaneras que adopten las medidas adecuadas para registrar las importaciones en la Unión que se indican en el artículo 1 del presente Reglamento. El registro expirará nueve meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

Article 4

1 Para que sus observaciones puedan ser tomadas en consideración durante la investigación, y salvo que se indique otra cosa, las partes interesadas deberán darse a conocer poniéndose en contacto con la Comisión, presentar sus opiniones por escrito y enviar sus respuestas al cuestionario mencionado en el considerando 11 del presente Reglamento o cualquier otra información que deba tenerse en cuenta en el plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea.

2 Las partes interesadas podrán solicitar asimismo ser oídas por la Comisión en ese mismo plazo de treinta y siete días.

3 Se ruega a las partes interesadas que envíen todas las observaciones y solicitudes en formato electrónico (las no confidenciales por correo electrónico y las confidenciales en CD-R/DVD) e indiquen su nombre, su dirección postal, su dirección de correo electrónico y sus números de teléfono y de fax. No obstante, todo poder notarial y certificado firmado, junto con sus actualizaciones, que acompañen a las respuestas al cuestionario se presentarán en papel, es decir, por correo postal o en mano, en la dirección que figura a continuación. Si una parte interesada no puede presentar sus observaciones y solicitudes en formato electrónico, debe ponerse inmediatamente en contacto con la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 2, del Reglamento de base. Para obtener más información sobre la correspondencia con la Comisión, las partes interesadas pueden consultar la página pertinente en el sitio web de la Dirección General de Comercio: http://ec.europa.eu/trade/tackling-unfair-trade/trade-defence. Todas las observaciones escritas, incluida la información que se solicita en el presente Reglamento, las respuestas al cuestionario y la correspondencia que aporten las partes interesadas con carácter confidencial, deberán llevar la indicación «Limited» (difusión restringida) y, de conformidad con el artículo 19, apartado 2, del Reglamento de base, ir acompañadas de una versión no confidencial, que llevará la indicación «For inspection by interested parties» (para consulta de las partes interesadas). Dirección de la Comisión para la correspondencia: Comisión Europea Dirección General de Comercio Dirección H Despacho: N105 4/92 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Fax: +32 22956505 Correo electrónico: [email protected]

Article 5

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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