Recomendación del Consejo de 8 de julio de 2014 relativa al Programa Nacional de Reformas de 2014 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de los Países Bajos de 2014 2014/C 247/17 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4, Visto el Reglamento (CE) n o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997 , relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas , y, en particular, su artículo 5, apartado 2, Visto el Reglamento (UE) n o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 , relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos , y, en particular, su artículo 6, apartado 1, Vista la Recomendación de la Comisión Europea, Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo, Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo, Visto el dictamen del Comité de Empleo, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, Visto el dictamen del Comité de Protección Social, Visto el dictamen del Comité de Política Económica, Considerando lo siguiente:
(1) El 26 de marzo de 2010 , el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de poner en marcha una nueva estrategia para el crecimiento y el empleo, Europa 2020, basada en una mayor coordinación de las políticas económicas, que se centra en los ámbitos fundamentales en los que es necesario actuar para reforzar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de Europa. (2) El 13 de julio de 2010 , basándose en las propuestas de la Comisión, el Consejo adoptó una Recomendación sobre las directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010 , una Decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros , que juntas forman las « directrices integradas » .
Se ha invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las directrices integradas en sus políticas económicas y de empleo. (3) El 29 de junio de 2012 , los jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros acordaron un Pacto para el Crecimiento y el Empleo, que establece un marco coherente de actuación a nivel nacional, de la UE y de la zona del euro utilizando todos los resortes, instrumentos y políticas posibles. Decidieron las acciones que debían emprenderse en los Estados miembros, expresando en particular su total compromiso para lograr los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y aplicar las recomendaciones específicas para cada país.
(4) El 9 de julio de 2013 , el Consejo aprobó una Recomendación relativa al Programa Nacional de Reformas de 2013 de los Países Bajos y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad actualizado de los Países Bajos para 2012-2017. El 15 de noviembre de 2013 , de conformidad con el Reglamento (UE) n o 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo , la Comisión emitió su dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario de los Países Bajos para 2014. (5) El 13 de noviembre de 2013 , la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2014 para la coordinación de las políticas económicas.
También el 13 de noviembre de 2013 , la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que serían objeto de un examen exhaustivo. (6) El 20 de diciembre de 2013 , el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera y el saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a fomentar el crecimiento. Hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento presupuestario diferenciado que propicie el crecimiento, restablecer la normalidad en la concesión de crédito a la economía, promover el crecimiento y la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la Administración pública.
(7) El 5 de marzo de 2014 , la Comisión publicó los resultados de su examen exhaustivo relativo a los Países Bajos, realizado en aplicación del artículo 5 del Reglamento (UE) n o 1176/2011. Sobre la base de este análisis, la Comisión ha llegado a la conclusión de que los Países Bajos siguen experimentando desequilibrios macroeconómicos, que requieren supervisión y medidas estratégicas. En particular, es preciso supervisar la evolución macroeconómica con relación a la deuda del sector privado y el proceso de desapalancamiento, junto con las ineficiencias que subsisten en el mercado inmobiliario.
Aunque un gran superávit por cuenta corriente no representa un riesgo similar al de un gran déficit, y está en parte vinculado a la necesidad de desapalancamiento, la Comisión seguirá la evolución de la balanza por cuenta corriente en los Países Bajos en el contexto del Semestre Europeo. (8) El 29 de abril de 2014 , los Países Bajos presentaron su Programa Nacional de Reformas de 2014, y el 30 de abril de 2014 , su Programa de Estabilidad de 2014. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. (9) El objetivo de la estrategia presupuestaria señalado en el Programa de Estabilidad de 2014 es garantizar que la corrección del déficit excesivo en 2013 resulta sostenible, y alcanzar una situación presupuestaria próxima al objetivo presupuestario a medio plazo de aquí a 2015.
El objetivo presupuestario a medio plazo es un déficit estructural igual o inferior al 0,5 % del PIB, en consonancia con los requisitos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Se aplicaron importantes medidas presupuestarias adicionales, pero el saldo estructural (recalculado) está llamado a mantenerse constante en 2014 con respecto a 2013, lo que apunta a un considerable desvío con respecto al ajuste mínimo necesario del 0,5 % del PIB. En 2015, el saldo estructural (recalculado) debería mejorar en 0,3 puntos porcentuales del PIB. El gasto crecería a un ritmo conforme al valor de referencia para el gasto tanto en 2014 como en 2015.
