Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1845 de la Comisión, de 14 de octubre de 2015, por el que se fijan, para el ejercicio contable 2016 del FEAGA, los tipos de interés que habrán de aplicarse para calcular los gastos de financiación de las intervenciones consistentes en operaciones de compra, almacenamiento y salida de existencias
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Article 1
En lo que concierne a los gastos relativos a los gastos de financiación contraídos por los Estados miembros al movilizar los fondos destinados a la compra de productos de intervención, imputables al ejercicio contable 2016 del FEAGA, los tipos de interés contemplados en el anexo I del Reglamento Delegado (UE) no 906/2014, en aplicación del artículo 3, apartado 1, letra a), de dicho Reglamento, quedan fijados en un tipo de interés uniforme del 0,1 %.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de octubre de 2015.
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