Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Decisión 2013/12/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2012 , relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia por el que se crea un marco para la participación de la República de Moldavia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea

CELEX
32013D0012
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2012-10-25
In force since
2012-10-25
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia por el que se crea un marco para la participación de la República de Moldavia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Article 2

Se autoriza al Presidente del Consejo a que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de vincular a la Unión.

Article 3

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 16, apartado 1, del Acuerdo.

Article 4

La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.

Article 1 Decisiones relativas a la participación

1 Una vez que la Unión Europea haya adoptado la decisión de invitar a la República de Moldavia a participar en una operación de gestión de crisis de la UE y una vez que dicho Estado haya decidido participar en ella, ese Estado informará a la Unión Europea sobre la contribución que propone aportar.

2 La evaluación que la Unión Europea hará de la contribución propuesta se llevará a cabo en consulta con la República de Moldavia.

3 La Unión Europea facilitará lo antes posible a la República de Moldavia una primera indicación de la contribución posible a los costes comunes de la operación, con objeto de ayudar a la República de Moldavia a formular su oferta.

4 La Unión Europea comunicará por carta a la República de Moldavia el resultado de la evaluación, con objeto de garantizar su participación, de conformidad con lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Article 2 Marco

1 La República de Moldavia se asociará a la decisión por la que el Consejo de la Unión Europea decida que la Unión Europea va a realizar una operación de gestión de crisis y a cualquier Decisión por la que el Consejo de la Unión Europea decida prorrogar una operación de gestión de crisis de la UE, de conformidad con lo dispuesto en el presente Acuerdo y con las correspondientes normas de aplicación.

2 La contribución de la República de Moldavia a una operación de gestión de crisis de la UE se entenderá sin perjuicio de la autonomía de decisión de la UE.

Article 3 Estatuto del personal y de las fuerzas

1 El estatuto del personal enviado por la República de Moldavia en comisión de servicios a una operación civil de gestión de crisis de la UE y el estatuto de las fuerzas que aporte la República de Moldavia a una operación militar de gestión de crisis de la UE se regirán, si existe, por el acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas o de la misión celebrado entre la Unión Europea y el Estado o los Estados en los que se realice la operación.

2 El estatuto del personal adscrito al cuartel general o a los elementos de mando que se hallen fuera del o de los Estados en los que se realice la operación de gestión de crisis de la UE se regirá por arreglos entre el cuartel general y los elementos de mando interesados y las autoridades competentes de la República de Moldavia.

3 Sin perjuicio de lo dispuesto en el acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas o de la misión citado en el apartado 1, la República de Moldavia tendrá jurisdicción sobre el personal con que contribuya a la operación de gestión de crisis de la UE. En los casos en que las fuerzas de la República de Moldavia operen a bordo de una nave o aeronave de un Estado miembro de la Unión Europea, dicho Estado ejercerá su jurisdicción con arreglo a su legislación y procedimientos internos.

4 La República de Moldavia deberá atender cualquier reclamación relacionada con la participación en una operación de gestión de crisis de la UE que presente un miembro de su personal o que se refiera a él y le corresponderá emprender acciones legales o disciplinarias contra cualquier miembro de su personal, cuando proceda, de conformidad con sus disposiciones legales y reglamentarias.

5 Las Partes acuerdan renunciar a toda reclamación, excepto cuando sea de tipo contractual, ante la otra Parte por daños, pérdidas o destrucción de material perteneciente a cada Parte o utilizado por ella, o por lesiones o muerte de su personal, que resulten del ejercicio de sus funciones oficiales relacionadas con las actividades previstas en el presente Acuerdo, salvo en caso de negligencia grave o de conducta dolosa.

6 La República de Moldavia se compromete a formular una declaración con respecto a la renuncia a presentar reclamaciones contra cualquier Estado que participe en una operación de gestión de crisis de la UE en la que participe la República de Moldavia y a hacerlo en el momento de la firma del presente Acuerdo.