Tras una evaluación global de la estrategia presupuestaria de los Países Bajos, la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo se atiene en parte a los requisitos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Según el Programa de Estabilidad, la deuda pública bruta se estabilizará en 2015 y disminuirá a partir de ese momento. El escenario macroeconómico en que se basan las previsiones presupuestarias del Programa de Estabilidad, elaborado por un organismo neerlandés independiente (la Oficina de Análisis de la Política Económica), es verosímil. Los riesgos que pesan sobre los objetivos presupuestarios parecen considerables, pero equilibrados en líneas generales.
Las previsiones de la primavera de 2014 de los servicios la Comisión predicen una estabilización del saldo estructural en 2014 y una mejora del 0,5 % del PIB en 2015. Según las previsiones de la Comisión, los Países Bajos respetarán el valor de referencia para el gasto en 2014, pero no en 2015. Para reforzar el potencial de crecimiento de los Países Bajos, es de capital importancia que la consolidación necesaria salvaguarde el gasto favorable al crecimiento, como el destinado a la innovación y la investigación, incluyendo la investigación fundamental, la enseñanza y la formación. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad y las previsiones de la Comisión, con arreglo al Reglamento (CE) n o 1466/97, el Consejo estima que los Países Bajos han situado de manera sostenible su déficit de las administraciones públicas por debajo del 3 % del PIB en 2013, pero corren el riesgo de desviarse considerablemente de los requisitos del componente preventivo a partir de 2014.
(10) Un reto fundamental lo constituye el mercado inmobiliario, en el que se han ido acumulando durante décadas rigideces y factores de distorsión, configurando en ese sector unas pautas particulares de financiación y ahorro. La tendencia de los hogares a contraer deudas hipotecarias brutas con la garantía de su patrimonio inmobiliario se explica, en gran medida, por unos incentivos fiscales de los que disfrutan desde hace mucho tiempo, especialmente la deducibilidad fiscal total de los intereses hipotecarios. Desde abril de 2012, se han aplicado una serie de medidas para abordar en parte el problema que suponen estos incentivos.
Algunas de esas medidas implican un ajuste del tratamiento fiscal que se otorga a la financiación de la vivienda. La transición paulatina a una deducibilidad fiscal limitada de los intereses hipotecarios y a mayores incentivos en materia de amortización está justificada, pero la introducción progresiva de esta medida es demasiado lenta para influir de forma significativa en los comportamientos de amortización. La ratio entre el importe del préstamo y el valor del bien inmueble del 100 % que se debería alcanzar en 2018 sigue siendo elevada. El mercado del alquiler se encuentra limitado por la reglamentación y por la presencia de un sector de la vivienda social muy importante, que también ha de hacer frente a largas listas de espera.
La introducción reciente de cierta diferenciación en los alquileres de esas viviendas sociales, en función de la renta, supone un paso en la dirección adecuada, si bien su impacto es limitado. Las empresas dedicadas a la vivienda social aún pueden construir viviendas con un alquiler mensual superior al límite de alquiler fijado para las viviendas sociales. Aunque las recomendaciones de 2013 aconsejaban hacer hincapié en el apoyo a los hogares más necesitados, esta reorientación está aún en curso. Por consiguiente, si bien es cierto que las medidas propuestas se inscriben en la senda adecuada, el ritmo general de las reformas para resolver los problemas subyacentes es lento y debe acelerarse cuando la economía lo permita, sin que por ello deje de garantizarse el acceso a la vivienda social a los ciudadanos desfavorecidos que no pueden acceder a una vivienda en condiciones de mercado, incluso en lugares de alta demanda.
(11) Se ha mejorado la sostenibilidad a largo plazo del sistema de pensiones mediante el incremento gradual de la edad legal de jubilación, que pasará de los 65 años en 2012 a los 67 años en 2023. Los Países Bajos han emprendido una reforma completa de los pilares público y privado del sistema de pensiones y del sistema de asistencia de larga duración. Esto se complementa con reformas que animan a los trabajadores de mayor edad a trabajar durante más tiempo y que pretenden incrementar la movilidad del mercado laboral. Las reformas de la asistencia de larga duración trasladaron la responsabilidad a los municipios, reduciendo con ello el gasto global y en aras de una mayor eficiencia.
Algunos componentes de estas importantes reformas aún no se han adoptado. Los retos pendientes incluyen una distribución intra e intergeneracional de los costes y riesgos, y es preciso supervisar la calidad y la accesibilidad de la asistencia de larga duración. La aplicación de los planes que hay previstos para reformar la asistencia de larga duración contribuiría a limitar los costes galopantes que genera el envejecimiento y, por tanto, a aumentar la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este sentido, la calidad y la accesibilidad de la asistencia de larga duración debería mantenerse a un nivel adecuado.
