2013/679/UE: Decisión de Ejecución del Consejo, de 15 de noviembre de 2013 , por la que se modifica la Decisión 2007/441/CE, por la que se autoriza a la República Italiana a aplicar medidas de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en el artículo 168 de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
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Article 6
Cualquier solicitud de prórroga de las medidas previstas en la presente Decisión se remitirá a la Comisión con plazo hasta el 1 de abril de 2016. Cualquier solicitud de prórroga de dichas medidas irá acompañada de un informe que incluya un estudio de la limitación porcentual del derecho de deducción del IVA aplicado al gasto relacionado con los vehículos automóviles no utilizados íntegramente con fines profesionales.».
Article 7
La presente Decisión expirará en la fecha en que entren en vigor normas de la Unión que determinen el gasto relacionado con vehículos automóviles que no dé derecho a una deducción completa del impuesto sobre el valor añadido, y, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2016 a más tardar.».
Article 2
La presente Decisión surtirá efecto a partir del día de su notificación. La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión es la República Italiana.
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