Decisión (UE) 2015/2191 del Consejo, de 10 de noviembre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Mauritania por un período de cuatro años
Text
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Article 1
Queda autorizada la firma, en nombre de la Unión, del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Mauritania por un período de cuatro años, a reserva de la celebración de dicho Protocolo. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
Article 2
Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Protocolo en nombre de la Unión.
Article 3
El Protocolo se aplicará con carácter provisional, de conformidad con su artículo 14, a partir de la fecha de su firma, a la espera de que concluyan los procedimientos necesarios para su celebración.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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