Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Reglamento de Ejecución (UE) n °366/2014 de la Comisión, de 7 de abril de 2014 , por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n ° 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

CELEX
32014R0366
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2014-04-07
In force since
2014-05-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

La segunda parte de la nomenclatura combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 queda modificada como sigue: 1) En el capítulo 13 se inserta la siguiente nota complementaria 1: «1. Las mezclas de materias pécticas y azúcar con un contenido de azúcar superior al 90 % en peso, calculado sobre materia seca, no deben clasificarse en la subpartida 130220, sino, en principio, en el capítulo 17, ya que se considera que el azúcar determina el carácter del producto.». 2) En el capítulo 17 se inserta la siguiente nota complementaria 8: «8. En toda la nomenclatura combinada, las mezclas de azúcar con pequeñas cantidades de otras sustancias se clasifican en el capítulo 17, salvo que tengan el carácter de una preparación clasificada en otra parte.». 3) En el capítulo 21 se inserta la siguiente nota complementaria 6: «6. Las preparaciones a base de café, té o yerba mate, o sus extractos, esencias y concentrados, con un contenido de azúcar igual o superior al 97 % en peso, calculado sobre materia seca, no deben clasificarse en la partida 2101, sino, en principio, en el capítulo 17. El carácter de esos productos ha dejado de determinarse en función del café, el té o la yerba mate, o los extractos, esencias y concentrados de los mismos.».

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions