2014/25/UE: Decisión de la Comisión, de 17 de enero de 2014 , relativa a la notificación por la República Eslovaca del plan nacional transitorio a que se refiere el artículo 32 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las emisiones industriales [notificada con el número C(2014) 59]
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Article 1
1 Sobre la base del artículo 32, apartados 1, 3 y 4, de la Directiva 2010/75/UE y de la Decisión de Ejecución 2012/115/UE, no se plantean objeciones al plan nacional transitorio que la República Eslovaca notificó a la Comisión el 8 de enero de 2013 de conformidad con el artículo 32, apartado 5, de la Directiva 2010/75/UE, en su versión modificada con arreglo a la información adicional enviada el 27 de junio de 2013, el 16 de agosto de 2013, el 30 de septiembre de 2013 y el 17 de octubre de 2013 .
2 La lista de las instalaciones contempladas en el plan nacional transitorio, los contaminantes respecto a los cuales esas instalaciones están cubiertas y los techos de emisión aplicables figuran en el anexo.
3 La aplicación del plan nacional transitorio por las autoridades eslovacas no dispensará a la República Eslovaca del cumplimiento de las disposiciones de la Directiva 2010/75/UE, por lo que respecta a las emisiones de cada instalación de combustión cubierta por el plan, y de otros actos pertinentes del Derecho ambiental de la Unión Europea.
Article 2
La Comisión evaluará si cualquier cambio posterior del plan nacional transitorio que la República Eslovaca notifique en el futuro se ajusta a las disposiciones mencionadas en el artículo 32, apartados 1, 3 y 4, de la Directiva 2010/75/UE y en la Decisión de Ejecución 2012/115/UE.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión será la República Eslovaca.
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