7 La Unión Europea se compromete a garantizar que los Estados miembros de la Unión Europea formulen una declaración con respecto a la renuncia a presentar reclamaciones contra la República de Moldavia en una operación de gestión de crisis de la UE, y a hacerlo en el momento de la firma del presente Acuerdo.

Article 4 Información clasificada

1 La República de Moldavia adoptará las medidas necesarias para garantizar que la información clasificada de la Unión Europea esté protegida de conformidad con las normas de seguridad del Consejo de la Unión Europea, contenidas en la Decisión 2011/292/UE del Consejo, de 31 de marzo de 2011, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la Unión Europea , y con arreglo a otras directrices que puedan emitir las autoridades competentes, tales como el comandante de la operación de la Unión Europea cuando se trate de una operación de gestión militar de crisis de la Unión Europea, o el jefe de la misión de la Unión Europea, cuando se trate de una operación de gestión civil de crisis de la Unión Europea.

2 Cuando la Unión Europea y la República de Moldavia hayan celebrado un acuerdo en materia de procedimientos de seguridad para el intercambio de información clasificada, las disposiciones de dicho acuerdo se aplicarán en el contexto de la operación de gestión civil de crisis de la Unión Europea.

Article 5 Personal en comisión de servicios destinado a una operación de gestión civil de crisis de la UE

1 La República de Moldavia: a) velará por que el personal que destine en comisión de servicios a la operación de gestión civil de crisis de la UE desempeñe su misión en conformidad con: la Decisión del Consejo a que se refiere el artículo 2, apartado 1, así como sus modificaciones posteriores, el plan de la operación, las medidas de aplicación; b) informará a su debido tiempo al jefe de misión de la operación civil de gestión de crisis de la UE (en lo sucesivo, «el jefe de la operación») y al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad («AR») de cualquier cambio en su contribución a dicha operación.

2 El personal enviado en comisión de servicios a la operación civil de gestión de crisis de la UE será sometido a un reconocimiento médico y vacunado por una autoridad médica competente de la República de Moldavia que certificará su aptitud para el servicio. El personal enviado en comisión de servicios a la operación civil de gestión de crisis de la UE presentará una copia de dicho certificado.

Article 6 Cadena de mando

1 El personal enviado en comisión de servicios por el Estado participante ejercerá sus funciones y se conducirá teniendo presentes únicamente los intereses de la operación civil de gestión de crisis de la UE.

2 Todo el personal seguirá estando enteramente a las órdenes de sus autoridades nacionales.

3 Las autoridades nacionales transferirán el mando operativo al Comandante civil de la operación de la Unión Europea.

4 El Comandante civil de la operación asumirá la responsabilidad y ejercerá el mando y el control de la operación civil de gestión de crisis de la Unión Europea en el plano estratégico.

5 El jefe de misión asumirá la responsabilidad y ejercerá el mando y el control de la operación civil de gestión de crisis de la Unión Europea en la zona y asumirá su gestión cotidiana.

6 La República de Moldavia tendrá los mismos derechos y obligaciones en la gestión cotidiana de la operación que los Estados miembros de la Unión Europea que participen en la operación, de conformidad con los instrumentos jurídicos citados en el artículo 2, apartado 1.

7 El jefe de misión será responsable del control disciplinario del personal de la operación. Cuando proceda, la autoridad nacional correspondiente ejercerá las acciones disciplinarias.

8 La República de Moldavia nombrará un punto de contacto del contingente nacional que represente a su contingente nacional en la operación. El punto nacional de contacto responderá ante el jefe de misión en lo relativo a cuestiones nacionales y será responsable de la disciplina cotidiana del contingente.

9 La decisión de terminar la operación será adoptada por la Unión Europea, tras consultar con la República de Moldavia, si esta sigue contribuyendo a la operación civil de gestión de crisis de la UE en su fecha de terminación.

Article 7 Financiación

1 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8, la República de Moldavia asumirá la totalidad de los costes ligados a su participación en la operación, salvo en lo que se refiere a los gastos de funcionamiento, de conformidad con el presupuesto de funcionamiento de la operación.

