Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1060/2013 de la Comisión, de 29 de octubre de 2013 , relativo a la autorización de la bentonita como aditivo en piensos para todas las especies animales Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
En las condiciones establecidas en los anexos, se autoriza la bentonita especificada en los anexos como aditivo en la alimentación animal, perteneciente a la categoría de «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional «reductores de la contaminación de los piensos por micotoxinas», «aglutinantes», «antiaglomerantes» y «sustancias para el control de la contaminación por radionucleidos».
Article 2
Podrá seguir comercializándose y utilizándose, hasta que se agoten las existencias, el aditivo especificado en el anexo II perteneciente a los grupos funcionales de los aglutinantes y los antiaglomerantes, así como los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 19 de noviembre de 2015, de conformidad con las normas aplicables antes del 19 de noviembre de 2013.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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