(12) Las reformas del mercado de trabajo propuestas por el Gobierno tienen por objeto incrementar la participación y la movilidad laboral. La Ley de Participación tiene por objeto fomentar la participación en el mercado de trabajo. No obstante, las reformas aún no se han incorporado en la legislación. Además, se precisan medidas adicionales para reducir la falta de incentivos fiscales en favor del trabajo y para mejorar la empleabilidad de las personas situadas al margen del mercado laboral, en particular por lo que se refiere a las mujeres, las personas de origen inmigrante, las personas con discapacidad y las personas mayores.
Los Países Bajos han anunciado la reforma del régimen de prestaciones por desempleo y de su relativamente estricta legislación sobre protección del empleo, en particular mediante un aliciente fiscal destinado a incrementar la participación. No obstante, aunque estas medidas apuntan en la dirección correcta, no pueden evaluarse plenamente hasta después de su aplicación efectiva. Acelerar la supresión de los factores que aún disuaden a la segunda persona que contribuye a los ingresos familiares de aumentar el número de horas trabajadas permitiría atenuar la futura escasez de mano de obra.
Por último, hacer un mejor uso de la flexibilidad existente en el marco institucional para propiciar unos aumentos salariales más diferenciados puede beneficiar a la renta familiar global y, por lo tanto, favorecer la demanda interna sin causar perjuicio a la competitividad. (13) En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de los Países Bajos, ha evaluado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad, y ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y socioeconómica de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales.
Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. (14) A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de los Países Bajos, y su dictamen se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. (15) A la luz del examen exhaustivo de la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad de los Países Bajos. Sus recomendaciones, emitidas en virtud del artículo 6 del Reglamento n o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 2 y 4 que figuran a continuación.
(16) En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión también ha efectuado un análisis global de la política económica de la zona del euro, sobre cuya base el Consejo ha emitido recomendaciones específicas dirigidas a los Estados miembros cuya moneda es el euro . Los Países Bajos, en tanto que país cuya moneda es el euro, deben asimismo asegurar la plena aplicación de estas recomendaciones dentro de los plazos previstos. RECOMIENDA que los Países Bajos tomen medidas en el período 2014-2015 a fin de: 1. Reforzar, tras la corrección del déficit excesivo, las medidas presupuestarias aplicables en 2014 a la luz de la brecha emergente del 0,5 % del PIB sobre la base de las previsiones de la primavera de 2014 de los servicios de la Comisión, que evidencian un riesgo de desviación significativa con respecto al componente preventivo de los requisitos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
En 2015, reforzar significativamente la estrategia presupuestaria para garantizar que se alcanza el objetivo presupuestario a medio plazo, y se mantiene en lo sucesivo, y garantizar que se cumpla la norma en materia de deuda, lo que permitirá mantener el ratio de deuda pública en una tendencia a la baja sostenida. Proteger el gasto en los ámbitos que afectan directamente al crecimiento, como los de la enseñanza, la innovación y la investigación. 2. Cuando lo permita el entorno económico, intensificar los esfuerzos de reforma del mercado inmobiliario, acelerando la reducción de la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios, instaurando en el mercado del alquiler un mecanismo de fijación de precios más orientado al mercado, y vinculando en mayor medida los alquileres a la renta familiar en el sector de la vivienda social.
Supervisar los efectos de las reformas desarrolladas en el ámbito de la vivienda social en términos de accesibilidad y asequibilidad para los hogares con bajos ingresos. Proseguir los esfuerzos destinados a poner en mayor medida las políticas de vivienda social al servicio de los hogares más necesitados. 3. Emprender la reforma del segundo pilar del sistema de pensiones, garantizando una distribución intra e intergeneracional apropiada de los costes y riesgos. Respaldar el incremento gradual de la edad legal de jubilación con medidas dirigidas a mejorar la empleabilidad de los trabajadores de mayor edad.
Emprender en el ámbito de la asistencia de larga duración la reforma prevista con vistas a garantizar la sostenibilidad, sin renunciar a garantizar un acceso equitativo y la calidad de los servicios, y supervisar sus efectos. 4. Adoptar nuevas medidas para potenciar la participación en el mercado de trabajo, especialmente entre las personas situadas en sus márgenes, y reducir los factores fiscales que desincentivan el trabajo. Emprender la reforma de la legislación sobre protección del empleo y del sistema de prestaciones por desempleo, y seguir combatiendo las rigideces del mercado laboral.
Previa consulta de los interlocutores sociales y de acuerdo con la práctica nacional, permitir unos aumentos salariales más diferenciados, haciendo pleno uso del marco institucional existente. Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2014 . Por el Consejo El Presidente P. C. Padoan