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Reglamento (UE) n ° 519/2013 de la Comisión, de 21 de febrero de 2013 , por el que se adaptan determinados reglamentos y decisiones en los ámbitos de la libre circulación de mercancías, la libre circulación de personas, el derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios, el derecho de sociedades, la política de competencia, la agricultura, la seguridad alimentaria, la política veterinaria y fitosanitaria, la pesca, la política de transportes, la energía, la fiscalidad, las estadísticas, la política social y de empleo, el medio ambiente, la unión aduanera, las relaciones exteriores y la política exterior y de seguridad y defensa, con motivo de la adhesión de Croacia

CELEX
32013R0519
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2013-02-21
In force since
2013-07-01
End of validity
2024-03-06
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Los siguientes reglamentos quedan modificados con arreglo a lo establecido en el anexo: en el ámbito de la libre circulación de mercancías: los Reglamentos (CE) no 1474/2000, (CE) no 1488/2001, (CE) no 706/2007, (CE) no 692/2008, (UE) no 406/2010, (UE) no 578/2010, (UE) no 1008/2010, (UE) no 109/2011, (UE) no 286/2011 y (UE) no 582/2011, en el ámbito de la política de competencia: los Reglamentos (CE) no 773/2004 y (CE) no 802/2004, en el ámbito de la agricultura: los Reglamentos (CEE) no 120/89, (CE) no 1439/95, (CE) no 2390/98, (CE) no 2298/2001, (CE) no 2535/2001, (CE) no 462/2003, (CE) no 1342/2003, (CE) no 1518/2003, (CE) no 793/2006, (CE) no 951/2006, (CE) no 972/2006, (CE) no 1850/2006, (CE) no 1898/2006, (CE) no 1301/2006, (CE) no 1964/2006, (CE) no 341/2007, (CE) no 533/2007, (CE) no 536/2007, (CE) no 539/2007, (CE) no 616/2007, (CE) no 1216/2007, (CE) no 1385/2007, (CE) no 376/2008, (CE) no 402/2008, (CE) no 491/2008, (CE) no 543/2008, (CE) no 555/2008, (EC) no 589/2008, (CE) no 617/2008, (CE) no 619/2008, (CE) no 720/2008, (CE) no 889/2008, (CE) no 1235/2008, (CE) no 1295/2008, (CE) no 1296/2008, (CE) no 147/2009, (CE) no 436/2009, (CE) no 442/2009, (CE) no 607/2009, (CE) no 612/2009, (CE) no 828/2009, (CE) no 891/2009, (CE) no 1187/2009, (UE) no 1272/2009, (UE) no 1274/2009, (UE) no 234/2010, (UE) no 817/2010, y los Reglamentos de Ejecución (UE) no 543/2011, (UE) no 1273/2011, (UE) no 29/2012 y (UE) no 480/2012, en el ámbito de la seguridad alimentaria, la política veterinaria y fitosanitaria: los Reglamentos (CE) no 136/2004, (CE) no 911/2004, (CE) no 504/2008, (CE) no 798/2008, (CE) no 1251/2008, (CE) no 1291/2008, (CE) no 206/2009, (UE) no 206/2010, (UE) no 605/2010 y (UE) no 547/2011, en el ámbito de la pesca: los Reglamentos (CE) no 2065/2001, (CE) no 2306/2002 y (CE) no 248/2009, en el ámbito de la política de transportes: el Reglamento (UE) no 36/2010, en el ámbito de la energía: los Reglamentos (Euratom) no 302/2005 y (CE) no 1635/2006, en el ámbito de la fiscalidad: el Reglamento (CE) no 684/2009 y el Reglamento de Ejecución (UE) no 79/2012, en el ámbito de las estadísticas: los Reglamentos (CE) no 1358/2003, (CE) no 772/2005, (CE) no 617/2008, (CE) no 250/2009, (CE) no 251/2009, (UE) no 88/2011 y (UE) no 555/2012, en el ámbito del medio ambiente: el Reglamento de Ejecución (CE) no 757/2012, en el ámbito de la unión aduanera: los Reglamentos (CEE) no 2454/93, (CE) no 1891/1224 y los Reglamentos de Ejecución (UE) no 1224/2011 y (UE) no 1225/2011, en el ámbito de las relaciones exteriores: los Reglamentos (CE) no 3168/94 y (CE) no 1418/2007.

2 Las siguientes Decisiones quedan modificadas con arreglo a lo establecido en el anexo: en el ámbito de la libre circulación de personas: la Decisión 2001/548/CE, en el ámbito del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios: la Decisión 2009/767/CE, en el ámbito del derecho de sociedades: la Decisión 2011/30/UE, en el ámbito de la seguridad alimentaria, la política veterinaria y fitosanitaria: las Decisiones 92/260/CEE, 93/195/CEE, 93/196/CEE, 93/197/CEE, 97/4/CE, 97/252/CE, 97/467/CE, 97/468/CE, 97/569/CE, 98/179/CE, 98/536/CE, 1999/120/CE, 1999/710/CE, 2001/556/CE, 2004/211/CE, 2006/168/CE, 2006/766/CE, 2006/778/CE, 2007/25/CE, 2007/453/CE, 2007/777/CE, 2009/821/CE, 2010/472/UE, 2011/163/UE y la Decisión de Ejecución 2011/630/UE, en el ámbito de la pesca: la Decisión de Ejecución 2011/207/UE, en el ámbito de la política de transportes: la Decisión 2007/756/CE, en el ámbito de las estadísticas: las Decisiones 91/450/CEE, Euratom y 2008/861/CE, en el ámbito de la política social y el empleo: las Decisiones 98/500/CE y 2008/590/CE, en el ámbito del medio ambiente: las Decisiones 2000/657/CE, 2001/852/CE, 2003/508/CE, 2004/382/CE, 2005/416/CE, 2005/814/CE, 2009/875/CE, 2009/966/CE y la Decisión de Ejecución 2012/C 177/05, en el ámbito de la política exterior y de seguridad y defensa: la Decisión no 2001/844/CE, CECA, Euratom.

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor, a reserva de la entrada en vigor del Tratado de Adhesión de la República de Croacia, en la fecha de entrada en vigor de dicho Tratado.

Relations

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