Reglamento (UE) n °1136/2014 de la Comisión, de 24 de octubre de 2014 , por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 283/2013 en lo relativo a las medidas transitorias que se aplican a los procedimientos relativos a los productos fitosanitarios Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
«1 En el caso de las solicitudes de autorización a que hace referencia el artículo 28 del Reglamento (CE) no 1107/2009 y que tengan por objeto productos fitosanitarios que contengan una o más sustancias activas para las cuales los expedientes se hayan presentado de conformidad con el artículo 3 o para las cuales no se haya renovado la aprobación de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) no 1107/2009 y con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) no 844/2012 de la Comisión , el Reglamento (UE) no 544/2011 seguirá aplicándose a la presentación de datos relativos a esta(s) sustancia(s) activa(s).
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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