2 En caso de muertes, lesiones, daños o perjuicios a personas físicas o jurídicas del o de los Estados en que se realice la operación y cuando su responsabilidad haya quedado demostrada, la República de Moldavia pagará las indemnizaciones en las condiciones estipuladas en el acuerdo aplicable sobre estatuto de la misión a que se refiere el artículo 3, apartado 1, del presente Acuerdo.

Article 8 Contribución al presupuesto de funcionamiento

1 La República de Moldavia contribuirá a la financiación del presupuesto de funcionamiento de la operación civil de gestión de crisis de la UE.

2 Esa contribución financiera al presupuesto de funcionamiento se calculará sobre la base de cualesquiera de las dos fórmulas siguientes que arroje el importe menor: a) la parte del importe de referencia que corresponda de forma proporcional a la parte de la renta nacional bruta (RNB) de la República de Moldavia en el total de las RNB de todos los Estados que contribuyen al presupuesto de funcionamiento de la operación, o b) la parte del importe de referencia para el presupuesto de funcionamiento que corresponda de forma proporcional a la parte del personal de la República de Moldavia que participa en la operación en el total del personal de todos los Estados que participan en ella.

3 No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, la República de Moldavia no hará contribución alguna a la financiación de las dietas pagadas al personal de los Estados miembros de la Unión Europea.

4 No obstante lo dispuesto en el apartado 1, la Unión Europea eximirá en principio a la República de Moldavia de contribuir financieramente a una operación civil concreta de gestión de crisis de la UE cuando: a) la Unión Europea decida que la República de Moldavia brinda una contribución significativa que es esencial para dicha operación, o b) la RNB per capita de la República de Moldavia no supere la de ningún Estado miembro de la Unión Europea.

5 Se firmará un acuerdo entre el jefe de misión y las correspondientes autoridades administrativas de la República de Moldavia sobre el pago de las contribuciones de la República de Moldavia al presupuesto de funcionamiento de la operación civil de gestión de crisis de la UE. En dicho acuerdo figurarán, entre otras, disposiciones sobre las siguientes cuestiones: a) la cantidad de que se trate, b) los mecanismos de pago de la contribución financiera, c) el procedimiento de auditoría.

Article 9 Participación en la operación militar de gestión de crisis de la UE

1 La República de Moldavia velará por que las fuerzas y el personal con que contribuya a la operación militar de gestión de crisis de la UE desempeñen su misión en conformidad con: a) la decisión del Consejo a que se refiere el artículo 2, apartado 1, así como sus modificaciones posteriores; b) el plan de la operación; c) las medidas de aplicación.

2 El personal enviado en comisión de servicios por la República de Moldavia ejercerá sus funciones y se conducirá teniendo presentes únicamente los intereses de la operación militar de gestión de crisis de la UE.

3 La República de Moldavia informará a su debido tiempo al comandante de la operación de la UE de cualquier cambio en su participación en dicha operación.

Article 10 Cadena de mando

1 Todas las fuerzas y el personal que participen en la operación militar de gestión de crisis de la UE seguirán estando enteramente a las órdenes de sus autoridades nacionales.

2 Las autoridades nacionales traspasarán el mando o control operativo y táctico de sus fuerzas y de su personal al comandante de la operación de la UE, que podrá delegar su autoridad.

3 La República de Moldavia tendrá los mismos derechos y obligaciones en la gestión cotidiana de la operación que los Estados miembros de la Unión Europea que participen en ella.

4 El comandante de la operación de la UE podrá pedir en cualquier momento, previa consulta con la República de Moldavia, la retirada de la contribución de este país.

5 La República de Moldavia nombrará un alto representante militar («ARM»), que representará a su contingente nacional en la operación militar de gestión de crisis de la UE. El ARM consultará con el comandante de la fuerza de la UE todas las cuestiones relacionadas con la operación y será el responsable de la disciplina cotidiana del contingente de la República de Moldavia.

Article 11 Financiación

1 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 del presente Acuerdo, la República de Moldavia asumirá la totalidad de los costes ligados a su participación en la operación, salvo que los costes sean objeto de financiación común, conforme a lo dispuesto en los instrumentos jurídicos citados en el artículo 2, apartado 1, así como en la Decisión 2011/871/PESC del Consejo, de 19 de diciembre de 2011, por la que se crea un mecanismo para administrar la financiación de los costes comunes de las operaciones de la Unión Europea que tengan repercusiones en el ámbito militar o de la defensa (ATHENA) .

2 En caso de muertes, lesiones, daños o perjuicios a personas físicas o jurídicas del o de los Estados en que se realice la operación y cuando su responsabilidad haya quedado demostrada, la República de Moldavia pagará las indemnizaciones en las condiciones estipuladas en el acuerdo aplicable sobre estatuto de las fuerzas a que se refiere el artículo 3, apartado 1, del presente Acuerdo.

Article 12 Contribución a los costes comunes

1 La República de Moldavia contribuirá a la financiación de los costes comunes de la operación militar de gestión de crisis de la UE.

2 Esa contribución financiera a los costes comunes se calculará sobre la base de cualesquiera de las dos fórmulas siguientes que arroje el importe menor: a) la parte de los costes comunes que corresponda de forma proporcional a la parte de la renta nacional bruta (RNB) de la República de Moldavia en el total de las RNB de todos los Estados que contribuyan a los costes comunes de la operación, o b) la parte de los costes comunes que corresponda de forma proporcional a la parte del personal de la República de Moldavia que participa en la operación en el total del personal de todos los Estados que participan en ella. Si la fórmula utilizada es la enunciada en la letra b), párrafo primero, y la República de Moldavia contribuye solo con personal al cuartel general de la operación o de la fuerza, la parte manejada será la de su personal en el total del personal de los cuarteles generales respectivos. En otros casos, la parte será la de todo el personal con que contribuya la República de Moldavia en el total del personal de la operación.

3 No obstante lo dispuesto en el apartado 1 anterior, la Unión Europea eximirá en principio a la República de Moldavia de contribuir financieramente a los costes comunes de una operación concreta de gestión militar de crisis de la UE cuando: a) la Unión Europea decida que la República de Moldavia brinda en medios o capacidades una contribución significativa que es esencial para dicha operación, o b) la RNB per capita de la República de Moldavia no supere la de ningún Estado miembro de la Unión Europea.

4 Se celebrará un acuerdo con el administrador a que se refiere la Decisión 2011/871/PESC del Consejo y las autoridades administrativas competentes de la República de Moldavia. En dicho acuerdo figurarán, entre otras, disposiciones sobre las siguientes cuestiones: a) la cantidad de que se trate, b) los mecanismos de pago de la contribución financiera, c) el procedimiento de auditoría.

Article 13 Disposiciones para la aplicación del Acuerdo

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8, apartado 5, y en el artículo 12, apartado 4, toda norma técnica y administrativa necesaria para la aplicación del presente Acuerdo que se considere necesaria deberá ser acordada entre las correspondientes autoridades de la Unión Europea y las correspondientes autoridades de la República de Moldavia.

Article 14 Incumplimiento

Si una de las Partes incumpliera las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo, la otra Parte tendrá derecho a poner término al presente Acuerdo, notificándolo por escrito con un mes de antelación.

Article 15 Resolución de litigios

Los litigios sobre la interpretación o aplicación del presente Acuerdo serán resueltos por cauces diplomáticos entre las Partes.

Article 16 Entrada en vigor

1 El presente Acuerdo entrará en vigor el primer día del primer mes siguiente a la fecha en que las Partes se hayan notificado la conclusión de los procedimientos jurídicos internos necesarios para su entrada en vigor.

2 El presente Acuerdo será revisado periódicamente.

3 El presente Acuerdo podrá modificarse mediante acuerdo escrito de las Partes. Las modificaciones entrarán en vigor de conformidad con el procedimiento dispuesto en el apartado 1.

4 El presente Acuerdo podrá ser denunciado por una de las Partes mediante la entrega de la notificación escrita de la denuncia a la otra Parte. La denuncia surtirá efecto a los seis meses de la recepción de la notificación por la otra Parte.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions